Convenio de Transporte de Mercancías y Logística de Zaragoza

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías y Logística de Zaragoza, Mudanzas y Guardamuebles, obliga durante su vigencia a todas las empresas de transporte que se rigen por el ll Acuerdo General para las empresas de Transportes de Mercancías por Carretera, o en su defecto al III Acuerdo en el supuesto que este se acuerde en el período de vigencia del presente convenio.

Estará vigente durante los años 2022, 2023 y 2024, entrando en vigor el 1 de enero de 2022 y finalizando el 31 de diciembre de 2024.

Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

La jornada de trabajo, en cualquiera de las modalidades que se adopte, será de 1.792 horas de trabajo real y efectivo en cómputo anual.

Para las categorías de trabajadores móviles, conductor y conductor mecánico la jornada anual de trabajo real y efectivo podrá incrementarse en 34 horas. Dichas horas no se aplicarán para aumentar el tiempo efectivo de trabajo. Únicamente se aplicarán a aquellos tiempos que siendo de presencia/disponibilidad, puedan llegar a tener la consideración de tiempo efectivo de trabajo. Las empresas podrán disponer de hasta 20 horas para la programación de actividades formativas de sus trabajadores de las cuales 10 horas tendrán la consideración de jornada efectiva de trabajo, y 10 horas se realizarán fuera del horario laboral del trabajador.

En ningún caso se podrá disponer de las horas de formación para el desarrollo de actividades productivas de la empresa o de cualquier otro tipo. Las horas de formación no consumidas en un ejercicio, podrán acumularse a las del ejercicio siguiente, siguiéndose para su aplicación la distribución del 50% establecida en el presente artículo.

Las empresas podrán computar cada catorce días el descanso semanal del trabajador, facilitándole en una semana un día de descanso y en la siguiente dos días consecutivos o viceversa, siendo necesariamente uno de ellos en domingo. Sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento (CE) 561/2006, de 15 de marzo.

3
Salario

TABLAS SALARIALES 2023

4
Vacaciones

Las personas trabajadoras tendrá derecho al disfrute de 30 días naturales de vacaciones retribuidas en función de salario base, complemento personal, en su caso y plus de calidad y cantidad. A los efectos de disfrute del período de vacaciones la empresa establecerá los correspondientes turnos. La inclusión en cada turno se hará por elección del trabajador atendiéndose al criterio de rotación.

Los trabajadores y trabajadoras por mayoría podrán proponer en cada empresa otro sistema de inclusión en los turnos que no responda a criterios de rotación. Las vacaciones deberán ser anunciadas con dos meses de antelación, con el fin de dar tiempo a las reclamaciones que pudieran surgir.

5
Plus de distancia

Aquellas empresas que no faciliten medios de transporte propio, abonaran un plus de distancia de 1,40 euros, acomodándolo a la variación que experimente el precio del billete sencillo del transporte público, por cada trayecto que el trabajador, deba realizar para ir o volver de su trabajo y que teniendo su residencia habitual en Zaragoza capital, tengan ubicados sus centros de trabajo en las zonas geográficas siguientes:

  • Zona 1:

Carretera de Barcelona: Polígono Malpica-Santa Isabel.

  • Zona 2:

Carretera de Castellón: Polígono San Valero.

  • Zona 3:

Carretera de Huesca: Ciudad del Transporte.

  • Zona 4:

Carretera de Logroño: Polígono El Águila.

  • Zona 5:

Carretera de Madrid: Entrada a Valdefierro. PLAZA.

  • Zona 6:

Carretera de Teruel: Gasolinera Valdespartera.

  • Zona 7:

Autop. Barna.: Gasolinera Vía Augusta.

En aquellas zonas y dentro del ámbito de aplicación del convenio, en los supuestos en que no exista bus urbano y si bus de línea regular de uso general que efectúe el servicio, se abonará el importe del billete por cada trayecto realizado.

En aquellos trayectos en que el importe del billete supere el triple del precio del autobús urbano, dicho plus quedará limitado a este importe y solo afectará a un viaje de ida y otro de vuelta.

Igualmente se percibirá el plus de distancia, en aquellos supuestos en los que el centro de trabajo, respecto del domicilio en Zaragoza capital, esté más alejado de las anteriores zonas. También tendrán derecho a su percibo, quienes, dentro del ámbito geográfico del convenio, y para empresas situadas fuera de Zaragoza capital, deban desplazarse desde su domicilio a su centro de trabajo situado a una distancia superior a 5 kilómetros.

En los supuestos previstos en el presente artículo, la cuantía mínima mensual a percibir será de 42 euros. Esta cuantía experimentará el mismo incremento que porcentualmente experimente el salario base, durante la vigencia del convenio.

6
Plus de mercancías peligrosas

Los conductores y conductoras que como consecuencia de la actividad que desarrollan en la empresa manipulen o transporten habitualmente mercancías tóxicas, explosivas o inflamables, percibirán un plus del 10% sobre el salario base por día de trabajo que lo realicen. Quienes como consecuencia de la actividad que desarrollan en la empresa manipulen exclusivamente mercancías peligrosas, consideradas como tales las señaladas en el Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) vigente en cada momento, percibirán un plus del 10% sobre el salario base.

Se considerará dedicación exclusiva cuando se trabaje con mercancías peligrosas más de cinco horas diarias durante un período de tiempo igual o superior al 60% de los días laborables. El cómputo se realizará por meses naturales.

Quienes realicen dichos servicios en proporción inferior a la señalada en el párrafo anterior percibirán la que corresponda de las anteriores cantidades en proporción a la parte de jornada empleada. Este porcentaje no será acumulable si el mismo trabajador manipula y transporta.

Convenio Colectivo del sector de Transportes de Mercancías, Mudanzas, Guardamuebles y Logística de Zaragoza. 2022-2024. DESCARGAR PDF

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