Transportes de Mercancías por Carretera de la Provincia de Córdoba
Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Paritaria, de fecha 22 de marzo de 2022, sobre Detección y Corrección de errores del Convenio Colectivo de Transportes de Mercancías por Carretera de la Provincia de Córdoba, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, esta Autoridad Laboral sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, modificado por el Decreto 115/2020, de 8 de septiembre,
ACUERDA
PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, y Planes de Igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio. SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 5 de mayo de 2022. Firmado electrónicamente por la
Delegada Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo,
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRANSPORTES DE MERCANCÍAS POR CARRETERA DE CÓRDOBA.
En Córdoba, siendo las diez horas del día veintidós de marzo de dos mil veintidós, se reúnen los señores relacionados al margen miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera de Córdoba, en la sede de ATRANSMERCO.
-Por ATRANSMERCO:
Don Tomás Aranda Rodríguez.
Doña Francisca María Lopera Arias.
-ASESOR:
Don Antonio Arroyo Díaz.
-Por CCOO:
Don Manuel Moya Aguilar.
-Por UGT:
Don Juan Martínez Beltrán.
Doña Estela Cabanillas Molina.
Abierta la sesión, se explica que se ha detectado errores materiales en las tablas salariales del convenio colectivo, que se pasan a corregir.
1. Detección y corrección errores Convenio Colectivo 20222023.
Detectado un error en las tablas salariales del Convenio Colectivo 2022-2023 en la categoría de “Inspector Visitador en Empresas de Mudanza” se procede a la rectificación de las mismas:
La categoría de “Inspector-Visitador de Empresas de Mudanza”, tendrá a partir del 1 de enero de 2022, un salario mensual de 1.050,64 € y a partir del 1 de enero de 2023 1.074,28 €.
Detectado igualmente un error en las Tablas Salariales del Convenio Colectivo 2022-2023, en la categoría de “Contramaestre o Encargado”, se procede a la rectificación de las mismas:
La categoría de “Contramaestre o Encargado”, tendrá a partir del 1 de enero de 2022, un salario mensual de 991,60 €, y a partir del 1 de enero de 2023, 1.013,92 €.
Se autoriza a Antonio Arroyo Díaz para que registre la presente acta ante la Autoridad Laboral.
Y no habiendo más asuntos de que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las once horas del día arriba indicado.
POR ATRANSMERCO; POR CCOO; POR UGT, varias firmas ilegibles.