RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo Convenio Colectivo de Nissan Motor Ibérica, S.A., es de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras del centro de trabajo de Ávila. Aunque se haya publicado en 2022, entra en vigor el 1 de enero de 2021, y su duración será de cuatro años a contar desde dicha fecha, es decir hasta el 31 de diciembre de 2024.
Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
A partir del 2023 se acuerda una jornada industrial general de 228 días, sin perjuicio de que de la jornada industrial pudieran resultar 227 o 229 días, siendo la jornada ordinaria individual de trabajo de 218, sin perjuicio de las posibles medidas de flexibilidad que pudieran darse.
A todos los efectos se computa el tiempo de descanso como jornada efectiva de trabajo establecida por el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores.
La jornada del Convenio 2021-2024 se acuerda sin perjuicio de que, por disposición legal posterior, pueda resultar de obligado cumplimiento, durante el periodo de vigencia temporal del presente Convenio, la aplicación de una jornada inferior, en cuyo caso se aplicará esta última.
El trabajo continuará realizándose en jornada normal, partida o continuada.
3Salario
Las tablas salariales para todas las categorías profesionales se detallan en el anexo incluido dentro del PDF descargable con el Convenio Completo. Los diferentes complementos salariales pactados quedan distribuidos atendiendo a su naturaleza, del siguiente modo:
– Personales:
• Plus de disminución de aptitud.
• Plus Personal Asistencial.
• Garantías económicas (artículo 52).
• Ad Personan 2022 según corresponda en base al artículo 58 del presente Convenio Colectivo.
– De puesto de trabajo:
• Turnicidad.
• Nocturnidad.
• Plus especial de nocturnidad por jornada fija de noche.
• Plus de trabajo en domingos y festivos.
• Plus de jefe de equipo.
• Plus de guardería.
• Plus de Aprovechamiento de Instalaciones.
• Plus sábados productivos.
• Plus horas flexibles.
– Por calidad y cantidad de trabajo:
• Prima de incentivo a la productividad.
• Prima ligada al resultado de la Planta de Ávila.
• Horas extraordinarias.
– Vencimiento periódico superior al mes:
• Gratificación de julio.
• Gratificación de navidad.
• Gratificación de marzo.
• Gratificación de septiembre.
4Vacaciones
El período anual de vacaciones de 25 días laborables. 18 días laborables, a disfrutar ininterrumpidamente y preferentemente en verano. 5 días laborables, a disfrutar preferentemente en Navidad. Los 2 días restantes, a disfrutar en las fechas que se determinen al confeccionarse el calendario.
El derecho al disfrute de estos períodos de vacación se adquirirá proporcionalmente al tiempo de permanencia en la plantilla.
5Opción a puesto más favorable
Se establece un sistema que permita al personal preferentemente de cadena o que ocupe puestos de condiciones de trabajo más desfavorables, tener opción a la cobertura de plazas que se produzcan fuera de cadena, en las condiciones y circunstancias que se estudiarán para hacer esto compatible con la organización y producción normales, concurriendo igualdad de categoría y nivel.
6Jornada reducida en turno de noche
Los operarios y operarias que trabajan en horario de ocho horas nocturnas reducirán su horario en las noches de sábado a domingo o de domingo a lunes, en 4 horas, que se computarán a efectos salariales como trabajadas.