Comercio de Vidrio y Cerámica. Prórroga para el año 2022 del Convenio Colectivo de Comercio de Vidrio y Cerámica de la provincia de Alicante 

II. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SEC. PRODUCT., COMERCIO Y TRABAJO 

1558      RESOL. PRÓRROGA CONV. COLECT. PROVINCIAL DEL COMERCIO DEL VIDRIO Y CERÁMICA

RESOLUCION de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación de la prórroga para el año 2022, respecto del Convenio Colectivo Provincial de Comercio Vidrio y Ceràmica, Código de Convenio 03000205011982 

ANTECEDENTES DE HECHO 

I.-Con fecha 01/03/2022 se remitió por la representación del Sindicato Provincial

FeSMC Alicante,  al Registro de Convenios de Alicante la tabla salarial para el año 2022 del Convenio Colectivo Provincial publicado en el BOPA núm 17 de fecha 21 de enero de 2002, en cuyo articulo 3,  del citado Convenio se   establece lo siguiente: Si se desiste de la denuncia, la prórroga  del mismo en año o en años sucesivos, llevarà consigo el incremento salarial equivalente al tanto por ciento del Índice General de Precios al Consumo (IPC), del año anterior, en su conjunto nacional, conforme a los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística. 

De igual modo, si denunciado el convenio por cualquiera de las partes no fuera posible constituir la mesa de negociación durante los seis primeros meses del año, quedarà prorrogado el convenio incrementándose con el IPC real de la anualidad anterior”.   

II. – El Convenio no ha sido denunciado y se presenta como Anexo único  las tablas salariales aplicables para el año 2022 derivadas del incremento del 6.50% sobre las tablas vigentes publicades en el BOPA núm 156 de 18 de agosto de 2020. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO 

PRIMERO.- Es competente la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores

Productivos, Comercio y Trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 4105/1982, de 29 de diciembre, Decreto 105/2019 de 5 de julio del Consell por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las Consellerias de la Generalitat, Decreto 5/2019, de 16 de junio del Presidente de la Generalitat por el que se determina el número y denominación de las consellerias y sus atribuciones y el Decreto 175/2020, de 30 de octubre del Consell por el que se acuerda el Reglamento orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, desarrollado por la Orden 1/2021, de 6 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, 

SEGUNDO.- Resulta de aplicación: 

  • Lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores. 
  • El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo. 
  • Y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por el que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de

Trabajo. 

A la vista de los anteriores Hechos y Fundamentos de Derecho, esta Dirección Territorial ACUERDA:  

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación al Sindicato firmante y depósito del texto original del acuerdo y del Anexo donde se contemplan las tablas salariales para el año 2022. 

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. 

 Alicante, 10 de marzo de 2022

La Directora Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos,

Comercio y Trabajo

Emilia González Carrión

ANEXO ÚNICO

TABLA SALARIAL AÑO 2022

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL

DE COMERCIO DE VIDRIO Y CERÁMICA 

 CATEGORIASALARIO MENSUALSALARIO ANUAL
Jefe de Personal1.345,32 €20.852,36 €
Jefe de compras y ventas1.345,32 €20.852,36 €
Encargado general1.345,32 €20.852,36 €
Jefe de almacén1.285,36 €19.923,01 €
Jefe de grupo1.228,65 €19.044,00 €
Jefe de sección1.173,49 €18.189,07 €
Encargado de establecimiento1.159,23 €17.968,14 €
Viajante1.173,49 €18.189,07 €
Corredor de plaza1.159,23 €17.968,14 €
Dependiente mayor (10% mas que el dependiente)1.173,26 €18.185,54 €
Dependiente1.066,60 €16.532,25 €
Ayudante1.011,75 €15.682,13 €
*Trab.en formación  ( primer año)S.M.I.S.M.I
*Trab.en formación  (segundo año)S.M.I. + 10%S.M.I + 10%
Jefe administrativo1.338,98 €20.754,19 €
Jefe de sección administrativo1.256,63 €19.477,77 €
Contable titulado o programador1.256,63 €19.477,77 €
Contable1.173,49 €18.189,07 €
Cajero1.173,49 €18.189,07 €
Taquimecanógrafo1.173,49 €18.189,07 €
Oficial administrativo y operador1.110,12 €17.207,00 €
Aux.admin.,perforista,introductor 1.011,75 €15.682,13 €
**Auxiliar caja ( primer año)1.011,75 €15.682,13 €
**Auxiliar caja ( 2º año)1.011,75 €15.682,13 €
**Auxiliar caja ( Tercer año)1.011,75 €15.682,13 €
**Auxiliar caja ( a partir del 4º año)1.036,00 €16.058,06 €
Jefe de Taller1.256,63 €19.477,77 €
Profesional de oficio de 1ª1.123,55 €17.415,14 €
Profesional de oficio de 2ª1.011,75 €15.682,13 €
Ayudante de oficio1.011,75 €15.682,13 €
Conductor-repartidor de 1ª1.123,52 €17.414,64 €
Conductor-repartidor de 2ª1.011,75 €15.682,13 €
Conductor motociclo1.011,75 €15.682,13 €
Capataz1.011,75 €15.682,13 €
Mozo especializado1.011,75 €15.682,13 €
Mozo1.011,75 €15.682,13 €
Telefonista1.011,75 €15.682,13 €
Conserje1.011,75 €15.682,13 €
Cobrador1.073,51 €16.639,36 €
Vigilante1.011,75 €15.682,13 €
Personal de limpieza1.011,75 €15.682,13 €
PLUS LOCOMOCION (art. 30)86,03 € 
DIETA COMPLETA (art. 29)44,31 € 
MEDIA DIETA (art. 29)12,07 € 
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