Convenio de Construcción y Obras Públicas de Badajoz. 2023

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas de Badajoz será de obligado cumplimiento en todas las actividades propias del sector de la construcción, que son las siguientes: Las dedicadas a la construcción y obras públicas; La conservación y mantenimiento de infraestructuras; Canteras, areneras, graveras y la explotación de tierras industriales; Embarcaciones, artefactos flotantes y ferrocarriles auxiliares de obras y puertos; El comercio de la construcción mayoritario y exclusivista.

La vigencia de este convenio estaba prevista para el año 2016. No obstante, a falta de nuevo acuerdo, ha sido prorrogado sucesivamente año a año, y permanece vigente en 2022 y 2023.

Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no esté regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

La jornada ordinaria anual durante el período de vigencia del presente convenio será la que se establece a continuación:

Año 2016: 1.738 horas.

  • De conformidad con lo establecido en el artículo siguiente, el horario de trabajo estará establecido entre las 8 y la 20 horas de lunes a viernes salvo pacto colectivo en contrario, que se podrá adoptar en el seno de cada centro de trabajo.
  • Se entiende como trabajo efectivo la presencia del trabajador en el puesto de trabajo y dedicado al mismo.

A estos efectos se excluye expresamente del cómputo de la jornada laboral la interrupción de los quince minutos de descanso que se disfrutarán dentro de la jornada de la mañana entre las nueve y once horas.

Podrá pactarse entre Empresa y Trabajadores el no interrumpir la jornada de trabajo para disfrutar de los quince minutos antes mencionados.

3
Tabla Salarial año 2023

SALARIO BASE ANUAL

Titulado Superior1.252,95 €293,80 €118,61 €1.518,09 €1.518,09 €21,45 €4,38 €22.873,23 €
Jefe Admón. 1ª1.116,22 €290,94 €118,61 €1.440,12 €1.440,12 €19,61 €4,05 €21.103,77 €
Encargado General1.098,92 €285,83 €118,61 €1.418,29 €1.418,29 €19,30 €3,99 €20.791,80 €
Delineante Superior1.092,01 €269,91 €118,61 €1.399,63 €1.399,63 €19,00 €3,93 €20.484,72 €
Encargado de Obras  1.088,63 €  253,89 €  118,61 €  1.369,92 €  1.369,92 €  18,72 €  3,87 €20.182,24 €
Capataz1.072,03 €247,13 €118,61 €1.356,07 €1.356,07 €18,42 €3,81 €19.883,62 €
Oficial de 1ª1.058,70 €237,16 €118,61 €1.343,50 €1.343,50 €18,12 €3,76 €19.589,75 €
Oficial de 2ª1.048,08 €224,57 €118,61 €1.332,16 €1.332,16 €17,83 €3,70 €19.300,39 €
Ayudante1.033,67 €216,33 €118,61 €1.320,12 €1.320,12 €17,54 €3,65 €19.015,00 €
Peón Especialista1.018,35 €210,38 €118,61 €1.304,49 €1.304,49 €17,26 €3,60 €18.734,14 €
Peón Ordinario1.000,95 €205,17 €118,61 €1.295,09 €1.295,09 €16,97 €3,54 €18.457,25 €
DESGASTE DE HERRAMIENTAS. IMPORTES 2023  Importe  Periodicidad
Oficial0,33 €Día
Ayudante0,21 €Día
DIETAS Y MEDIAS DIETAS. IMPORTES 2023  Importe  Periodicidad
Dieta completa49,41 €Día
Media dieta12,09 €Día
Kilometraje0,34 €Día
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA (GRUISTA). IMPORTES 2023  Importe  Periodicidad
Plus dedicación8,68 €Día
PLUS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARRETERAS. IMPORTES 2023  Importe  Periodicidad
Plus de conservación y mantenimiento de carreteras  4,26 €  Día

4
Vacaciones

El personal afectado por el presente convenio, sea cual fuere su modalidad de contratación laboral, tendrá derecho al disfrute de un período de vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales de duración, de los cuales veintiún días tendrán que ser laborables, pudiéndose distribuir éstos en periodos de al menos diez días laborables e, iniciándose, en cualquier caso, su disfrute, en día laborable que no sea viernes.

Las vacaciones se disfrutarán por años naturales. El primer año de prestación de servicios en la empresa sólo se tendrá derecho al disfrute de la parte proporcional correspondiente al tiempo realmente trabajado durante dicho año.

El derecho a vacaciones no es susceptible de compensación económica. No obstante, el personal que cese durante el transcurso del año, tendrá derecho al abono del salario correspondiente a la parte de vacaciones devengadas y no disfrutadas, como concepto integrante de la liquidación por su baja en la empresa.

5
Pagas extraordinarias

El trabajador tendrá derecho exclusivamente a dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses de junio y diciembre antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente.

La cuantía de las pagas extraordinarias de junio y diciembre se determinará, para cada uno de los niveles y categorías, en la tabla del presente convenio colectivo, sea cual fuere la cuantía de la remuneración y la modalidad del trabajo prestado.

Dichas pagas extraordinarias no se devengarán mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del contrato previstas en el artículo 45 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

6
Dietas

La dieta es un concepto extrasalarial, de naturaleza indemnizatoria o compensatoria, y de carácter irregular, que tiene como finalidad el resarcimiento o compensación de los gastos de manutención y alojamiento del trabajador, ocasionados como consecuencia de la situación de desplazamiento.

El trabajador percibirá dieta completa cuando, como consecuencia del desplazamiento, no pueda pernoctar en su residencia habitual. Se devengará siempre por día natural.

Cuando el empresario organice y coste la manutención y alojamiento del personal desplazado, siempre que reúna las condiciones exigibles y suficientes, solamente satisfará el 20 por 100 de la dieta completa.

Se devengará media dieta cuando, como consecuencia del desplazamiento, el trabajador afectado tenga necesidad de realizar la comida fuera de su residencia habitual, no le fuera suministrada por la empresa y pueda pernoctar en la citada residencia. La media dieta se devengará por día efectivo trabajado.

Las dietas o medias dietas se percibirán siempre con independencia de la retribución del trabajador y en las mismas fechas que ésta; pero en los desplazamientos de más de una semana de duración, aquél podrá solicitar anticipos quincenales a cuenta, y a justificar, sobre las mencionadas dietas.

Convenio Colectivo de Trabajo Construcción y Obras Públicas de la provincia de Badajoz. Vigente 2023. DESCARGAR PDF

ACTUALIZACIÓN 27-12-2022. Calendario Laboral para el año 2023

ACTUALIZACIÓN 20-1-2023. Revisión Salarial para el año 2023

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