Los moderadores son responsables de revisar fotos, vídeos y comentarios en redes sociales, tomando decisiones rápidas sobre si deben retirarse o no
El Juzgado de lo Social nº 28 de Barcelona ha dictaminado que los problemas de salud mental experimentados por un moderador de contenidos que trabajaba para una subcontrata de Meta deben ser reconocidos como un accidente laboral. Los jueces sostienen que las consecuencias mentales sufridas por los empleados encargados de revisar contenidos en redes sociales como Facebook, Instagram, Meta o Youtube son responsabilidad de sus empleadores.
Esta es la primera sentencia en España que establece que la baja de un moderador de contenido se debe a su labor, en particular a la exposición continua a contenido violento. Feliu destaca que el estrés laboral es la única y exclusiva causa de la enfermedad.
El empleado, que estaba bajo tratamiento psiquiátrico durante cinco años, trabajaba para CCC Barcelona Digital Services y presentó una demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Así, esta sentencia responsabiliza a las empresas del sector por la salud física y mental de sus empleados y por los riesgos que pueden enfrentar durante la realización de sus tareas. Los moderadores son responsables de revisar fotos, vídeos y comentarios en redes sociales, tomando decisiones rápidas sobre si deben retirarse o no, basándose en las políticas de la empresa. Este trabajo los expone a contenido altamente sensible bajo una gran presión.
La empresa argumentó que el empleado tenía una patología psíquica previa y que la exposición no era tan grave. Sin embargo, el abogado demostró que buscar ayuda psicológica no debe interpretarse como algo negativo, y además, indicó que el 50% de quienes realizan este trabajo están clasificados como «alta prioridad», enfrentándose a contenidos extremadamente violentos como actos de terrorismo, suicidios, automutilaciones y torturas en tiempo real, lo que genera un significativo riesgo psicosocial.