jueves, marzo 23, 2023

Tablas Salariales del Convenio de Oficinas y Despachos de Murcia

Se revisan los salarios teniendo en cuenta que el IPC supera la previsión pactada

Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, se establece:

ACUERDO COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA OFICINAS Y DESPACHOS DE LA REGIÓN DE MURCIA

Primero.- Aplicar la clausula de revisión salarial, establecida en el artículo el art. 16 del convenio colectivo: “En el caso de que en cualquiera de los años de la revisión salarial el IPC anual supere la revisión pactada, la Comisión Paritaria se reunirá en el plazo de dos meses a los efectos de adecuar los salarios pactados.”

Segundo.- Una vez conocido el IPC del año 2021, fijado en un 6,50%, se ACUERDA revisar las tablas salariales subiendo un 3 % a la tabla salarial vigente publicada en el BORM de 7 de agosto de 2021.

Para las categorías del grupo profesional IV, se incrementará el 3 % partiendo del l SMI año 2021, para adecuar los salarios tal como establece el Convenio Colectivo.

Tercero.- La actualización se realizará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2022. Actualizando también las tablas 2022, 2023 y 2024.

Se abonará dentro del mes siguiente al 4 de octubre de 2022, fecha de publicación en el BORM.

TABLAS SALARIALES 2022, 2023, 2024 OFICINAS Y DESPACHOS DE LA REGIÓN DE MURCIA

GRUPO PROFESIONAL I

2021 2022 2023 2024

Nivel 1: Titulado Grado Superior.1.431,3821.470,701452,8521.792,761478,2822.174,131504,1522.562,18
Nivel 2: Titulado Grado Medio.1.244,7018.670,501263,3718.950,561285,4819.282,191307,9819.619,63

GRUPO PROFESIONAL II

Nivel 1: Jefe Superior.1.244,7018.670,501263,3718.950,561285,4819.282,191307,9819.619,63
Jefe de Primera.1.244,7018.670,501263,3718.950,561285,4819.282,191307,9819.619,63
Jefe de Equipo.1.244,7018.670,501263,3718.950,561285,4819.282,191307,9819.619,63
Jefe de Informática.1.244,7018.670,501263,3718.950,561285,4819.282,191307,9819.619,63
Nivel 2: Jefe de Reporteros1.095,8616.437,901112,3016.684,471131,7616.976,451151,5717.273,53
Programador de Máquinas.1.095,8616.437,901112,3016.684,471131,7616.976,451151,5717.273,53
Nivel 3: Oficial 1ª Admón.1.038,8015.582,001054,3815.815,731072,8316.092,511091,6116.374,12
Jefe de Máquinas.1.038,8015.582,001054,3815.815,731072,8316.092,511091,6116.374,12

GRUPO PROFESIONAL III

Nivel 1: Oficial 2ª963,5814.453,70978,0314.670,51995,1514.927,241012,5615.188,47
Visitador.963,5814.453,70978,0314.670,51995,1514.927,241012,5615.188,47
Operador de Máquinas.963,5814.453,70978,0314.670,51995,1514.927,241012,5615.188,47
Grabador de datos963,5814.453,70978,0314.670,51995,1514.927,241012,5615.188,47
Conserje Mayor.963,5814.453,70978,0314.670,51995,1514.927,241012,5615.188,47
Encargado.963,5814.453,70978,0314.670,51995,1514.927,241012,5615.188,47
Oficial Oficios Varios.963,5814.453,70978,0314.670,51995,1514.927,241012,5615.188,47

GRUPO PROFESIONAL IV

Nivel 1: Auxiliar Admón.927,6813.915,20941,6014.123,93958,0714.371,10974,8414.622,59
Telefonistas.927,6813.915,20941,6014.123,93958,0714.371,10974,8414.622,59
Recepcionistas.927,6813.915,20941,6014.123,93958,0714.371,10974,8414.622,59
Ayudante de Operador.927,6813.915,20941,6014.123,93958,0714.371,10974,8414.622,59
Conserje‐Ordenanza.927,6813.915,20941,6014.123,93958,0714.371,10974,8414.622,59
Limpiador/a.927,6813.915,20941,6014.123,93958,0714.371,10974,8414.622,59
Nivel 2: Aspirantes Admón. de 16 y 17 años.S.M.I.S.M.I.S.M.I.S.M.I.S.M.I.S.M.I.S.M.I.S.M.I.

Complemento Extrasalarial

Plus Locomoción Anual971,49 986,06 1003,32 1020,88 
Plus Locomoción 11 meses88,32 89,64 91,21 92,81 
Plus Locomoción 12 meses80,96 82,17 83,61 85,07 

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