Lo que debes saber
RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de ayuda a domicilio de Castilla y León regula y es de aplicación obligatoria a las condiciones de trabajo entre todas las personas físicas o jurídicas, afectando a todas las empresas tanto de capital privado como público (de aportación municipal, autonómica, estatal, etc.), asociaciones, cooperativas, autónomos, etc. y sean cualesquiera las fuentes de sus ingresos, aportaciones de cualquier tipo, facturación, subvenciones y cualquiera otra modalidad, y quienes les prestan servicios laborales, de acuerdo con la legislación vigente; siempre y cuando se dediquen, las personas empleadoras, a la prestación de servicios de ayuda a domicilio.
Entra en vigor el día 1 de enero del 2023, abarcando los años 2024, 2025, hasta el 31 de diciembre del 2026.
Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
La jornada semanal será de 36 horas, con un cómputo anual de 1.614 horas efectivas para toda la vigencia del convenio, de las cuales ya están descontadas las horas correspondientes a los días de asuntos propios establecidos en el presente convenio.
El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de un día y medio ininterrumpido.
3Salarios 2023 y 2024
TABLAS SALARIALES 2023
CATEGORÍA PROFESIONAL | SALARIO BASE IMPORTE MESx12 | PLUS ANTIGÜEDAD IMPORTE MESx15 | PAGAS EXTRAORDINARIAS IMPORTEx3 |
Responsable Coordinación | 2.080,26 € | 27,65 € | 2.080,26 € |
Coordinador/a | 1.499,00 € | 27,65 € | 1.361,48 € |
Ayudante Coordinación | 1.196,11 € | 27,65 € | 1.081,16 € |
Jefe/a Administración | 1.570,06 € | 27,65 € | 1.455,11 € |
Oficial Administrativo | 1.366,26 € | 27,65 € | 1.251,31 € |
Auxiliar Administrativo | 1.038,52 € | 27,65 € | 923,57 € |
Auxiliar de Ayuda a Domicilio | 1.038,52 € | 27,65 € | 923,57 € |
CONCEPTOS EXTRA: | €/HORA | ||
Hora extra | 10,91 € | ||
Nocturnidad | 1,98 € | ||
Plus Domingo (más 24 y 31 Dic) | 4,94 € | ||
Plus festivo | 6,00 € | ||
PRECIO HORA BOLSA | 9,43 € + pp antigüedad |
TABLAS SALARIALES 2024
CATEGORÍA PROFESIONAL | SALARIO BASE IMPORTE MESx12 | PLUS ANTIGÜEDAD IMPORTE MESx15 | PAGAS EXTRAORDINARIAS IMPORTEx3 |
Responsable Coordinación | 2.101,06 € | 27,93 € | 2.101,06 € |
Coordinador/a | 1.513,99 € | 27,93 € | 1.375,09 € |
Ayudante Coordinación | 1.208,07 € | 27,93 € | 1.091,98 € |
Jefe/a Administración | 1.585,76 € | 27,93 € | 1.469,66 € |
Oficial Administrativo | 1.379,92 € | 27,93 € | 1.263,82 € |
Auxiliar Administrativo | 1.048,91 € | 27,93 € | 932,81 € |
Auxiliar de Ayuda a Domicilio | 1.048,91 € | 27,93 € | 932,81€ |
CONCEPTOS EXTRA: | €/HORA | ||
Hora extra | 11,02 € | ||
Nocturnidad | 2,00 € | ||
Plus domingo (más 24 y 31 Dic) | 4,99 € | ||
Plus festivo | 6,06 € | ||
PRECIO HORA BOLSA | 9,53 € + pp antigüedad |
4Vacaciones
Las personas trabajadoras afectadas por este convenio tienen derecho a un período de vacaciones de 30 días naturales, que se disfrutarán preferentemente en el período comprendido entre el día 1 de junio y el 30 de septiembre, salvo pacto expreso al efecto entre la empresa y las personas trabajadoras.
En aquellos casos, en los que el disfrute vacacional coincida con un día festivo, éste no computará a los efectos de los 30 días naturales, y generará un día adicional de vacaciones por cada festivo afectado. Esta compensación se tendrá en cuenta, a la hora de elaborar el calendario de vacaciones.
5Desplazamientos y Kilometraje
Cuando resulte necesario el uso de vehículo propio para realizar un desplazamiento entre usuarios/as, bien sea dentro o fuera de su localidad habitual de trabajo, y previa autorización por la empresa, se abonará a la persona trabajadora por kilómetro de recorrido, cualquiera que sea la modalidad contractual entre empresas y personas trabajadoras, la siguiente cantidad:
2023: 0,20 €/kilometro.
2024: 0,21 €/kilometro.
2025: 0,22 €/kilometro.
2026: 0,24 €/kilometro.
Si la persona trabajadora tuviera que utilizar un medio de transporte público para la prestación de su trabajo, la empresa deberá asumir o facilitar el precio del medio de transporte a utilizar.
6Trabajo en festivos
Las personas trabajadoras que tengan que realizar su trabajo en festivo (14 festivos anuales) percibirán un plus de 6,00 euros en 2023 por cada hora realizada, así como el descanso compensatorio. El disfrute de dicho descanso se determinará de mutuo acuerdo, teniendo que disfrutarse en el trimestre siguiente a haberse generado.
Este plus se incrementará en el mismo porcentaje que el salario base cada uno de los años de vigencia del convenio.
7Plus de disponibilidad
Para aquellas personas trabajadoras con la categoría de Ayudante de coordinación, Coordinador/a y Responsable de coordinación, que voluntariamente realicen períodos de guardia o disponibilidad en los términos establecidos por la empresa, se establece un plus de una cuantía de 100,00 € mensuales por jornada completa, abonables por la realización efectiva de la disponibilidad/guardia y en todo caso por 11 pagas.