Resumen del Convenio Colectivo
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de la empresa Mondelez España Commercial en Madrid afectará a todo empleado cualquiera que sea su función, que preste sus servicios con carácter permanente en el centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Se exceptúa expresamente de su aplicación a los empleados que presten servicios en tal ámbito territorial pertenecientes a Mondelez España Commercial S.L.U., integrantes de la Fuerza de Ventas de Campo, cuyas condiciones se regulan por su propio Convenio Colectivo, y están representados por su propio Comité de Empresa.
Iniciará su vigencia el día 1 de enero de 2021, extendiéndose la misma hasta el 31 de diciembre de 2023. Durante su vigencia, el presente Convenio Colectivo, tendrá prioridad de aplicación respecto del Convenio Colectivo sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las materias previstas en el artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores.
2Jornada y Descansos
La jornada anual se establecerá de acuerdo con el calendario oficial de fiestas aprobado por la Dirección General de Trabajo, a propuesta de las Comunidades Autónomas y publicado en el Boletín Oficial del Estado, así como de las fiestas de ámbito local fijadas por el Ayuntamiento. (Ver artículo 18)
3Vacaciones
Todos los empleados incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio, disfrutarán de un periodo de vacaciones retribuidas de 26 días laborables. A estos efectos, el sábado será considerado día no laborable.
La planificación de vacaciones deberá de ser conocida por el interesado con, al menos, dos meses de antelación sobre la fecha de inicio. El periodo de disfrute de las vacaciones se entenderá todo el año natural y hasta el 31 de Enero
del año siguiente.
4Obsequio Aniversario
Mondelez España reconoce la fidelidad, compromiso y contribución de sus empleados, a través de una Política de reconocimiento consistente en un obsequio aniversario por años de prestación de servicios efectivos. La percepción del mismo tendrá un carácter de voluntariedad por parte del empleado.
5Salario
La retribución bruta anual se distribuirá en 14 pagas de idéntica cuantía, correspondientes a los doce meses naturales y dos pagas extraordinarias que se abonarán el 1 de julio y en el mes de diciembre (de Navidad).
6Paga Extra
Las pagas extraordinarias se devengarán por semestres naturales y se abonarán en proporción al tiempo efectivamente trabajado en los periodos de devengo indicados.
Paga extra de julio: devengo entre 1 de enero y el 30 de junio.
Paga extra de diciembre (de Navidad): devengo entre 1 de julio y el 31 de diciembre.
7Revisión Médica
La Empresa pondrá a disposición de todos sus empleados con carácter de gratuidad y voluntariedad, un reconocimiento médico anual, con fines preventivos y control médico de la salud.
8Gastos de Kilometraje
Aquellos desplazamientos efectuados por motivos de trabajo, en los que sea necesario la utilización de vehículo, se reembolsarán a razón a razón 0,28 Euros por Km.
9Subvención de comida
La subvención con cargo a Mondelez será la establecida en el siguiente cuadro para cada año:
Diario (laboral)
2021 8,53€
2022 8,79€
2023 9,05€
La empresa se compromete y obliga a mantener un espacio dentro del centro de trabajo que permita a los empleados comer en el mismo.
10Complemento de Incapacidad Temporal
En caso de Incapacidad Temporal, la Empresa complementará las prestaciones de la Seguridad Social hasta el 100% del salario bruto anual durante la duración de estas situaciones. En el caso de la Incapacidad Temporal el límite de esta complementación será de 18 meses.