La huelga de los cerveceros de Madrid en 1919 y el verano en que escaseó el hielo

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Entre el 6 y el 19 de agosto de 1919 los carros de reparto circularon escoltados por la Guardia Civil y el conflicto se cerró con un día de descanso semanal con sueldo

En el Madrid de agosto de 1919 el calor no se medía en grados sino en barras de hielo. Cada mañana, antes de que el sol cayera a plomo sobre la calle de Alcalá, salían de las fábricas los carros de reparto con sus cajas de sifones, sus barriles de cerveza y sus bloques de hielo cubiertos de sacos mojados que goteaban sobre los adoquines (aquel reguero de agua era la firma del repartidor). Llegaban a los cafés, a las tabernas, a las neverías y a las boticas. Sin ellos, media ciudad se quedaba sin una bebida fresca y la otra media sin una compresa para la fiebre.

Aquel agosto el reguero empezó a secarse. El miércoles 6 el ministro de la Gobernación, Manuel Burgos y Mazo, recibió a los periodistas y lo contó casi de pasada, entre otros asuntos del día. La Dirección de Seguridad le había informado de que se habían declarado en huelga los obreros de las fábricas de cerveza, de gaseosas y de hielo de Madrid. Los más importantes, añadió, eran los últimos, porque el hielo también se usa en Medicina. Y tranquilizó a todos con una frase. Por ahora la huelga era pacífica.

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Un Gobierno de tres semanas y una ciudad con sed

Presidía el Consejo Joaquín Sánchez de Toca, al frente de un Gobierno con menos de tres semanas de vida, y a ese Gobierno los problemas de la España del verano le llegaban por todas partes. Aquel mismo miércoles el Senado entregaba al Rey la contestación al discurso de la Corona y los jefes de las minorías buscaban en el Congreso una fórmula que desatascara la discusión económica. En Barcelona estallaba una bomba que hería a tres personas y los patronos catalanes amenazaban con un cierre general. Había huelgas de panaderos, de ferroviarios, de tranviarios, de marinos y de obreros de la construcción, y el ministro las iba despachando cada mañana como un pastor que cuenta ovejas y da por buenas las que no se han ido. La huelga de los cerveceros era, comparada con aquello, un asunto de sed. Pero la sed es la manera más rápida que tiene una ciudad de enterarse de que hay una huelga.

El hielo de Madrid salía de fábricas como esta, donde el frío dependía del trabajo de los maquinistas. (Imagen: The Digital Law)

El jueves 7 el reparto ya era otro. En las gaseosas el paro era casi absoluto, los maquinistas que fabricaban el hielo acababan de sumarse por solidaridad con sus compañeros, y los pocos carros que seguían saliendo de las fábricas iban por parejas, con un guardia civil o un agente de Seguridad al lado vigilando las esquinas como quien escolta un furgón de caudales. Empezaba un conflicto de casi dos semanas en el que lo que se jugaba, bajo la apariencia de una barra de hielo, era algo bastante más sólido.

El frío es trabajo ajeno

Nada produce frío. Lo que existe es calor que alguien se lleva de un sitio para dejarlo en otro, y eso cuesta motores, carbón, amoniaco y manos. El segundo principio de la termodinámica, que Madrid aplicaba sin saberlo, dice que si se deja de empujar el calor vuelve. El frío es trabajo ajeno, y una huelga en una fábrica de hielo es probablemente la única que se mide con el termómetro. En Macondo el hielo era un milagro de feria que se enseñaba por unas monedas. En el Madrid de 1919 era ya un servicio público, y por eso mismo nadie se acordaba de quién lo hacía.

La ciudad lo sabía de otra manera, porque las boticas lo necesitaban para bajar la fiebre y las neverías para que el verano fuese soportable. Un agosto sin hielo era, en 1919, un agosto con más enfermos y con peor humor, y las fábricas de cerveza y de gaseosas, con sus sifones y sus botellas, completaban el circuito de lo frío.

Quienes lo hacían habían creado hacía poco una sociedad con nombre de reloj de bolsillo, El Momento. Agrupaba a los trabajadores de las fábricas de cerveza, de hielo y de gaseosas, y los patronos no la habían reconocido. Ahí estaba el nudo del asunto, más que en las pesetas. Las bases que la sociedad presentó, y que los fabricantes no aceptaron, eran para sus dueños algo peor que una subida de jornales. Eran una firma al pie de un papel que obligaba a tratar con el obrero como con un igual. Dos casas, El Laurel de Baco y La Espuma, serían las que resistieran hasta el final.

Lo que la ley permitía en agosto de 1919

Para entender lo que se jugaba en aquel pulso hay que mirar primero lo que el Derecho de 1919 consentía, que era bastante menos de lo que hoy se da por supuesto. Hasta 1909 el artículo 556 del Código penal había castigado las coaliciones. Lo cambió la ley de huelgas y coligaciones, sancionada el 27 de abril de 1909 y publicada en la Gaceta al día siguiente. Su primer artículo reconoce que tanto los patronos como los obreros pueden «coligarse, declararse en huelga y acordar el paro» para defender sus intereses, sin perjuicio de los derechos que nazcan de los contratos, y el último derogaba aquel artículo 556. La huelga dejaba de ser delito. Seguían siéndolo la violencia y la coacción.

El artículo 2 castigaba con arresto mayor o multa de cinco a 125 pesetas a quien empleara violencias, amenazas o coacciones para formar, mantener o impedir una huelga, siempre que el hecho no fuera un delito más grave. El 3 reservaba el arresto mayor para quien turbara el orden público o formara grupos con el propósito reconocido de imponer la huelga por la fuerza, y lo elevaba a su grado máximo para los jefes y promovedores que hubieran participado, concepto que la ley estiraba hasta alcanzar a quien exhortara o estimulara a los obreros de viva voz o por escrito. Lo juzgaban los tribunales municipales por los trámites del juicio de faltas, con la posibilidad de la condena condicional que había creado una ley de marzo de 1908. Era una justicia de barrio para una huelga de barrio.

La ley hacía algo más curioso. Exigía preaviso a la autoridad en dos casos. Con ocho días de antelación cuando la huelga tendiera a producir falta de luz o de agua, a parar los ferrocarriles o a dejar sin asistencia a los enfermos y asilados de una población, y con cinco días cuando afectara a los tranvías o dejara a todos los habitantes sin algún «artículo de consumo general y necesario». Había que decir además la causa, y los jefes que no avisaran se exponían al arresto mayor. El legislador de 1909 había pensado en la oscuridad, en la sed, en el tranvía y en la cama del hospital. ¿Era el hielo un artículo de consumo general y necesario? ¿Dejaba sin asistencia a los enfermos de Madrid una huelga que vaciaba las neveras de las boticas? La ley no lo decía, y los diarios de aquellos días no cuentan que nadie se lo preguntara en voz alta.

Y la ley callaba en lo esencial. Nada obligaba a un patrono a recibir a una sociedad obrera, a discutir unas bases ni a firmar un papel con ellas, porque el convenio colectivo no existía como figura jurídica. El contrato de trabajo seguía siendo, para el Derecho, poco más que un arrendamiento de servicios del Código civil, sin una ley propia que lo regulara. Tampoco había Ministerio de Trabajo, que no nacería hasta el real decreto publicado en la Gaceta del 9 de mayo de 1920. En 1919 las huelgas eran cosa de la Gobernación, que las trataba como un problema de orden público con un apéndice de estudios sociales en el Instituto de Reformas Sociales. Esa era la frontera. Se podía parar, se podía pedir, y a quien se negaba a escuchar no se le podía obligar a nada. Por eso el reconocimiento de El Momento importaba tanto a los obreros y tan poco a la ley, y por eso solo podía llegar como una concesión.

Un comunicado con la lista de los que seguían trabajando

El sábado 9 de agosto los fabricantes respondieron con un comunicado de tono solemne, casi un parte de guerra. Aseguraban que la huelga carecía de causa porque nadie había pedido nada que luego se les negara. Los obreros del interior de las fábricas cobraban entre 3,50 y 6 pesetas diarias. Los carreros repartidores salían en su mayoría con jornales no inferiores a 10 pesetas, y no pocos alcanzaban en los meses de calor entre 400 y 700 pesetas al mes. Sus aspiraciones, decían, ya habían sido cumplidas, en algunas casas con exceso. Y atribuían a los propios obreros una frase que parecía escrita para un cartel. Nosotros no podemos exigir nada porque nos han dado más de lo que hemos pedido.

Era el relato del patrón benefactor, que da de comer a su gente y se extraña de que le muerdan la mano. El comunicado se detenía en la farmacia, donde la falta de hielo ya se notaba, y terminaba con una lista que era a la vez una estadística y una amenaza. Según los fabricantes, la mayoría de los obreros había vuelto al trabajo y se producía casi con normalidad en las casas Sifón Herránz, La Corona, La Delicia, Madrid Industrial, La Asturiana, La Covadonga, La Campana, La Alameda, El Gallo, El Águila, Mahou, Santa Bárbara, La Heladora, La Montañesa, La Unión, La Mendoza y otras. Solo seguían parados los obreros de El Laurel de Baco y de La Espuma, curiosamente dos de las sociedades que, afirmaban, habían sido las primeras en mejorar la suerte de su personal.

Una lista de empresas que trabajan es una manera elegante de decir que hay otras que no, y de señalarlas con el dedo.

Esquiroles, botellas y una escolta de dos

Los días siguientes tuvieron algo de pulso. Entre el domingo y el lunes el ministro contó que los servicios se iban normalizando, aunque con personal esquirol, y que los cerveceros persistían en sus peticiones con actitud pacífica. A mitad de semana la huelga se reducía a los obreros de dos fábricas y el propio alcalde aseguraba al ministro que quedaba un par de casas. Parecía el final y no lo era. Lo que queda de una huelga cuando se reduce a dos fábricas es lo más duro de ella.

El miércoles 13, en la calle de Ferraz, esquina a la del Marqués de Urquijo, un grupo de huelguistas trataba de convencer a los que trabajaban cuando pasó el carro de una fábrica de cervezas. Varios se destacaron del grupo para agredir al conductor y a la pareja que lo escoltaba, y hubo detenidos. El sábado 16, por la mañana, en la calle de Mendizábal, huelguistas de El Laurel de Baco agredieron a uno de los repartidores recién admitidos y le arrojaron varias botellas a la cabeza. Acabó en la Casa de Socorro con heridas leves, y en la calle quedaron un escándalo y varios guardias de Seguridad que acudían corriendo. Aquella jornada fueron dos los carreteros heridos por grupos de huelguistas que intentaban ejercer coacción sobre ellos, y a uno le llovieron las botellas sobre la cabeza.

Obreros a la puerta de una fábrica de cerveza y gaseosas durante la huelga, vigilados por una pareja de agentes de Seguridad. (Imagen: The Digital Law)

Aquí la ley de 1909 mostraba su doble filo. El huelguista tenía derecho a parar, pero el esquirol tenía derecho a trabajar, y el artículo 2 protegía expresamente el ejercicio libre y legal de su industria o su trabajo frente a quien intentara forzarle el ánimo. Un grupo que se planta delante de un carro para persuadir hace uso de su libertad. Un grupo que lo hace para imponer, y arroja botellas, ha cruzado al artículo 3. Entre el argumento y la botella no había más que unos metros de adoquín, y el Derecho tenía que decidir cada vez de qué lado de la calle estaba cada cual.

El domingo 17 el conflicto seguía en el mismo estado, sin que se vislumbrara una solución satisfactoria, y Madrid empezaba a mirar el termómetro con otros ojos. El hielo, en manos de los revendedores, se había convertido en un artículo con el que se podía especular. Algunos cobraban más de diez pesetas por una barra de hielo que habían comprado a precio de plaza, y eso que las fábricas respetaban los precios establecidos. La ciudad pagaba el desorden de su bolsillo.

Un descanso que la ley prohibía y nadie pagaba

Lo que acabaría ganándose en aquella huelga tenía antecedentes en la ley, y la distancia entre lo que la ley decía y lo que los obreros obtuvieron es el centro del asunto. La ley de 3 de marzo de 1904, publicada en la Gaceta del día siguiente, había prohibido el trabajo material por cuenta ajena en domingo en fábricas, talleres, almacenes, tiendas, minas, puertos, transportes y obras (artículo 1). Admitía excepciones para los trabajos que por su índole, por razones técnicas o por grave perjuicio para el interés público no pudieran interrumpirse (artículo 2). Quien trabajaba un domingo por excepción debía recuperar la jornada entera durante la semana, y ninguna excepción valía para mujeres ni para menores de dieciocho años. Cualquier pacto en contra carecía de fuerza civil de obligar, aunque fuera anterior a la ley (artículo 3). Las infracciones se presumían del patrono, con multas de una a 25 pesetas si eran individuales, de 25 a 250 si los operarios no pasaban de diez y del total de los jornales devengados si eran más, y la acción para denunciarlas era pública (artículo 5).

Pero en sus artículos hay una cosa que no está. La ley decía quién no podía trabajar y quién pagaba la multa, y no decía una palabra sobre quién pagaba el domingo. Las únicas veces que menciona los jornales de ese día es para multar al patrono que los hiciera devengar, y así el descanso aparecía como una prohibición dirigida al empresario y no como un derecho de cobro del obrero. En el Derecho de 1904 el obrero que descansaba descansaba, y el sueldo era otra conversación.

En el verano de 1919 esa conversación estaba abierta en todo el país. El real decreto de 3 de abril de 1919, firmado por el Gobierno de Álvaro Figueroa (el conde de Romanones), había fijado la jornada máxima legal en ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales en todos los trabajos, a partir del 1 de octubre de 1919. Antes del 1 de julio debían constituirse comités paritarios profesionales que propondrían al Instituto de Reformas Sociales las industrias que por imposibilidad de aplicarla merecieran excepción, y el Instituto resolvería en definitiva antes del 1 de enero de 1920. La exposición del decreto recordaba que aquella reforma era para la clase obrera una cuestión «fundamental y esencialísima» de sus reivindicaciones. Agosto de 1919 era, para media España laboral, una sala de espera con la fecha de entrada de una ley en la pared. Pedir en una fábrica de hielo un trato distinto del que el patrón creía suficiente era pedir un poco de aquel otoño que ya venía.

Una paz sin firma

En todo conflicto de este tipo hay un personaje que nadie ha elegido y al que todos acaban llamando, el gobernador civil. Es el guardián de la puerta, el funcionario que no representa a los patronos ni a los obreros y que sin embargo acaba decidiendo a qué hora se abre cada una de las hojas. Aquel agosto lo pasó entre las fábricas y el teléfono de la Gobernación, buscando una fórmula en la que ninguno de los dos bandos pareciera haber cedido.

El sábado 16 el ministro anunció a mediodía que la huelga iba camino de una solución y que esperaba la visita de una comisión de huelguistas. El lunes 18 el gobernador entregó a la Gobernación una nota que desmentía cualquier sensación de victoria. No había habido acuerdo entre la organización obrera El Momento y los presidentes de las sociedades anónimas El Laurel de Baco, La Espuma y otras. Pero los esfuerzos del gobernador, decía, no habían sido baldíos, porque los fabricantes aparecían en una actitud de franca concordia.

Lo que ofrecían era sencillo y tenía aire de regalo. Admitirían a cuantos obreros se presentaran, sin reserva alguna y sin el menor espíritu de represalia. Concederían, de manera espontánea, un día de descanso semanal con sueldo, una ventaja que hasta entonces no habían disfrutado. Y respetarían el derecho de los obreros a pertenecer a las sociedades que estimaran oportuno. El martes 19 un telegrama de última hora lo resumió en dos líneas. La huelga de los cerveceros madrileños estaba solucionada y el personal había sido readmitido, con un día de descanso a la semana y con jornal. Al día siguiente el gobernador se declaraba satisfecho de la solución.

Las fechas son elocuentes. El día 9 los fabricantes explicaban que sus obreros tenían más de lo que habían pedido. El día 18 les concedían, espontáneamente, lo que nunca habían tenido. El patrón reconoció en nueve días lo que su propio comunicado daba por inexistente, y lo hizo sin firmar un acuerdo con quien lo reclamaba, que es la manera más barata de perder una huelga.

Cada una de las tres promesas tenía su correlato jurídico, y ninguna quedaba atada. Readmitir sin represalias era una gracia del patrono, porque ninguna ley le impedía despedir a quien había parado ni le obligaba a recibirlo de nuevo. El día de descanso con sueldo iba más allá de lo que la ley de 1904 exigía, y precisamente por eso nacía sin norma que lo sostuviera. El respeto a las sociedades obreras tenía algo más de apoyo, porque la ley de 1909 ya reconocía a las asociaciones legalmente constituidas el derecho a sostener huelgas y paros, pero nada decía de reconocerlas como interlocutoras. Lo que dos partes firman las obliga a las dos. Lo que una concede de manera espontánea solo la obliga mientras quiera.

El esquirol de la calle de Martín de los Heros

La nota del gobernador, tan minuciosa con los readmitidos, no decía una palabra de los que habían cubierto sus puestos durante el conflicto. El jueves 21, en un solar de la calle de Martín de los Heros, un jornalero de cincuenta y ocho años intentó quitarse la vida. Había trabajado como esquirol en El Laurel de Baco y desde entonces era víctima de amenazas constantes, y fue su mujer quien se lo contó al juez.

Era exactamente el hombre al que el artículo 2 de la ley de 1909 había querido proteger, el que ejercía libremente su trabajo contra el ánimo de quienes querían forzarlo. La ley le había dado un derecho y una pena para quien se lo violara, y no le había dado forma alguna de seguir viviendo entre los suyos. Una huelga tiene dos finales. El que se escribe en el despacho del gobernador, con sus fórmulas y sus fechas, y el que se queda en la calle, donde el esquirol sigue siendo esquirol y el huelguista sigue siendo huelguista mucho después de que ambos hayan recuperado su jornal. En aquella huelga el primero llegó un martes, con telegrama incluido, y el segundo no figuró nunca en ningún papel.

El hielo siguió goteando por Madrid aquel agosto, como siempre, dibujando en cada esquina el camino de vuelta a la fábrica. La novedad estaba dentro, donde ahora había un día a la semana en que las máquinas se paraban y alguien cobraba por ello. Hasta el Génesis cuenta que el séptimo día descansó el mismo Creador, aunque nadie ha dejado dicho que le pagaran por hacerlo.

El favor se retira. El derecho se reclama. Y entre uno y otro solo hay una firma.

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