Convenio Colectivo de Bebidas refrescantes de Pontevedra

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Bebidas refrescantes de Pontevedra afecta a todo el personal de las industrias de bebidas refrescantes. Es de aplicación a todos los trabajadores, empresas y sucursales que tengan centros de trabajo en la provincia de Pontevedra o que se establezcan durante su vigencia y se rijan por la normativa vigente.

La duración estaba prevista para 7 años, con efectos económicos y sociales a partir del 1 de julio de 2009, alcanzando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015. No obstante, y no habiendo sido sustituido por nuevo acuerdo, ha sido prorrogado sucesivamente y permanece vigente en 2022 y 2023.

Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

La jornada laboral para todos los trabajadores del sector será de 1.790 horas de trabajo efectivo y computadas anualmente.

Esta jornada se repartirá de lunes a viernes con 7,45 horas diarias durante todos los meses del año, excepto los meses de junio, julio y agosto, que se repartirán de lunes a sábado, y en los que la jornada semanal será de 40 horas.

Se establece de forma excepcional para los días 24 y 31 de diciembre, para todo el personal afectado por este convenio, una jornada ordinaria de trabajo que se realizará de forma ininterrumpida, a excepción de los días que recaigan en lunes, en los que se entenderá como habitual.

3
Salario

  CATEGORÍASSalario DíaSuplemento Locom. MesTotal Gastos Transporte mes
  PEÓN/A 25,54 €  9,04 €  65,14 €
  SUBALTERNOS/AS  27,06 €  9,42 €. 65,52 €
  AXUDANTE  27,06 €  9,42 €  65,52 €
  AUX. ADMINISTRATIVOS/AS  27,06 €  9,42 €  65,52 €
  OFICIAIS DE SEGUNDA  29,55 €  10,34 €  66,44 €
  OFICIAIS DE PRIMEIRA ou VENDEDORES/AS  31,87 €  11,19 €  67,29 €
  ENCARGADO/A OU CAPATAZ  32,19 €  11,28 €  67,38 €
  ENCARGADO/A SECCIÓN  38,79 €  13,78 €  69,88 €
  ENCARGADO/A XERAL  45,47 €  16,31 €  72,41 €

4
Vacaciones

Las vacaciones anuales para el personal acogido al régimen de este convenio serán de 30 días naturales. El importe de las vacaciones deberá abonarse antes de comenzar a disfrutarlas y sobre el salario base más la antigüedad.

Se disfrutarán del 1 de septiembre al 30 de mayo, pudiendo negociarse su disfrute con los representantes empleados de la empresa por un período de un mes antes o después de esas fechas.

El personal permanente percibirá, con independencia del pago de vacaciones, que reflejará el bono de transporte correspondiente, mencionado en el artículo 18, y el bono de convenio mencionado en el artículo 19, un bono especial equivalente a diez días del salario base de convenio y antigüedad, en Tu caso.

El calendario laboral y de vacaciones del año será negociado por la empresa con el personal, o en su caso, con el Comité de Empresa, y se expondrá en el tablón de anuncios.

5
Ayudas para gastos

Los trabajadores que, por orden expresa del empleador o de quien lo represente, se vean obligados a realizar asuntos o trabajos de carácter profesional por cuenta y bajo la dependencia de la empresa, con desplazamientos a lugares alejados del centro de trabajo, que les imposibilite el regreso y sea necesario comer fuera del propio domicilio. También cuando la misión que les sea encomendada exija una estancia que les obligue a alojarse.

Las asignaciones de costos estarán debidamente justificadas.

Estos serán los siguientes:

  • Asistencia coste total: 49,04€
  • Almuerzo: 20,00€
  • Cena: 20,00€
  • Cama: 17,65 €
  • Desayuno: 04,41€

Para el personal de distribución que en el transcurso de su recorrido habitual tenga que almorzar, se establece una bonificación de 10,45 €, que será incompatible con las bonificaciones de gastos anteriores.

6
Retirada de carnet de conducir

En caso de retirada del permiso de conducir por causa imputable al trabajador en el desempeño de su función al servicio de la empresa, ésta se compromete a proporcionar al conductor un puesto de trabajo adecuado, de acuerdo con su categoría profesional, sin ver a su recorte de salario.

Las multas imputables a la culpa del trabajador serán a cargo de éste o, en su defecto, las abonará la empresa. También será responsable de las multas causadas por exceso de carga, mal estacionamiento en el caso de carga y descarga, siempre que se produzca en núcleos urbanos donde hubo saturación de tráfico y la infracción sea culpa del trabajador y del exceso de viajeros que tienen la condición de ser personal de servicio de la empresa y su transporte fue ordenado por ésta.

Convenio Colectivo del sector de la Industria de Refrescos, de la Provincia de Pontevedra. Vigente 2023. DESCARGAR PDF

ACTUALIZACIÓN 16-1-2022. Tablas Salariales para el año 2022

Destacado

Errores en el catastro: cuando un inmueble está mal representado

Lo que debes saberInscripciones en el Registro de la...

Reclamación de daños y perjuicios y extensión de la indemnización por responsabilidad civil

La indemnización tiene como objetio restaurar la situación previa a la ocurrencia del daño, garantizando que el perjudicado no sufra pérdidas

Las actuaciones y procedimientos de comprobación censal de Hacienda

a Agencia Tributaria puede llevar a cabo la comprobación censal a través de la inspección física y documental de hechos y circunstancias.

Arrendatario con discapacidad y adaptación de la vivienda alquilada

El arrendatario con discapacidad tiene el derecho a realizar las obras o modificaciones necesarias para adaptar su vivienda.
Lo más leido

Período trabajado no aparece en la vida laboral

En estos casos, el trabajador se enfrenta a perjuicios en futuras prestaciones, ya que el período trabajado no aparece en la vida laboral.

Despido improcedente sin pasar por SMAC

La duda que tengo es si se puede hacer el despido improcedente sin pasar por SMAC. ✓ Respuesta Abogado: aunque haya acordado improcedencia

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador. ✓Respuesta Abogado: Acuda con el contrato de compraventa

Despido de trabajadora embarazada en periodo de prueba: ¿es nulo?

Han despedido a mi mujer durante el periodo de prueba y está embarazada de 3 meses. ✓Respuesta Abogado: la nulidad objetiva

Periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes

Me quieren poner un periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes. ✓Respuesta Abogado: será nulo el pacto que establezca

Convenio colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Álava

Sector de Limpieza de Edificios y Locales de Álava. 2023-2027. ✓ Lo que debes saber: Principales novedades y PDF completo del convenio.

Convenio de Limpieza de Edificios y Locales de Zamora 2022-2026

Sector de Limpieza de Edificios y Locales de Zamora. 2022-2026. ✓ Lo que debes saber: Principales novedades y PDF completo del convenio.

Convenio Colectivo de derivados del cemento de A Coruña. Vigente 2023

Derivados del cemento de A Coruña. Vigente 2023. ✓ Lo que debes saber. Ver el análisis y descargar PDF completo.