RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Las Palmas establece y regula las normas por las que se han de regir las condiciones de trabajo en las empresas encuadradas en la actividad de Oficinas y Despachos, en el ámbito territorial de la provincia de Las Palmas.
Este Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2022. La duración del presente convenio se establece hasta el 31 de diciembre de 2024.
Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
La jornada laboral será de 40 horas semanales. En cumplimiento de lo que ordena el artículo 34.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se fija la jornada laboral anual en 1.826 horas y 27 minutos.
3Salario
Tabla Salarial 2022
SUBGRUPOS PROFESIONALES | ANUAL | 16 mensualidades |
(Euros) | (Euros) | |
JEFE/A SUPERIOR | 25.218,78 | 1.576,17 |
JEFE/A 1 TEC. DE OFIC. NIVEL 3 | 21.989,23 | 1.374,33 |
JEFE/A 2 TEC. DE OFIC NIVEL 4 | 19.701,24 | 1.231,33 |
OFICIAL 1 TEC. OFIC. NIVEL 5 | 16.227,17 | 1.014,20 |
OFICIAL 2 TEC. OFIC. NIVEL 6 | 14.913,63 | 932,10 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A | 12.069,93 | 754,37 |
AUXILIAR CAJA | 12.069,93 | 754,37 |
TELEFONISTA | 12.069,93 | 754,37 |
DELINEANTE PROYECTISTA | 16.227,17 | 1.014,20 |
DELINEANTE | 14.913,63 | 932,10 |
DIBUJANTE | 14.618,99 | 913,69 |
CALCADOR | 14.092,52 | 880,78 |
INGENIEROS/AS Y ARQUITECTOS/AS | 27.546,24 | 1.721,64 |
LICENCIADO/A Y PROF. MERCANTILES | 27.546,24 | 1.721,64 |
GRADUADOS/AS SOCIALES Y PER. MERCANTILES | 22.285,90 | 1.392,87 |
PER. ING. TECN. Y AYUD. OBRAS PUBLICAS | 22.285,90 | 1.392,87 |
CONSERJE MAYOR | 13.677,94 | 854,87 |
CONSERJE CON VIVIENDA | 11.823,29 | 738,96 |
CONSERJE SIN VIVIENDA | 11.968,46 | 748,03 |
COBRADOR/A | 12.069,93 | 754,37 |
ORDENANZA Y VIGILANTE/A DE DIA | 11.541,43 | 721,34 |
VIGILANTE/A DE NOCHE Y SERENO | 13.849,58 | 865,60 |
BOTONES DE 16 Y 17 AÑOS | 10.626,82 | 664,18 |
OFICIAL DE OFICIOS VARIOS | 14.297,31 | 893,58 |
OFICIAL DE 2º (OFICIOS VARIOS) | 13.677,94 | 854,87 |
AYUDANTE | 11.823,30 | 738,96 |
MOZOS/AS Y PEONES/AS | 11.336,49 | 708,53 |
ENCARGADOS/AS | 14.913,63 | 932,10 |
PRACTICANTES Y A.T.S. | 22.285,90 | 1.392,87 |
LIMPIADOR /A (JORNADA COMPLETA) | 11.336,49 | 708,53 |
ASPIRANTE DE 16 Y 17 AÑOS | 10.626,82 | 664,18 |
LIMPIADOR /A A SALARIO/HORA | 6,52 | |
* BOLSA DE VACACIONES | 484,20 |
4Vacaciones
Los trabajadores y trabajadoras afectados por el presente Convenio tendrán derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones, retribuidos, éstas serán abonadas al comienzo de las mismas.
Aquellos trabajadores o trabajadoras que no lleven el año completo, disfrutarán de la parte alícuota o proporcional en relación al tiempo trabajado.
En ningún caso las vacaciones pueden ser sustituidas por el abono de los salarios equivalentes, excepto cuando el trabajador o trabajadora deje de prestar sus servicios en la empresa.
5Quebranto de moneda
Por este concepto, los cajeros/as y cobradores/as percibirán durante el año 2022, veintiséis euros con cuarenta y siete céntimos (26,47 euros) mensuales; para 2023, veintisiete euros con trece céntimos (27,13 euros) mensuales; y para 2024, veintisiete euros con sesenta y siete céntimos (27,67 euros) mensuales.
6Ayuda escolar
Se establece, como ayuda escolar para el año 2022 por parte de las empresas a favor de los trabajadores y trabajadoras, la cantidad de cuarenta y cuatro euros con catorce céntimos (44,14 euros) anuales, por cada hijo o hija en edad escolar, entre 3 y 16 años, previo justificante acreditado de la escolaridad; para 2023, la cantidad de cuarenta y cinco euros con veinticinco céntimos (45,25 euros) anuales; y para 2024, la cantidad cuarenta y seis euros con quince céntimos (46,15 euros) anuales.