El Gobierno crea ahora el órgano que decide qué campañas de publicidad sobre los eclipses de 2026, 2027 y 2028 pagan menos impuestos. El primero fue el 12 de agosto y la norma no aclara qué pasa con lo invertido antes
Las empresas que hagan publicidad de los tres eclipses de sol que se verán en España entre 2026 y 2028 pueden restar de sus impuestos el 15 % de lo que gasten en esas campañas. Para hacerlo necesitan un certificado, y el comité que debe expedirlo no ha existido hasta este domingo. Lo crea la Orden CNU/1093/2026 del Ministerio de Ciencia, publicada en el BOE del sábado 17 de octubre. Llega 67 días después del eclipse total del 12 de agosto, el primero de los tres.
El retraso no es un detalle. La ley solo concede la rebaja si la campaña se ajusta a los planes y al logotipo oficial que aprueba ese comité. El periodo con ventajas fiscales empezó el 1 de febrero, así que durante más de ocho meses no hubo planes ni logotipo, porque no había nadie que los aprobara. Y la orden no dice qué pasa con el dinero que las empresas ya han gastado.
Por qué anunciar un eclipse da una rebaja fiscal
El Gobierno puede declarar un evento «acontecimiento de excepcional interés público». Es una etiqueta que reconoce la Ley 49/2002 de mecenazgo para animar a las empresas a financiar y publicitar citas que el Estado considera estratégicas, a cambio de pagar menos impuestos. En mayo, el Real Decreto-ley 12/2026 declaró 26 de golpe, entre ellos el viaje del Papa León XIV, el bicentenario de Goya y el llamado «Trío de Eclipses 2026-2027-2028»: dos eclipses totales y uno anular. Para los eclipses, el periodo con ventajas va del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2029.
Cuánto puede ahorrar una empresa
La rebaja es del 15 % del gasto en publicidad y la pueden aplicar las sociedades, los autónomos que tributan en estimación directa y las empresas extranjeras con sede permanente en España. Tiene dos condiciones que reducen mucho su alcance.
La primera es que la campaña esté centrada en el eclipse. Si lo está, el 15 % se aplica sobre todo lo gastado. Si el eclipse aparece de forma secundaria, solo cuenta una cuarta parte del gasto. Lo que significa «centrada» lo fija un manual de Hacienda de 2018, y casi siempre depende del logotipo oficial. En un anuncio de televisión, por ejemplo, debe ocupar al menos el 10 % de la parte inferior de la pantalla durante la mitad del spot. En folletos se exige una tirada mínima de 200.000 ejemplares al año.

La segunda es que la empresa también tiene que donar. La rebaja nunca puede superar el 90 % de lo donado a la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), que es quien recibe el dinero del programa.
En números: una campaña de un millón de euros centrada en el eclipse permite ahorrar 150.000 euros, siempre que la empresa haya donado al menos 166.667 euros a la FECYT. Si el eclipse es secundario en la campaña, el ahorro baja a 37.500 euros.
Quién decide y quién tiene la última palabra
El comité tiene ocho miembros. Lo preside Ciencia y en él se sientan Hacienda, la FECYT, el Instituto Geográfico Nacional y dos institutos astronómicos, de Canarias y de Andalucía. Decide por mayoría, pero ningún certificado sale sin el voto a favor del representante de Hacienda. Y las normas de uso del logotipo para empresas necesitan unanimidad, así que basta un miembro para bloquearlas.
El certificado tampoco es la última palabra. El comité enviará a la Agencia Tributaria cada trimestre copia de los certificados emitidos, y Hacienda puede revisar después si la empresa cumplía de verdad los requisitos.
La gran duda, el dinero gastado desde febrero
La orden no incluye ninguna regla para el pasado. No dice qué ocurre con las campañas lanzadas entre el 1 de febrero y este domingo, un periodo que incluye el eclipse de agosto, el único de los tres que ya ha pasado.
Hay argumentos para las dos lecturas. A favor de las empresas, el periodo con ventajas lo fijó una norma con rango de ley desde febrero, y el comité certifica «gastos realizados», en pasado. En contra, la ley exige que el gasto se haga conforme a planes ya aprobados, y el manual de Hacienda mide todo por un logotipo oficial que todavía no existe. ¿Aceptará el comité campañas hechas sin plan ni logotipo? ¿Las dejará en la rebaja reducida, la que solo cuenta una cuarta parte del gasto? La orden no lo resuelve.
Tampoco queda claro el plazo final. Las empresas pueden pedir el certificado hasta quince días después de que termine «el acontecimiento». El último eclipse será el 26 de enero de 2028, pero el periodo con ventajas dura hasta el 31 de enero de 2029. Según cuál de las dos fechas cuente, el plazo cambia casi un año.
Qué tienen que hacer las empresas a partir de ahora
Para los eclipses de agosto de 2027 y enero de 2028, las reglas ya están escritas. El certificado se pide al Ministerio de Ciencia por su sede electrónica, en unos formularios que el comité todavía tiene que aprobar. Se puede pedir uno cada año. El comité tiene dos meses para responder, y si no lo hace, la solicitud se da por aprobada y la empresa puede reclamar la rebaja a Hacienda con una copia sellada de su petición.
Hay además un dato que interesa a cerveceras, refresqueras y marcas de alimentación. Si el logotipo del eclipse va impreso en latas, botellas o envases, el Tribunal Supremo resolvió en 2021, en la sentencia 1057/2021 y en otras cuatro hasta 2022, que la rebaja se calcula sobre el coste del envase entero y no solo sobre lo que cuesta imprimir el logo. Hacienda adaptó su manual a ese criterio en junio de 2022.
Ahora falta lo práctico: nombrar a los ocho miembros, aprobar el programa, el logotipo y los formularios. Quien ya invirtió en publicidad este verano no sabrá si recupera parte de ese dinero hasta que el comité resuelva las primeras solicitudes de 2026, o hasta que alguien pregunte formalmente a Hacienda.


