Lo que debes saber
RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de Fabricación y Venta de Mantecados de Estepa, afectará obligatoriamente a las empresas que en el Pueblo de Estepa, se dediquen a la fabricación y venta de mantecados, polvorones, roscos, alfajores y demás productos navideños, típicos de la localidad, entendiéndose dichos productos en su más amplio sentido de fabricación y venta. Queda limitado territorialmente a la localidad de Estepa
Tendrá una duración de cuatro años desde el 1 de julio de 2020 al 30 de junio del 2024, prorrogándose de año en año tácitamente de no existir denuncia de cualquiera de las partes.
Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
La jornada de trabajo será de 40 horas semanales tanto en jornada intensiva o continua como en jornada partida o discontinua. Se establece la obligatoriedad de dar un descanso de 15 minutos que se utilizará como bocadillo en aquellas empresas que tengan establecidas jornada intensiva o continua, que computará como tiempo efectivo de trabajo La jornada normal se desarrollará de lunes a sábado.
En la jornada discontinua, la interrupción de la jornada no podrá ser inferior a una hora. No podrá exceder la jornada de 9 horas Quedan excluidos de este horario, porteros, guardas y vigilantes.
3Salario
Tabla salarial 2021 (período de 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2022)
Conceptos | Categoría profesional fábrica | |||
Oficial 1.ª | Oficial 2.ª | Operario | Ayudante | |
Salario base | 27,77 | 24,86 | 23,30 | 23,07 |
Plus asistencia | 5,04 | 5,04 | 5,04 | 5,04 |
P P Julio | 3,10 | 2,83 | 2,66 | 2,61 |
P P Navidad | 3,10 | 2,83 | 2,66 | 2,61 |
P P Paga Beneficio | 2,55 | 2,24 | 2,15 | 2,11 |
P P Domingos y Festivos | 6,10 | 5,48 | 5,14 | 5,09 |
Vacaciones | 3,19 | 2,92 | 2,80 | 2,75 |
Complemento Campaña | 9,21 | 8,29 | 7,79 | 7,70 |
Salario Día Bruto | 60,06 | 54,49 | 51,54 | 50,98 |
Descuento S S 6,40% | 3,84 | 3,49 | 3,30 | 3,26 |
Salario diario | 56,22 | 51,00 | 48,24 | 47,72 |
Salario Semanal (40 Horas) | 337,32 | 306,00 | 289,44 | 286,32 |
Conceptos | Categoría profesional fábric | a | ||
Oficial 1.ª | Oficial 2.ª | Operario | Ayudante | |
2% trienio fijo y fijo discontinuo | 1,20 | 1,10 | 1,04 | 1,03 |
Hora Extra | 11,13 | 10,07 | 9,52 | 9,52 |
Salario Mínimo Garantizado Bruto | Diario | 49,33 | ||
Periodo Fuera de Campaña | Semanal | 295,98 |
4Vacaciones
El personal afectado por este Convenio disfrutará anualmente de un período de vacaciones de 30 días naturales. Serán abonadas con el salario base, plus personal o el plus de antigüedad, incrementadas con el plus de asistencia correspondiente a 26 días efectivos trabajados.
Para el personal fijo discontinuo y eventual el periodo de disfrute de las vacaciones se iniciará al día siguiente de finalización de la campaña, a no ser que por mutuo acuerdo se pudiera elegir otro periodo vacacional, siendo proporcional al período de tiempo trabajado, permaneciendo en alta en la seguridad social durante el citado periodo a pesar de que el abono del salario durante dicho periodo vacacional pudiera prorratearse durante la campaña.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, parto o la lactancia natural, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal, o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que corresponda.
5Reducción de jornada
Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de 8 años o con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de jornada de trabajo, entre 1/8 y un máximo de ½ jornada.
6Premio de bodas
Las personas trabajadora tendrán derecho a percibir un premio de nupcialidad de 138,80 euros en caso de matrimonio.
En caso de nacimiento de hijos, percibirán por cada uno, un premio de natalidad de 113,55 euros. Sólo tendrán derecho a este premio, si el hecho causante tiene lugar durante la época de fabricación, para el personal de trabajo discontinuo o de época de fabricación.
Si trabajan los dos cónyuges solamente uno podrá hacer uso de este derecho. Se equiparan a todos los efectos los derechos establecidos para los matrimonios a las parejas de hecho, acreditándolo en este caso con el correspondiente certificado del registro oficial de parejas de hecho.
Convenio Colectivo de fabricación y venta de mantecados, polvorones, roscos, alfajores y demás productos que se elaboran en Estepa. 2020-2024. DESCARGAR PDF
Actualización 29 de octubre de 2022. Tabla salarial provisional 1 de enero de 2022 a 31 de diciembre de 2022
SMI anual | 14 000 € |
Jornada anual convenio | 1 826,27 h |
Jornada semanal convenio | 40 h |
Salario hora | 7,67 € |
Salario semanal (40 horas) | 306,64 € |
Salario día (lunes a sábado) | 51,11 € |
Salario día (lunes a viernes) | 61,33 € |
Salario semanal (40 horas) | 306,64 € |
Salario día (lunes a sábado) | 51,11 € |
Salario día (lunes a viernes) | 61,33 € |
Salario semanal (40 horas) | 306,64 € |
Salario día (lunes a sábado) | 51,11 € |
Salario día (lunes a viernes) | 61,33 € |
Tabla salarial 2022 (período del 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2023 | ||||
Conceptos | Categoría profesional fábrica | |||
Oficial 1.ª | Oficial 2.ª | Operario | Ayudante | |
Salario base | 27,91 | 24,98 | 23,42 | 23,19 |
Plus asistencia | 5,07 | 5,07 | 5,07 | 5,07 |
P P Julio | 3,12 | 2,84 | 2,67 | 2,62 |
P P Navidad | 3,12 | 2,84 | 2,67 | 2,62 |
P P Paga beneficio | 2,56 | 2,25 | 2,16 | 2,12 |
P P Domingos y festivos | 6,13 | 5,51 | 5,17 | 5,12 |
Vacaciones | 3,21 | 2,93 | 2,81 | 2,76 |
Complemento campaña | 9,26 | 8,33 | 7,83 | 7,74 |
Salario día bruto jornada lunes a sabado | 60,38 | 54,75 | 51,80 | 51,24 |
Salario día bruto jornada lunes a viernes | 72,46 | 65,70 | 62,16 | 61,49 |
Salario semanal bruto (40 horas) | 362,28 | 328,50 | 310,80 | 307,44 |
Oficial 1.ª | Oficial 2.ª | Operario | Ayudante | |
2% trienio fijo y fijo discontinuo | 1,21 | 1,11 | 1,05 | 1,04 |
Hora extra | 11,19 | 10,12 | 9,57 | 9,57 |
Salario mínimo garantizado bruto jornada lunes a sábado | Diario | 51,11 | ||
Salario mínimo garantizado bruto jornada lunes a viernes | Diario | 61,33 | ||
Período fuera de campaña | Semanal | 306,64 |