lunes, marzo 27, 2023

Tabla salarial 2021 derivados del cemento Murcia

Salarios aplicables al año 2021 y 2022. Convenio colectivo del Sector Derivados del Cemento. Murcia

Resolución de la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de Tabla salarial 2021 derivados del cemento Murcia.

Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Resuelvo:

Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de Tabla Salarial para el año 2021 con número de expediente 30/01/0041/2022; denominado Derivados del Cemento; código de convenio n.º 30000385011981; ámbito Sector; suscrito con fecha 10/02/2022 por la comisión negociadora.

Segundo.- Notificar la presente resolución a la comisión negociadora del acuerdo.

Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 16 de mayo de 2022.—El Director General de Diálogo Social y

Bienestar Laboral. P.S. el Director General de Economía Social y Trabajo Autónomo (Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, de 22 de abril de 2022; BORM n.º 96 de 27 de abril de 2022), Antonio Pasqual del Riquelme Herrero.

Acuerdo de la Comisión Paritaria del 10 de febrero de 2022 de aprobación de las tablas salariales para el año 2021 para las Industrias de Derivados del Cemento de la Región de Murcia

En Murcia, siendo las 13:00 horas del día 10 de febrero de 2022, se reúnen en los locales de la Federación Regional de Empresarios de la Construcción de Murcia, sita en calle Acisclo Diaz n.º 5-C, 4.º, de Murcia, los miembros de la comisión paritaria, en representación de la parte empresarial FRECOM y por la parte social los sindicatos UGT y CCOO, y han alcanzado el siguiente acuerdo:

Las partes acuerdan aprobar las tablas salariales correspondientes al año 2021 para las Industrias del Sector de Derivados de Cemento de la Región de Murcia.

Y, siendo las 13:30 h, sin más asuntos que tratar y en prueba de conformidad, se firma la presente por las representaciones asistentes, en lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

NPE: A-260522-2644

ANEXO IV

ANEXO IV

TABLA SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE DERIVADOS DEL CEMENTO,  DE LA REGION DE MURCIA CON EFECTOS  DE 1 ENERO A 31 DICIEMBRE 2021 CON INCREMENTO DEL 2% RESPECTO A 2019
GRUPOSSalario BaseComplemento de ConvenioComplemento No Salarial Pagas Extras de Verano y NavidadTotal Atrasos_21
 mesmesmes  
12.076,33156,67113,252.102,73320,34
21.593,48156,67113,251.619,90253,43
31.302,98156,67113,251.329,37213,22
 díadíadía  
442,237,543,771.306,21206,59
541,597,543,771.286,99206,20
640,967,543,771.266,46201,92
740,257,543,771.246,54197,64
839,607,543,771.225,76197,23
TABLA DE HORAS EXTRAS CON EFECTOS TABLA DE REMUNERACIONES                       DESDE EL 1 DE ENERO  HASTA EL 31/12/2021                         ECONOMICAS POR GRUPOS PARA
EL AÑO 2021
GRUPOSEuros
 
                     GRUPO II                                         19,08                         GRUPO I32.247,16 €
                     GRUPO III                                        16,04                         GRUPO II25.487,44 €
GRUPO IV   15,56       GRUPO III21.420,18 €
                     GRUPO V                                         15,35                             GRUPO IV20.774,13 €
                     GRUPO VI                                        15,15                         GRUPO V20.502,62 €
                     GRUPO VII                                       14,92                              GRUPO VI20.232,45 €
                                                 GRUPO VII19.932,42 €
GRUPO VIII19.653,97 €
Artículo 57.6 VII convenio general
 DIETAS  44,19  
    
MEDIA DIETA10,66 
    
Artículo 16,7   
    
VIAJE DE HORMIGONERA2,06 
    
KILOMETROS0,20 

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