Rosa Jofré mató al socio de su marido en la perfumería Tout-Paris de Fuencarral y el jurado la absolvió por defenderlo

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En casa de su peinadora, en la calle de Almagro, el juez encontró un baúl de anuarios, sellos del Ministerio de la Guerra y 550 cartas idénticas que explicaban el tiro de Fuencarral 94

En el número 94 de la calle de Fuencarral, frente a la boca de la calle de Velarde, llevaba apenas un mes abierta una tienda que se dejaba ver desde la otra acera. Vendía mercería, perfumes y juguetes, tenía la portada pintada con el azul, el blanco y el rojo de la bandera francesa y, en lo alto, un rótulo que en el Madrid de 1901 sonaba a bulevar, Tout-Paris. Dentro cabía poco más que el género. Los dependientes despachaban tras un mostrador de madera y los dueños vivían en las habitaciones del fondo.

Era el último otoño de la Regencia. Los tranvías iban cambiando las mulas por el cable eléctrico, los cafés de la Puerta del Sol discutían a diario la guerra de los bóers contra los ingleses en el Transvaal, con la simpatía por el pequeño frente al imperio que España había aprendido a golpes en 1898. En Fuencarral la novedad era más modesta, una tienda con aire de París en una calle de paso.

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A las cinco de una tarde de primeros de octubre sonó un disparo detrás de aquel mostrador. Un hombre salió tambaleándose, dio unos pasos y se desplomó en la acera, frente a los colores de Francia. Se llamaba Francisco Solé, era napolitano y llevaba en el pecho el balazo del que moriría en el hospital. Quien había apretado el gatillo era la dueña de la casa, Rosa Jofré. Durante días ni ella ni su marido quisieron explicar qué había pasado allí dentro.

La explicación no estaba en la perfumería. Estaba en un baúl, a un paseo de allí, en el piso de la mujer que peinaba a Rosa.

Rosa Jofré mató en 1901 al italiano Francisco Solé en la perfumería Tout-Paris de la calle de Fuencarral y en 1903 un jurado la absolvió por defender a su marido. (Imagen: The Digital Law)

El pintor de coches y el fotógrafo ambulante

El marido se llamaba Gustavo Guingal y era súbdito francés. Diez o doce años antes pintaba coches de caballos en Barcelona. Allí conoció a Rosa y allí se cruzó con un italiano que recorría las comarcas catalanas haciendo retratos de pueblo en pueblo. Era Solé, hijo de unos cesteros de Casa-Michela, una aldea pegada a Nápoles, que en algún momento cambió la cámara por un oficio con menos trípode y más riesgo.

En Madrid el matrimonio fue mudando de piel. Vivió primero en el número 25 de la calle de Hermosilla, donde él se presentaba como Ernesto Malvert, ingeniero, y los vecinos los tenían por gente sin tacha. Pasaron luego a la calle de Padilla, con Solé de huésped, y por último abrieron la tiendecita de Fuencarral. Rosa era joven y de buena planta. Ante la ley era francesa, porque el Código Civil de 1889 hacía seguir a la mujer casada la nacionalidad del esposo.

Tres personas, un nombre falso en el buzón y una amistad tan estrecha que compartían techo. Cuando una de ellas acabó muerta en la acera, el juez de instrucción, Martín Ruiz, se preguntó qué negocio unía a aquel trío.

Lo que guardaba la peinadora de la calle de Almagro

La pista la dio un dependiente. Guingal estaba preso, y muchas de las veces que el mancebo salía de hablar con su amo en la cárcel no volvía a la tienda, sino que tomaba el camino de la calle de Almagro, donde vivía la peinadora de Rosa. El juez se presentó allí la tarde del 14 de octubre de 1901, hace hoy ciento veinticinco años, con el teniente fiscal Mena y el oficial Varela. La dueña del piso, que nada tenía que esconder, sacó dos bultos que guardaba desde hacía tiempo, una maleta y un mundo, como se llamaba entonces al baúl grande de viaje.

—¿Y por qué tiene usted eso aquí?

—Porque doña Rosa Jofré, la esposa del señor Guingall, me dijo que no le cabían esos trastos en una tienda tan chica.

El baúl estaba lleno de anuarios de Francia, Inglaterra, Alemania, Italia y Estados Unidos, miles de nombres y señas de comerciantes y rentistas, el censo completo del incauto. La maleta era peor. Guardaba 34 cartas en francés firmadas por un tal Víctor Verneau, 22 en inglés con la firma de Felipe Solsona y 550 en francés sin firma ni fecha, todas con el mismo texto. Había papel con el membrete del «Consejo de Guerra Permanente», sellos del Ministerio de la Guerra, de juzgados y de bancos extranjeros, certificados de prisión en blanco ya firmados, extractos de sentencias de la Audiencia de Madrid y tres talonarios de un banco con águila roja, el «London-Mexico and South American». Y una pieza que lo resumía todo, una imprentilla de mano para imitar la letra del telégrafo Hughes.

En casa de la peinadora de Rosa Jofré apareció la maleta de su marido, con 550 cartas idénticas, sellos falsos del Ministerio de la Guerra y una imprentilla para imitar la letra del telégrafo. (Imagen: The Digital Law)

El juzgado inventarió hasta medianoche. A la mañana siguiente, el delegado del distrito del Hospicio, Puga, y el inspector Gosálvez registraron la perfumería y se llevaron cartas de negocios, una relación detallada de cantidades y un pliego escrito a modo de diario, con los pensamientos de una persona enamorada. Nadie dijo de quién.

El coronel preso de El Caney y el bóer que nunca fue bóer

Las cartas contaban una historia que no ha envejecido. Un coronel retirado, Felipe Solsona, estaba preso por la sumaria abierta tras la acción de El Caney, la batalla de julio de 1898 a las puertas de Santiago de Cuba. Antes de caer había escondido una maleta con un compartimento secreto y, dentro, un cheque de 900.000 francos de la paga de sus tropas. Necesitaba dinero para salir de la cárcel, y a quien se lo adelantara le revelaría el escondite y le daría su parte. Es el timo del preso español, el abuelo de las cartas del príncipe nigeriano, con los decorados del momento. El desastre del 98 prestaba el coronel caído en desgracia, y la guerra del Transvaal, el fugitivo.

Con un alemán funcionó. Le pidieron 20.000 marcos por el secreto de un tesoro cuyo dueño estaba, le dijeron, en la Cárcel Celular de Madrid. Cuando se presentó allí preguntando por él, le salió al paso un individuo servicial con gorra de empleado de penales, que le explicó que el preso estaba incomunicado y que él tenía el encargo de entregarle los documentos a cambio del dinero. Unas mujeres que habían recibido en su casa las cartas del alemán reconocieron después en un retrato a Solé como el hombre que cobró en la puerta de la cárcel.

El botín se repartió en Alcalá de Henares entre tres socios, Guingal, Solé y un joven llamado Hugo que se hacía pasar por bóer huido de los ingleses. El bóer fue el primero en amenazar con armar un San Quintín. Solé quedó descontento y se presentó en la perfumería a reclamar 700 pesetas que, según él, Guingal le debía. Guingal se negó. A la luz de la maleta, esa era la cuestión que acabó a tiros.

El matrimonio ya conocía las cárceles de Barcelona. Allí Guingal y dos compinches, el Carranque y el Chaval, habían sacado 30.000 pesetas a un francés con el cambiazo de unos brillantes, y en otra causa se le atribuyó el envío a Valencia, a un tal Félix de las Aguas, de una caja con material para timos. Ese nombre volverá a aparecer.

Dos historias para un mismo bastonazo

Rosa esperó el juicio en la cárcel de mujeres de la calle de Quiñones, donde las compañeras la llamaban Rosita. Durante la instrucción, un funcionario le preguntó quién le había regalado unos pendientes y si había sido Solé. Ella lo negó, roja de indignación.

La vista ante el jurado se abrió el 26 de febrero de 1903 y hubo que suspenderla porque no comparecieron dos dependientes que habían presenciado la discusión, Eugenio Almaraz y Félix de las Aguas. El mismo nombre de la caja enviada a Valencia. Se les llamó por edictos y el juicio se reanudó el 21 de abril de 1903 en la Sección tercera de lo criminal de la Audiencia de Madrid, presidida por González del Alba. Gustavo Guingal llegó a la sala custodiado por la Guardia Civil, procesado en otra causa por estafa.

El fiscal, Martínez Enríquez, calificó los hechos como homicidio del artículo 419 del Código Penal de 1870, con la atenuante de arrebato y obcecación, y pidió doce años y un día de reclusión temporal. Su tesis era la de la maleta. El móvil había sido la sociedad de estafas, y el galán despechado, una invención. La familia de Solé, como acusación privada con el letrado López Olías, no admitía atenuante alguna y pedía diecisiete años y cuatro meses.

La defensa, a cargo de Doval, contaba otra historia. Solé había pretendido a Rosa cuando era huésped del matrimonio en Barcelona y la había seguido a Madrid. Aquella tarde ella lo encontró en la tienda y, temiendo la reacción del marido, entró a retenerlo. Guingal la increpó por haberlo frenado, y en mitad de la escena Solé volvió a entrar y descargó una cayada contra Guingal con tanta fuerza que la partió sobre el mostrador. Rosa cogió el revólver. Defensa del cónyuge y miedo insuperable, pedía el letrado.

Lo singular es que la acusación había entregado la escena central antes de empezar. En sus conclusiones provisionales, el fiscal admitía que hubo una disputa sostenida por Rosa, que Solé se retiró, que al ver a los dos esposos en la puerta volvió a entrar y acometió con el bastón a Guingal, que esquivó el golpe metiéndose debajo del mostrador, y que entonces disparó Rosa. Con ese relato, la agresión ilegítima estaba en la causa firmada por quien acusaba. Quedaba el porqué, y en el porqué se empeñó la acusación.

Lo que el Código de 1870 no preguntaba

El Código Penal de 1870 ordenaba la legítima defensa en tres escalones. Para defenderse uno mismo exigía agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado y falta de provocación suficiente. Para defender a un extraño añadía un filtro moral, que el defensor no obrase por venganza, resentimiento u otro motivo ilegítimo. Y en medio situaba la defensa de los parientes, con el cónyuge a la cabeza, que pedía la agresión, la necesidad del medio y, si el acometido había provocado, que el defensor no hubiese participado en la provocación.

Ahí estaba la llave del juicio. Para defender al marido, la ley no preguntaba por los motivos. Daba igual que Rosa disparase por amor, por honor o por salvar al socio principal de una fábrica de cartas falsas. La acusación libró su batalla en el terreno del móvil, donde la maleta pesaba mucho ante la opinión y poco ante el artículo. El flanco técnico era otro, que la primera discusión la había sostenido la propia Rosa. Sobre esa grieta podía haberse jugado la provocación, y la acusación prefirió contar estafas.

Tras el veredicto, las acusaciones rebajaron de golpe sus peticiones. El fiscal pasó a seis años y un día de prisión mayor y la acusación privada a ocho años, una bajada de grado que encaja con la eximente incompleta, la de quien da por buena la agresión y solo discute la medida de la respuesta. El tribunal de derecho fue más lejos. Entendió que concurrían los tres requisitos de la defensa del cónyuge y absolvió a Rosa Jofré. Nadie aclaró nunca de quién era el pliego de pensamientos enamorados.

El mismo disparo en el artículo 20.4

Hoy el tiro del Tout-Paris se juzgaría con el artículo 20.4 del Código Penal de 1995 y de nuevo ante un jurado, porque el homicidio es competencia del Tribunal del Jurado desde la Ley Orgánica 5/1995. Los requisitos apenas han cambiado, agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado y falta de provocación suficiente por parte del defensor. El Código vigente habla de defender la persona o derechos «propios o ajenos», sin lista de parientes ni filtro de motivos. Rosa no necesitaría hoy el libro de familia para invocar la eximente, y la maleta seguiría sin entrar en ella. Si el jurado dudase de que un revólver fuese respuesta proporcionada a un bastón, quedaría la eximente incompleta del artículo 21.1, que rebaja uno o dos grados la pena del homicidio, de diez a quince años de prisión. Es la salida que las acusaciones propusieron en 1903 cuando ya era tarde.

Quedó abierto lo demás. La estafa del alemán seguía su curso en otro juzgado, Guingal entró y salió de la sala entre guardias civiles y las 550 cartas del coronel Solsona dejaron de circular, al menos con ese remite. El timo no. Sigue llegando cada mañana a millones de bandejas de entrada, firmado por un príncipe en apuros que necesita un pequeño adelanto para liberar una gran fortuna. En Nigeria el delito que lo castiga ocupa la sección 419 del código penal, y por ese número se conoce el fraude en medio mundo. Es el mismo número por el que el fiscal acusó de homicidio a Rosa Jofré.

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Eugenio Roca Zambrano
Eugenio Roca Zambrano
Eugenio Roca Zambrano es licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y abogado procesalista, con más de una década de ejercicio ante los tribunales; hoy forma parte de la asesoría jurídica de una multinacional. Investigador y divulgador de la historia del derecho, firma en The Digital Law El Túnel del Tiempo, la sección que reconstruye crímenes, procesos y leyes del pasado a partir de la prensa de la época y la Gaceta de Madrid, y los conecta con los debates jurídicos de hoy.
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