Se actualizan las tablas en base al I.P.C. del 2021 (+ 6,5%)
Visto el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo del sector del Comercio de Bazares de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, presentado en esta Dirección General del Trabajo, suscrito por la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010 sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por el Decreto 9/2020, de 20 de febrero, esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA
- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General deTrabajo.
- Notificar a la Comisión Negociadora.
- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Cruz de Tenerife, siendo las 09:00 horas del día 31 de Marzo de 2022 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 4 del Convenio Colectivo del Comercio de Bazares de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. (BOP 86, de 19 Julio 2017), en base a los siguientes acuerdos:
Primero. Que ambas representaciones, sindicales y patronales poseen el conocimiento mutuo de legitimación y representatividad como interlocutores en el ámbito provincial de la negociación colectiva del sector de Comercio Bazares para el desarrollo del presente acuerdo.
Segundo. Que las parte presentes acuerdan la firmar de las tablas salariales para los años 2021 y 2022, y con ello para dar cumplimiento a los artículos 3 y 4 de este Convenio Colectivo de Comercio de Bazares.
Por tanto, la tabla salarial del Convenio de Comercio de Bazares para la Provincia de Santa Cruz de Tenerife para los años 2021 y 2022 se adjuntan al presente acuerdo es la que se señala.
Tercero. Se actualizan las tablas en base al I.P.C. del 2021 (+ 6,5%).
Cuarto. A esta actualización de tablas se le añade un (+0,2%) para el año 2021, y también para el año 2022, en virtud de acuerdo ratificado por las partes el pasado 26 de Julio de 2021 el cual establece en su punto tercero que:
Con los antecedentes de la situación económica y viendo los datos del I.P.C., se actualizan las tablas en base al I.P.C. en (+0,8%)pero se prorratea en los próximos cuatro ejercicios su aplicación a razón de (+0,2%) de incremento anual que se añadirán al incremento del I.P.C. anual que corresponda en cada uno de los respectivos años siguientes para disipar el impacto del I.P.C. durante la crisis económica como consecuencia del Coronavirus y no lastrar el crecimiento, ya que el I.P.C. del año 2020 fue negativo en un (-0,3%). Contribuyendo así a aminorar los efectos de la carga en la masa salarial de las empresas y favorecer el crecimiento.
No obstante si en los siguientes años el I.P.C. interanual fuese negativo, no se aplicaría ese año sino al inmediatamente siguiente del I.P.C. positivo.
Quinto. Las partes acuerdan la revisión económica del Convenio del Comercio de Bazares de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, cuya vigencia finalizó el pasado 31 de diciembre de 2020, con la revisión salarial establecida en el artículo 4 del Convenio, I.P.C 6,5 % más el 0,2% establecido anteriormente y acordado en acta 26 de Julio de 2021, con independencia de la denuncia, negociación o prórroga del Convenio.
Sexto. TABLAS SALARIALES 2021
TABLAS SALARIAL COMERCIO BAZARES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 38000445011984) | (COD. CONVENIO | |||
CATEGORÍAS PERSONAL TÉCNICO/A O TITULADO/A | 2021 0,2% | |||
Titulado Grado Superior/graduado | 854,29 euros | |||
Director/a | 913,58 euros | |||
Jefe/a de División | 844,38 euros | |||
Jefe/a Personal, Compras, Jefe/a Sucursal, Encargado/a Gral. | 844,38 euros | |||
Jefe/a Almacén, Jefe/a Secc. Mercantil, Encargado/a Establecimiento PERSONAL ESPECIALISTA O NO TITULADO/A | 844,38 euros | |||
Jefe/a de Sección | 844,38 euros | |||
Cajero/a de Tienda | 844,38 euros | |||
Comercial | 844,38 euros | |||
Dependiente/a o vendedor/a | 844,38 euros | |||
Ayudante Dependiente/a o vendedor/a | 844,38 euros | |||
Auxiliar de Caja PERSONAL ADMINISTRATIVO | 844,38 euros | |||
Director/a Administrativo/a | 914,11 euros | |||
Jefe/a División Administrativa | 844,38 euros | |||
Jefe/a Administrativo/a | 844,38 euros | |||
Contable y Cajero/a de Administración | 844,38 euros | |||
Administrativo/a | 844,38 euros | |||
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Anexo al Número 70, viernes 10 de junio de 2022 PERSONAL SERVICIO | 5 | |||
Dibujante | 844,38 euros | |||
Escaparatista | 844,38 euros | |||
Conductor/a, Repartidor/a | 844,38 euros | |||
Ayudante Montaje | 844,38 euros | |||
Delineante | 844,38 euros | |||
PLUS CAJA: | 40,26 euros | |||
DIETA: | 16,80 euros | |||
MEDIA DIETA: | 10,07 euros | |||
PLUS KILOMETRAJE: | 0,19 euros | |||
AYUDA HIJO INCAPACITADO (Art. 18): | 19,95 euros | |||
Séptimo. TABLAS SALARIALES 2022
TABLAS SALARIAL COMERCIO BAZARES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (COD. CONVENIO
38000445011984)
CATEGORÍAS 2022
I.P.C. (6,5%)+0,2%
PERSONAL TÉCNICO/A O TITULADO/A
Titulado Grado Superior/graduado 911,52
Director/a 974,79
Jefe/a de División 900,96
Jefe/a Personal, Compras, Jefe/a Sucursal, Encargado/a Gral. 900,96
Jefe/a Almacén, Jefe/a Secc. Mercantil, Encargado/a Establecimiento 900,96 PERSONAL ESPECIALISTA O NO TITULADO/A
Jefe/a de Sección 900,96
Cajero/a de Tienda 900,96
Comercial 900,96
Dependiente/a o vendedor/a | 900,96 |
Ayudante Dependiente/a o vendedor/a | 900,96 |
Auxiliar de Caja PERSONAL ADMINISTRATIVO | 900,96 |
Director/a Administrativo/a | 975,36 |
Jefe/a División Administrativa | 900,96 |
Jefe/a Administrativo/a | 900,96 |
Contable y Cajero/a de Administración | 900,96 |
Administrativo/a PERSONAL SERVICIO | 900,96 |
Dibujante | 900,96 |
Escaparatista | 900,96 |
Conductor/a, Repartidor/a | 900,96 |
Ayudante Montaje | 900,96 |
Delineante | 900,96 |
PLUS CAJA: | 42,95 euros |
DIETA: | 17,93 euros |
MEDIA DIETA: | 10,74 euros |
PLUS KILOMETRAJE: | 0,20 euros |
AYUDA HIJO INCAPACITADO (Art. 18): | 21,29 euros |
Por tanto, la tabla salarial con las categorías determinadas del Convenio de Comercio de Bazares para la Provincia de Santa Cruz de Tenerife para los años 2021 y 2022 es la que se señala, quedando esta para determinar la base de los salarios para los años siguientes.
Las partes acuerdan delegar, en doña Sandra Tarín Herrera, con número de D.N.I.: —.701.——, la facultad del Registro Telemático (REGCON) del presente acuerdo de las tablas salariales y conceptos anexos, favoreciendo su publicación en el BOP.
Sin más, y para que así consten en prueba de conformidad de todas las partes implicadas, se firma el presente acuerdo, siendo las 9:00 horas de la fecha indicada en el encabezamiento.
POR LA PARTE SOCIAL
POR LA PARTE EMPRESARIAL