Se incrementa el salario un 1,75 % para 2022 respecto a 2021
Resolución 103C/2022, de 8 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Convenio Colectivo del Sector de comercio de la madera y corcho (Tablas salariales comercio de madera y corcho Navarra).
Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial para el año 2022 del Convenio Colectivo del Sector de comercio de la madera y corcho (Código número 31001955011981), que ha tenido entrada en este Registro con fecha 13 de mayo de 2022, suscrito el 7 de abril de 2022 por la representación empresarial (Asociación de empresarios de la Madera de Navarra) y parte de la sindical del mismo (U.G.T.).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
RESUELVO:
- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.
- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Pamplona, 8 de junio de 2022.–La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.
CATEGORIA PROFESIONAL | SALARIO BASE MENSUAL (euros) | ANTIGÜEDAD (euros) |
ENCARGADO GENERAL | 1.558,98 | 46,70 |
JEFE ALMACEN | 1.558,98 | 46,70 |
JEFE ADMINISTRATIVO | 1.558,98 | 46,70 |
DECORADOR | 1.529,99 | 45,37 |
DEPENDIENTE 25 AÑOS | 1.330,46 | 39,43 |
DEPENDIENTE 22‑25 AÑOS | 1.273,49 | 37,70 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1.273,49 | 37,70 |
DEPENDIENTE MAYOR | 1.418,48 | 42,41 |
AYUDANTE | 1.109,27 | 32,41 |
FOR. PROF. 1.º AÑO * | 1.000 | |
FOR. PROF. 2.º AÑO* | 1.000 | |
ASPIRANTE 16‑18 AÑOS* | 1.000 | |
OFICIAL ADMINISTRATIVO | 1.425,20 | 41,89 |
Estando Reunidos las partes firmantes del Convenio colectivo para el sector del comercio de madera y corcho de Navarra:
–Por la parte empresarial, doña Olatz Esparza Uros, Gerente de la Asociación de empresarios de la Madera de Navarra y D. Olivier Izal Sultán en calidad de Letrado asesor.
–Por la parte social: Doña Amaya Villanueva Fernandez y doña Ana Fernandez Miranda en representación de la Unión General de Trabajadores.
Tras la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Convenio Colectivo para el sector del comercio de la madera y corcho de Navarra en fecha 8 de junio de 2021, se reúnen los firmantes del convenio colectivo en ejecución del acuerdo establecido en el artículo número 3 sobre incremento salarial del año 2022 y se acuerda la publicación de las siguientes tablas salariales con el incremento pactado de un 1,75 % sobre la tabla del año 2021 para el año 2022.
Tabla 2022
CATEGORIA PROFESIONAL | SALARIO BASE MENSUAL (euros) | ANTIGÜEDAD (euros) |
PROFESIONAL OFICIO 1.º | 1.388,34 | 41,48 |
PROFESIONAL OFICIO 2.º | 1.284,66 | 38,11 |
MOZO ESPECIALIZADO | 1.193,30 | 35,46 |
MOZO PERSONAL LIMPIEZA | 1.171,02 | 34,55 |
Dada la entrada en vigor en marzo de 2022 del Real Decreto‑ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, se modifica la tabla de las categorías formativas (Formación profesional 1.º y 2.º año y aspirante de 16‑18 años) al salario mínimo siguiendo estableciéndose el salario en proporción al tiempo de trabajo realizado conforme a los criterios establecidos por el artículo 25 del convenio.
Se autoriza para su registro a don Olivier Izal Sultán, doña Patricia Granados Abardía o doña Marta Montes Rodriguez, del despacho de abogados ARPA Abogados y Consultores.
Se firma en Pamplona a 7 de abril de 2022
TABLA SALARIAL DEFINITIVA DEL CONVENIO AGROPECUARIO DE NAVARRA PARA EL PERIODO 1 DE ENERO DE 2022 A 31 DE DICIEMBRE DE 2022 (6,9 %)
CATEGORIA PROFESIONAL | SALARIO BASE MENSUAL (euros) | SALARIO BASE PRORRATEO PAGAS (euros) | SALARIO HORA (euros) | SALARIO HORA CON VACACIONES (euros) |
TECNICOS | 1,620,82 | 2.026,01 | 13,84 | 14,75 |
OFICIAL ADMINISTRATIVO | 1.265,17 | 1.581,47 | 10,80 | 11,52 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1.119,73 | 1.399,67 | 9,57 | 10,19 |
ENCARGADOS | 1.346,04 | 1.682,55 | 11,50 | 12,27 |
TRACTORISTA‑MAQUINISTA | 1.272,92 | 1.591,14 | 10,87 | 11,60 |
ESPECIALISTAS | 1.150,63 | 1.438,28 | 9,82 | 10,48 |
GUARDAS | 1.148,79 | 1.435,99 | 9,81 | 10,47 |
CASEROS | 1.148,79 | 1.435,99 | 9,81 | 10,47 |
DE OFICIOS CLASICOS | 1.377,14 | 1.721,42 | 11,76 | 12,54 |
PEONES | 1.103,56 | 1.379,45 | 9,43 | 10,06 |
SALARIO HORA PARA TRABAJADORES TEMPOREROS EN RECOGIDA DE FRUTA
Y HORTALIZAS APLICABLE DESDE 1 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2022
CATEGORIA PROFESIONAL | SALARIO HORA (euros) | SALARIO HORA Y VACACIONES (euros) | HORA EXTRA (euros) | HORA DOMINGOS Y FESTIVO (euros) | HORA DOMINGOS Y FESTIVOS Y VACACIONES (euros) | HORA EXTRA DOMINGOS Y FESTIVOS (euros) |
PEON RECOGEDOR | 7,90 | 9,88 |