Convenio Colectivo de Pompas Fúnebres de Valencia. 2022-2023

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Pompas Fúnebres de Valencia regula las relaciones de trabajo entre las empresas de Servicios Funerarios ubicadas dentro del territorio de la provincia de Valencia y los trabajadores que prestan sus servicios en ellas, extendiendo su aplicación a todos los centros de trabajo que existan actualmente o puedan abrirse en un futuro.

Entra en vigor a partir del día 1 de los dos meses siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (que ha sido el 5 de octubre), y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. Los efectos económicos, no obstante, se aplicarán desde el 1 de enero de 2021.

Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

Se establece una jornada laboral ordinaria de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, que suponen una jornada anual de 1826 horas, sin perjuicio de lo establecido para la jornada de disponibilidad en el artículo del presente convenio.

La jornada ordinaria, atendiendo a las especiales características de servicio permanente y esencial que concurren en las empresas de Servicios Funerarios afectadas por el presente Convenio, se distribuirá en función de las necesidades de la empresa estableciéndose los turnos ordinarios que sean necesarios para cubrir las necesidades permanentes del servicio funerario.

La distribución horaria de esta jornada ordinaria se establecerá con carácter individual en cada una de las empresas afectadas por el presente convenio, en sus respectivos calendarios laborales.

Dependiendo de las necesidades del servicio que puedan producirse durante la jornada ordinaria en cada empresa, se podrá adaptar la jornada diaria del trabajador anticipándola o prolongándola, en su caso, hasta cumplir con el servicio que se estuviera realizando, sin que puedan superarse los máximos legales de horas de trabajo diario y respetando el tiempo previsto de descanso entre jornadas laborales. En el supuesto de que se produjeran excesos horarios podrán compensarse con descanso equivalente de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador.

Se establece un tiempo de descanso de 15 minutos en aquellas jornadas continuas que tengan una duración superior a 6 horas. Los trabajadores tendrán un tiempo de descanso entre jornadas mínimo de 12 horas, salvo lo establecido en el artículo anterior.

Los trabajadores tendrán derecho a un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, o tres días en un periodo consecutivo de trabajo de catorce días. El descanso semanal se efectuará de forma rotativa entre todo el personal de cada centro.

3
Salario

Tablas Salariales

  2021 2022 2023 
Salario basePlus activ.Salario basePlus activ.Salario basePlus activ.
Grupo IEncargado 1.459,75 €  1.488,95 €  1.518,73 € 
 Contable 1.381,70 €  1.409,33 €  1.437,52 € 
Grupo IIConductor Funerari@ 1.025,09 € 307,53 € 1.045,60 € 313,68 € 1.066,51 € 319,95 €
 Funerari@ Operario de Cementerio    843,33 € 253,00 €    860,20 € 258,06 €    877,40 € 263,22 €
 Personal limpieza-mantenimiento    952,12 €     971,16 €     990,59 € 
Grupo IIIOficial Administrativo 1.264,59 €  1.289,88 €  1.315,68 € 
 Auxiliar Administrativo 1.153,25 €  1.176,31 €  1.199,84 € 
 Recepcionista 1.153,25 €  1.176,31 €  1.199,84 € 

4
Vacaciones

Los trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito de aplicación del presente convenio disfrutarán de 30 días naturales de vacaciones al año.

El calendario de vacaciones comprenderá desde el día 1 de mayo a 30 de septiembre ambos inclusive. El trabajador disfrutará dichas vacaciones en dos periodos de 15 días naturales, siendo al menos uno de ellos entre los meses de junio, julio, agosto y septiembre, comprendido del 15 de junio al 15 de septiembre.

El número máximo de trabajadores y trabajadoras de cada Departamento y centro de trabajo que pueden disfrutar las vacaciones simultáneamente o en un mismo turno lo establecerá la empresa, previa consulta e información con los representantes legales de los trabajadores. Se establecerá un sistema de rotación entre el personal del centro de trabajo que será consensuado en cada empresa entre la dirección y la representación de los trabajadores. El sistema de rotación garantizará la equidad entre todo el personal, y asegurará en todo momento la cobertura de las necesidades de cada área o departamento.

5
Ropa de trabajo

Los trabajadores deberán utilizar durante su jornada laboral el uniforme proporcionado por la empresa.

La empresa proporcionará a tal efecto y con la periodicidad necesaria, las prendas que en cada momento constituyan el uniforme reglamentario.

En el mismo momento que un trabajador termine su relación laboral, deberá entregar el uniforme o ropa de trabajo que le hubiera sido facilitado por la empresa.

6
Guardias en jornada ordinaria

Los trabajadores que presten servicios en jornada ordinaria, de forma rotatoria y a los efectos de cubrir los excesos de trabajo que puedan existir fuera de su jornada laboral, estarán a disposición de la empresa conforme al cuadrante de guardias que se elabore en cada centro de trabajo.

Deberán acudir a prestar servicios en un tiempo máximo de treinta minutos desde que se produzca la llamada, justificando en todo caso la imposibilidad de responder al llamamiento en ese plazo de tiempo.

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