Convenio de Estacionamiento Regulado de Superficie de Madrid

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo Estacionamiento Regulado de Superficie y Retirada y Depósito de Vehículos de la Vía Pública de Madrid, será de obligado cumplimiento para todas las empresas del sector, y trabajadoras/es cuya actividad principal consista en la regulación del estacionamiento limitado de vehículos en la vía pública mediante control horario y cumplimiento de las ordenanzas de Aparcamiento, control de la ORA, mantenimiento de parquímetros y en general zonas azules o cualquier otra actividad complementaria o accesoria y básica para el funcionamiento de la ORA.

Igualmente a aquella actividad dedicada a la retirada de vehículos en la zona azul cuando proceda, y a la de retirada de vehículos de la vía pública y/o inmovilización de los mismos, siempre que sean gestionados bien por concesión municipal, bien por cesión por cualquier título lícito, bien por propiedad.

Su vigencia abarca los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026, finalizando el 31 de diciembre.

Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

Para los controladores/as, las jornadas serán continuadas y en turno fijo, excepto en aquellas poblaciones con centros de trabajo con menos de 50 personas, y en aquellas empresas que presten un servicio no continúo.

Dentro del trabajo efectivo se entenderán comprendidos los períodos de descanso diario.

A más tardar dentro del último trimestre del año anterior, se establecerá un calendario laboral específico de cada persona o puesto de trabajo en el que constará la distribución de los días de trabajo al año, el horario, los descansos, los festivos, las vacaciones y los turnos. Este calendario será confeccionado por la dirección de la empresa, quien dará traslado a los representantes de los trabajadores para su conocimiento.

El personal de las empresas afectas a este convenio en la villa de Madrid, disfrutarán al menos de 21 sábados libres al año. El disfrute de estos sábados será alterno, salvo pacto entre las partes. En el resto de municipios se negociará las libranzas entre la Representación Legal de los Trabajadores y las empresas

3
Trabajo a turnos y trabajo nocturno

En aquellas empresas, establecimientos o centros de trabajo en que se trabaje a turnos de jornada continuada cuya duración sea superior a 6 horas, se disfrutará de un descanso de 20 minutos considerados como trabajo efectivo. Se fijarán turnos, de mañana y/o tarde y/o noche, de forma que determinados trabajadores/as ocuparán sucesivamente el mismo puesto de trabajo, dentro de una jornada, debiéndose tener en cuenta la rotación entre los turnos y con la garantía de que ningún trabajador/a salvo adscripción voluntaria, permanecerá más de dos semanas continuadas en el turno de noche. 

En las empresas que tengan establecidos sistemas de turnos, el trabajador/a tiene obligación a permanecer en su puesto de trabajo hasta la llegada del relevo, con un máximo de una hora, llamando a la empresa para comunicar la falta de relevo. El tiempo trabajado durante la espera, será compensado de la misma forma que las horas extraordinarias.

Tendrá la consideración de horario nocturno aquél que abarque a partir de las 22 horas a las 6 de la mañana. Quienes presten sus servicios en este horario percibirán un plus equivalente al 25% del salario base/día, por día efectivamente trabajado o la parte proporcional del mismo en función de las horas realizadas.

4
Salario

CATEGORIASSALARIO BASE MENSUAL (X16)PLUS TRANSPORTE (X12)TOTAL AÑO EUROS
Grupo Operativo   
Jefe/a de centro2.086,83106,834.670,81
Encargado/a Explotación1.697,37106,828.439,50
Inspector/a1.390,57106,823.530,71
Técnico/a Mantenimiento1.390,57106,823.530,71
Controlador/a1.257,59106,821.403,02
Gruista1.340,22106,822.725,17
Adtvo/a de depósito1.257,59106,821.403,02
Ayudante Conservación/Auxiliar técnico/a de mantenimiento1.257,59106,821.403,02
Grupo Soporte   
Oficial Administrativo/a1.324,94106,822.480,58
Auxiliar Administrativo/a1.283,94106,821.824,68

5
Vacaciones

Las vacaciones consistirán en 32 días naturales o su correspondiente proporción. El cómputo del año de trabajo para el cálculo vacacional comprenderá del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año natural que se trate, pudiéndose ampliar su disfrute hasta el 10 de enero del año siguiente.

Salvo pacto en contrario, las vacaciones serán rotativas y se disfrutarán entre los meses de junio a septiembre, ambos incluidos.

No obstante, lo dispuesto en el apartado anterior, los centros de trabajo que presten sus servicios en localidades en las que de conformidad con la Ordenanza Municipal existan periodos sin regulación horaria, las vacaciones de la plantilla afectada de dichos centros de trabajo (sea parte o la totalidad de la plantilla del centro correspondiente) serán disfrutadas en los mencionados periodos sin regulación.

6
Uniformidad

Las empresas están obligadas a facilitar a su personal la uniformidad exigida en los distintos contratos con los Ayuntamientos.

La entrega de las prendas se realizará durante el mes de septiembre las prendas de invierno y durante el mes de mayo las prendas de verano, procediéndose así mismo a la sustitución de las prendas cuando el uso de las mismas produzca su deterioro. Las fechas previstas podrán ser alteradas de conformidad con los representantes de los trabajadores de cada centro, en caso de que las condiciones climatológicas así lo aconsejen.

Las prendas serán adecuadas a las funciones a realizar previa consulta en la selección de calidad y composición de las prendas, de los RLT con anterioridad al encargo de las mismas.

Todo el material que sea necesario entregar a los trabajadores/as que utilicen moto, cumplirán con las homologaciones técnicas requeridas.

7
Seguro de accidente laboral

Las empresas afectadas por este convenio deberán concertar con una entidad aseguradora una póliza a favor de toda la plantilla que garantice 30.000 euros de indemnización por accidente laboral con resultado de incapacidad permanente gran invalidez o fallecimiento. Las pólizas se concertarán en el plazo máximo de un mes desde la publicación del convenio. Las empresas tendrán a disposición de los representantes de los trabajadores, copia de la correspondiente póliza. 

Convenio Colectivo del Sector Estacionamiento Regulado de Superficie y Retirada y Depósito de Vehículos de la Vía Pública. 2022-2025. DESCARGAR PDF

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