«Eso, a Vivas»: la Ley del Menor permite exigir a Ceuta los daños de los delitos que cometan los menores que tutela

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Ceuta tiene plazas legales para 29 menores extranjeros no acompañados y hasta un millar siguen en la calle. Si la tutela es suya, como sostiene el Gobierno, la Ley del Menor la convierte en responsable solidaria de los daños que causen a los vecinos. Y el Estado ya le ha pasado la factura del hospital.

Pedro Sánchez despachó este miércoles con tres palabras la pregunta sobre los niños que siguen en la calle en Ceuta. Preguntado en los pasillos del Congreso, se limitó a decir «eso, a Vivas», queriendo limitar al presidente de la ciudad autónoma esa competencia tras el asalto del pasado 30 y 31 de julio. Horas antes, el ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, había situado entre 700 y 1.000 los menores que continúan en las calles sin filiar.

La frase ha incendiado las redes, pero tiene una consecuencia jurídica de la que nadie ha hablado. Si los menores son de Vivas, como sostiene el Gobierno, también lo es la cuenta cuando uno de ellos agrede o roba a un vecino. La víctima es ceutí. Quien indemniza, la Ciudad Autónoma. Y con ella, el presupuesto que pagan los propios ceutíes.

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Lo que dice la Ley del Menor

La Ley Orgánica 5/2000, de responsabilidad penal de los menores, regula los delitos cometidos por jóvenes de entre 14 y 18 años y tiene un régimen de responsabilidad civil propio, distinto del Código Penal. Su artículo 61.3 establece que, cuando el responsable de los hechos cometidos sea un menor de dieciocho años, responderán solidariamente con él de los daños y perjuicios causados sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden.

«Solidariamente» significa que la víctima puede reclamar la indemnización íntegra a cualquiera de los obligados. Frente a un menor sin recursos, eso significa, en la práctica, reclamársela al tutor. Y el tutor de un menor extranjero no acompañado en situación de desamparo es la administración autonómica. En Ceuta, la Ciudad Autónoma.

No es una hipótesis de manual. Hay precedentes: ante menores tutelados por una declaración de desamparo, se ha optado por condenar de forma conjunta y solidaria a la Comunidad Autónoma y a los padres (Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de fecha 24 de febrero de 2005 y sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de fecha 10 de junio de 2008).

Los márgenes de la ley

La ley deja al juez margen para rebajar la factura. El mismo precepto prevé que, cuando éstos no hubieren favorecido la conducta del menor con dolo o negligencia grave, su responsabilidad podrá ser moderada por el Juez según los casos. El orden de prelación, con los padres por delante, es discutido en los tribunales, y los padres de estos menores están en Marruecos.

Hay más límites. Los menores de 14 años quedan fuera de este régimen. Las víctimas de delitos violentos y sexuales cuentan también con las ayudas públicas de la Ley 35/1995. Y cabe reclamar al Estado por responsabilidad patrimonial si se acredita un funcionamiento anormal de los servicios públicos.

La escala del riesgo no es menor. Antes de la crisis, la memoria presupuestaria del Área de Menores de Ceuta ya preveía para 2026 la atención de 1.500 niños en acogimiento residencial, la ejecución de 100 medidas privativas de libertad y 350 medidas alternativas al internamiento. Cada una de esas medidas nace de un procedimiento penal que puede llevar aparejada una indemnización.

Una ciudad con 29 plazas

El problema de fondo es de capacidad. La capacidad ordinaria del sistema de protección de menores extranjeros no acompañados en Ceuta está fijada en 29 plazas por el Real Decreto 556/2026, aprobado por el Gobierno un mes antes de la entrada masiva. Solo en la calle hay hasta 35 veces esa cifra.

El Estado ha respondido con dinero. El real decreto-ley de ayuda a la ciudad moviliza 309 millones, y la partida más importante es la de acogida de menores y atención humanitaria, con 108 millones de euros. Para dar escala: el presupuesto consolidado de la Ciudad asciende a 423,9 millones de euros. Esa sola partida estatal equivale a una cuarta parte de todo lo que gestiona Ceuta en un año.

La factura del hospital

Pero con una mano el Estado da y con la otra cobra. El mismo miércoles de la frase de Sánchez, el Consejo de Gobierno de Ceuta acordó recurrir en la vía contencioso-administrativa las liquidaciones del Hospital Universitario de Ceuta por la atención a menores extranjeros no acompañados durante agosto de 2026. Es el mes posterior al asalto. El INGESA, dependiente del Ministerio de Sanidad, reclama esos gastos a la Ciudad por considerar que los menores son de su competencia.

Ceuta responde con un argumento que revela el laberinto competencial. Para el Ejecutivo local, aunque tiene atribuida la protección y tutela de los menores extranjeros no acompañados, las competencias sanitarias en Ceuta siguen en manos del Estado, que las gestiona a través del INGESA.

El nombramiento que nadie quería firmar

Los menores siguen en la calle mes y medio después, en buena parte, por un vacío legal. Según Torres, el Pacto Europeo de Migración y Asilo, que entró en vigor el 12 junio de este año, exige con respecto a niños y adolescentes la figura obligatoria de un representante jurídico. Nadie sabía quién debía nombrarlo: el portavoz ceutí, Alejandro Ramírez, admite que inicialmente existían dudas entre las administraciones sobre quién debía asumir el nombramiento de esa figura, si el Estado o la Ciudad.

La duda existía porque España llegó tarde. La víspera de la entrada en vigor del Pacto, España incumplía 8 de las 9 medidas que el propio Gobierno se comprometió a tener operativas antes de esa fecha. El bloqueo no se resolvió hasta este lunes, cuando empezaron a tramitarse los primeros diez expedientes, con el Estado aportando los dos millones de euros destinados a la representación jurídica de los menores.

Diez expedientes, frente a hasta un millar de niños en la calle.

Lo que viene

Los expedientes son la llave de todo lo demás, incluida la devolución que reclama el PP. El Supremo ya estableció en 2024 que las devoluciones de menores de Ceuta de agosto de 2021 fueron ilegales por la «absoluta inobservancia» de la Ley de Extranjería, que exige un procedimiento individual para cada menor. Sin expediente no hay retorno legal, ni reagrupación familiar, ni traslado a la península.

El calendario judicial también aprieta. En la causa que investiga la entrada masiva, la jueza de la Audiencia Nacional María Tardón cita a Vivas para el 30 de septiembre y al exjefe de Gabinete de la Delegación del Gobierno para el 1 de octubre. Mientras tanto, las comunidades del PP siguen recurriendo el reparto: la Comunidad de Madrid ha llevado al Tribunal Supremo el Real Decreto 556/2026, el mismo que fija en 29 las plazas de Ceuta.

Sánchez despachó la pregunta en un pasillo, pero la respuesta jurídica ya está escrita en la Ley del Menor. Quien asume la tutela de un menor asume también sus consecuencias, y en Ceuta esas consecuencias pueden acabar pagándolas las propias víctimas.

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Eugenio Roca Zambrano
Eugenio Roca Zambrano
Eugenio Roca Zambrano (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Abogado procesalista con más de una década de ejercicio ante los tribunales, hoy forma parte de la asesoría jurídica de una multinacional. En The Digital Law analiza la actualidad del derecho de empresa, la litigación civil y mercantil y las claves jurídicas que afectan a la actividad económica, traduciendo las grandes sentencias a sus consecuencias prácticas. Es también investigador y divulgador de la historia del derecho y de las instituciones, un terreno en el que firma reportajes de fondo sobre los orígenes de las ideas jurídicas que todavía nos rigen.
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