Tablas salariales para el año 2022 del convenio colectivo del Comercio del Metal de la provincia de Castellón
Vista la solicitud de inscripción y publicación de las tablas salariales para el año 2022 del convenio colectivo del Comercio del Metal de la provincia de Castellón, presentada en esta Dirección Territorial en fecha 27 de enero de 2022.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 89.1 y 90.2 y 3 del R.D.L. 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como en el art. 2.1º del Real Decreto 713 /10, de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y en el art. 3 de la Orden 37/2010 de 24 de septiembre de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.
Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de acuerdo con las competencias legalmente establecidas en el artículo 13.3 de la Orden 1/2021, de 6 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, mediante la que se desarrolla el Decreto 175/2020, del Consell, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
ACUERDA:
PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la misma, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
SEGUNDO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Castelló de la Plana a 14 de marzo de 2022.
COMERCIO DEL METAL | AÑO 20 | 22 (6,5%) |
CATEGORÍAS PROFESIONALES | SALARIO MENSUAL | SALARIO ANUAL |
GRUPO I | ||
Director/a, Gerente/a | 1.295,61 € | 19.434,20 € |
Subdirector/a | 1.274,23 € | 19.113,48 € |
Supervisor/a de Establecimiento | 1.258,82 € | 18.882,34 € |
Titulado/a Grado Superior | 1.240,15 € | 18.602,28 € |
Encargado/a General | 1.217,78 € | 18.266,71 € |
Jefe/a de Sección | 1.176,73 € | 17.650,91 € |
Jefe/a de Administración | 1.161,88 € | 17.428,20 € |
GRUPO II | ||
Profesional de Oficio de 1ª | 1.144,32 € | 17.164,84 € |
Auxiliar administrativo/a 2º año | 1.110,04 € | 16.650,61 € |
Profesional de Oficio de 2ª | 1.086,42 € | 16.296,31 € |
Titulado/a Grado Medio | 1.079,59 € | 16.193,90 € |
Viajante/a | 1.076,22 € | 16.143,29 € |
Comercial / Profesional de Oficio de 3ª | 1.025,62 € | 15.384,25 € |
GRUPO III |
DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMIA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO, JOSE VICENTE ANDRES PEÑARROJA.
DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO.
DEPARTAMENTO DE CONVENIOS COLECTIVOS. CASTELLON
Castellón, 20 de enero de 2022.
D. Esteban Ramos Cano, con D.N.I.: ***9295**; en representación del Sector Nacional de Comercio de FeSMC UGT PV; con domicilio en la calle Arquitecto Mora, 7-5º de Valencia, y Salvador Mejías Sahuquillo, con DNI ***8025**; con domicilio en Plaza Napoles y Sicilia 5 bajo de Valencia, como organismos firmantes del Convenio Colectivo:
COMUNICAMOS:
Que acogiéndonos al Artículo 2º del Convenio Colectivo Provincial de Comercio Metal, en el ámbito de la provincia de Castellón, publicado en el B.O.P. núm. 32 de fecha 14 de marzo de 2015, que establece lo siguiente:
Artículo 2º.- Vigencia, duración y prórroga.-
El presente Convenio entrará en vigor el día de su publicación en el boletín Oficial de la Provincia de Castellón. Su duración será desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2018.
En el supuesto de no denuncia expresa y por escrito de cualquiera de las partes legitimadas dos meses antes, al menos, de la finalización de su vigencia, la tabla salarial experimentará un incremento igual al IPC (Índice de precios al Consumo) de los últimos 12 meses conocidos, manteniéndose el texto del convenio.
Por tal motivo:
SOLICITAMOS:
El registro, depósito y publicación de la correspondiente tabla salarial, con el incremento del 6.5 % sobre la tabla vigente, publicada en el B.O.P. núm. 23 de 22 de febrero de 2020, dicha tabla salarial la adjuntamos como Anexo único.
EXPONEMOS:
Se faculta para proceder a los trámites de inscripción y depósito del mismo, si fuere necesario, en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo en el organismo que proceda a D. Vicente Martinez Trenco.
Salvador Mejías Sahuquillo, Secretario Acción Sindical Federación de Servicios de CCOO P.V. Esteban Ramos Cano, Secretari Sectorial de Comerç.
Ayudante/a dependiente/a | 1.014,79 € | 15.221,78 € |
Mozo/a 2º año | 1.009,42 € | 15.141,30 € |
Auxiliar administrativo/a 1º año | 998,67 € | 14.980,01 € |
Dibujante/a, escaparatista | 998,67 € | 14.980,01 € |
Secretario/a | 971,68 € | 14.575,27 € |
Ayudante/a montaje | 971,68 € | 14.575,27 € |
Mozo/a 1º año | 971,68 € | 14.575,27 € |
Relaciones públicas, rotulista | 960,88 € | 14.413,14 € |
Cortador/a | 960,88 € | 14.413,14 € |
Cajero/a de tienda | 944,30 € | 14.164,55 € |
Personal de oficios varios | 944,30 € | 14.164,55 € |
Personal limpieza por horas | 7,99 € | 14.164,50 € |
ANEXO
CONCEPTOS | RETRIBUTIVOS | |
Artículo Convenio | ||
Artículo 10.- Plus transporte (€/mes) | 17,68 € | |
Artículo 12.2.- Horas extras (€/hora) | 14,97 € |