Lo que debes saber
RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Convenio Colectivo de Alimentación, Supermercados y Autoservicios de Cádiz afectará a todas las Empresas de Alimentación de Detallistas, Ultramarinos. Supermercados y Autoservicios de la Provincia de Cádiz.
La vigencia del presente Convenio será de cuatro años y afectará al período comprendido entre 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.
Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
La jornada laboral será de 40 horas semanales. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido que, por regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes, y el día completo del domingo. Todo ello sin perjuicio de que, por disposición legal, contrato de trabajo o permiso expreso de la autoridad competente se regule otro régimen de descanso laboral por actividades concretas.
También podrá ser compensado por 48 horas partidas mediante el disfrute de un día completo de descanso a la semana y así mismo, el domingo. En este último caso se entenderá en turnos rotativos de lunes a sábados, ambos inclusive y no será
posible su compensación económica.
3Salario
Para el año 2021, se pacta una subida salarial del 2%, de aplicación a las últimas tablas salariales del año 2013 como actualización de la base de cálculo y por tanto no generará atrasos. Este Incremento no se aplicará en las categorías cuya retribución del salario base sea el salario mínimo convenio.
Para el año 2022, se pacta una subida salarial del 2%, exceptuándose de esta subida las categorías cuya retribución del salario base sea el salario mínimo convenio. Los atrasos generados desde el 01/01/2022 se abonarán prorrateando la cuantía de los mismos en las nóminas de septiembre a diciembre del 2022.
Para el año 2023, se pacta una subida salarial del 2%.
Para el año 2024, se pacta una subida salarial del 2,5%. Los incrementos pactados son de aplicación a todos los conceptos económicos y salariales del Convenio, excepto a los que se encuentran expresamente congelados y a los que tengan un incremento lineal específico.
4Vacaciones
El personal comprendido en este Convenio disfrutará de unas Vacaciones anuales de 30 días naturales retribuidos, en la época que de común acuerdo fijen las empresas y los trabajadores, dando preferencia al personal por orden de antigüedad.
Por acuerdo entre Empresa y representantes legales de los trabajadores se podrá pactar la división de las vacaciones en dos períodos como máximo.
5Preaviso baja voluntaria
Las personas trabajadoras que causen baja voluntaria, tendrán que preavisar por escrito a la empresa con 4 días de antelación. El incumplimiento de este preaviso dará derecho a la empresa a descontar tantos días como no haya sido preavisado por el trabajador, a razón de un día de salario por día no preavisado, que se descontará en la liquidación.
6Ropa de trabajo
Las Empresas que exijan uniforme, tendrán que proveer obligatoriamente de los mismos a sus trabajadores, siendo estos uniformes adecuados a la época del año.
Obligatoriamente se proporcionará al personal de almacén reparto y cámara, ropa adecuada para desarrollar su trabajo, para lo cual las empresas entregarán al personal dos mudas al año, como mínimo. En el supuesto de que alguna empresa
no cumpliera con estas obligaciones, podrá ser denunciada por los representantes del personal ante la Dirección Provincial de Trabajo.