Resumen del Convenio Colectivo
1Ámbito de Aplicación y Duración
El Convenio Colectivo de Eulen Sociosanitarios 2022-2024 supone un acuerdo que afecta a todas las trabajadoras y trabajadores de la empresa Eulen Servicios Sociosanitarios S.A. adscritos al Servicio de Asistencia Domiciliaria de Oñati.
Se extenderá desde el 01/10/2022 hasta el 31/12/2024 prorrogándose la aplicación de lo acordado hasta la firma de un nuevo Convenio que lo sustituya.
Quedará automáticamente denunciado a partir del 1 de noviembre de 2024, pudiéndose iniciar a partir de esa fecha las negociaciones para el Convenio que lo sustituya.
2Jornada y Descansos
La jornada anual para la vigencia del convenio de 1.606 horas al año.
Como consecuencia del exceso o defecto, que pudiera producirse entre las horas realizadas y las reflejadas como jornada establecida en el contrato de trabajo, se realizará una regularización de horas con periodicidad semestral.
Los servicios domésticos que se realizan el día de Nochebuena y Nochevieja, la jornada de trabajo finalizará a las 12:00 horas. El servicio que se presta de atención directa, se prestará a turnos y de forma rotativa.
3Vacaciones
Las vacaciones serán de 31 días naturales, de los cuales 26 serán laborables, considerándose los sábados o en su caso los lunes, como día laborable completo, retribuidos a salario real, sin incluir transporte, más la antigüedad o la parte proporcional que corresponda, en caso de ingreso en el transcurso del año natural en que corresponda su disfrute.
Las vacaciones se disfrutarán preferentemente en los meses de junio, julio, agosto, septiembre y diciembre, determinándose
por acuerdo entre empresa y personal.
La solicitud del período de vacaciones se realizará por escrito a la coordinadora, antes del 28 de febrero del año en curso,
quien tras su análisis consensuará con la trabajadora la posibilidad el disfrute o no de las dos quincenas solicitadas, teniendo
en cuenta la solicitud del resto del personal.
4Permiso Retribuido
El personal avisando siempre que sea posible con antelación y debida justificación, tendrá derecho a licencias retribuidas, que se disfrutarán y abonarán con arreglo a lo que se establece en el artículo 13.
5Salario
El Salario de cada profesional se detalla en la tabla salarial adjunta. La Antigüedad se computará en trienios y el valor del mismo es el establecido en dicha tabla salarial, abonándose en las 14 pagas anuales. El abono de la antigüedad será proporcional a la jornada.
6Paga Extra
Los trabajadores tienen derecho a 2 pagas extra, una en verano y otra en navidad. La cuantía para auxiliar de ayuda a domicilio será de 1.680,12 euros y para Cordinador/a de 2049,50.
7Revisión Médica
No se contempla ninguna revisión medica de conformidad aprevención de riesgos laborales.
8Formación y ayudas al estudio
No se contempla.
9Promoción Y Ascensos
Las plazas vacantes o de nueva creación que se originen en las empresas serán cubiertas según los criterios derivados de
este Convenio.
Las plazas vacantes (se entiende por vacante la situación producida en la empresa por la baja de una trabajadora como
consecuencia de la extinción de su relación laboral) o de nueva creación que se originen, serán cubiertas con los siguientes criterios, en cuya elaboración, participarán la empresa adjudicataria y la representación de las trabajadoras.
Diferenciamos entre la sustitución de las vacantes por el personal de plantilla en el momento en que se produzca dicha
vacante, y la bolsa de trabajadoras que en el momento de la vacante no se encuentra con un contrato vigente en la empresa.
10Otros datos de interés
Las trabajadoras contarán con dos días de asuntos propios no remunerados al año, no acumulables de un año para otro.
Las empresas concederán licencias no retribuidas de hasta 30 días que podrá disfrutarse fraccionadamente en periodos inferiores siempre que no se superen los 30 días naturales a quienes lo soliciten si bien no podrán disfrutarse estas licencias inmediatamente antes o después de las vacaciones.