martes, marzo 28, 2023

Convenio de Limpieza Pública Viaria de Ceuta. 2022-2023

RESUMEN

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Limpieza Pública Viaria de Ceuta es de obligatoria aplicación a todas las empresas dedicadas a la limpieza pública, riegos, recogida de basuras, limpieza y conservación de alcantarillado, playas, mercados, cuarteles, vertedero de basura, planta de transferencia, transporte terrestre de residuos sólidos en contenedores a la Península, recogida de cartones, vidrio y servicios similares, que presten sus servicios en la Ciudad de Ceuta.

Entrará en vigor una vez sea publicado en el Boletín Oficial de Ceuta, si bien sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2.022, salvo en aquellos artículos en los que expresamente se cite una vigencia distinta. La duración del presente Convenio será hasta el 31 de diciembre de 2.023.

Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

Todas las contrataciones realizadas a partir del 31/01/2023 con una jornada laboral de 35 horas semanales, esta será distribuida de lunes a domingo, ambos inclusive, de acuerdo con la necesidad de cada trabajo y por acuerdo entre las empresas y sus comités o delegados/as de personal con dos días de descanso consecutivos semanales.

En relación a lo anteriormente expuesto, las personas trabajadoras que tuvieren una jornada de 35 horas, con contrato anterior a la fecha 31/01/2023, pasarán a realizar una jornada de lunes a viernes ambos inclusive, sin que nadie pudiera obligarlos a trabajar los sábados, domingos y festivos. A excepción de los voluntarios que quieran realizar dicha jornada de lunes a domingo.

3
Salario

TABLA SALARIAL Convenio de Limpieza Pública VIARIA DE CEUTA 2022

GRUPO PROCATEGORÍA PROFESIONALSUELDO BASEPLUS  RESIDENCIAPLUS  CONVENIOPLUS  TRANSPORTEPLUS  COMPENSACIÓNPLUS  PENOSIDADPLUS  NOCTURNIDADBOLSA  VACACIONES
AD.U.E. EMPRESA1.611,68435,15143,90150,6470,47    214,67
COFICIAL ADMINISTRATIVO1.225,07330,76143,90150,6470,47    214,67
BJEFE/A DE TALLER1.075,35290,33143,90150,6470,47220,95  214,67
DJEFE/A DE SERVICIOS1.075,35290,33143,90150,6470,47220,95220,95214,67
BENCARGADO/A GENERAL1.075,35290,33143,90150,6470,47220,95  214,67
BINSPECTOR/A1.057,78285,60143,90150,6470,47220,95  214,67
BCAPATAZ DE DÍA1.047,78282,90143,90150,6470,47215,30  214,67
BCAPATAZ DE NOCHE1.047,78282,90143,90150,6470,47215,30215,30214,67
CAUX. ADMVO.1.003,75271143,90150,6470,47    214,67
DMECANICO/A1.003,75271143,90150,6470,47206,25  214,67
DCONDUCTOR/A DE DÍA995,51268,78143,90150,6470,47204,56  214,67
DCONDUCTOR/A DE NOCHE995,51268,78143,90150,6470,47204,56204,56214,67
DENGRASADOR/A LAVADOR/A945,33255,23143,90150,6470,47194,23  214,67
DGUARDA945,33255,23143,90150,6470,47194,23  214,67
DMANTENIMIENTO945,33255,23143,90150,6470,47194,23  214,67
DPEÓN DE DÍA945,33255,23143,90150,6470,47194,23  214,67
DPEÓN DE NOCHE945,33255,23143,90150,6470,47194,23194,23214,67

TABLA SALARIAL 2023

GRUPO PROCATEGORÍA PROFESIONALSUELDO BASEPLUS  RESIDENCIAPLUS  CONVENIOPLUS  TRANSPORTEPLUS  COMPENSACIÓNPLUS  PENOSIDADPLUS  NOCTURNIDADBOLSA  VACACIONES
AD.U.E. EMPRESA1.740,61469,96155,41162,6976,10  231,84
COFICIAL ADMINISTRATIVO1.323,07357,22155,41162,6976,10  231,84
BJEFE/A DE TALLER1.161,37313,55155,41162,6976,10238,62 231,84
DJEFE/A DE SERVICIOS1.161,37313,55155,41162,6976,10238,62238,62231,84
BENCARGADO/A GENERAL1.161,37313,55155,41162,6976,10238,62 231,84
BINSPECTOR/A1.142,40308,44155,41162,6976,10238,62 231,84
BCAPATAZ DE DÍA1.131,60305,53155,41162,6976,10232,52 231,84
BCAPATAZ DE NOCHE1.131,60305,53155,41162,6976,10232,52232,52231,84
CAUX. ADMVO.1.084,05292,68155,41162,6976,10  231,84
DMECANICO/A1.084,05292,68155,41162,6976,10222,75 231,84
DCONDUCTOR/A DE DÍA1.075,15290,28155,41162,6976,10220,92 231,84
DCONDUCTOR/A DE NOCHE1.075,15290,28155,41162,6976,10220,92220,92231,84
DENGRASADOR/A LAVADOR/A1.020,95275,64155,41162,6976,10209,76  231,84
DGUARDA1.020,95275,64155,41162,6976,10209,76 231,84
DMANTENIMIENTO1.020,95275,64155,41162,6976,10209,76 231,84
DPEÓN DE DÍA1.020,95275,64155,41162,6976,10209,76 231,84
DPEÓN DE NOCHE1.020,95275,64155,41162,6976,10209,76209,76231,84

           

4
Vacaciones

Para todo el personal afecto al presente Convenio se establece un período de vacaciones anuales de un mes natural, comenzando las mismas el día primero de cada mes.

Las empresas junto con sus comités de empresa o delegados/as de personal, confeccionarán dentro del último trimestre del año la lista de vacaciones.

Las retribuciones a percibir en el período de vacaciones se calcularán considerando todos los conceptos salariales del presente convenio. Las empresas concederán vacaciones, si los/as trabajadores/as lo solicitan, al menos a la mitad de la plantilla durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

5
Ayudas médicas

Cada trabajador/a que demuestre necesitar, mediante receta médica, gafas graduadas o dentaduras postizas, recibirá por parte de la Empresa, previa presentación de la correspondiente factura de adquisición, el 100% del importe de las gafas y el 100% del valor de la dentadura, esta ayuda se realizará como máximo una vez al año en el caso de las gafas y por una sola vez en caso de la dentadura postiza.

6
Premio a la constancia

Al objeto de combatir el absentismo laboral se crea un premio a la constancia, por la cantidad de 150 Euros que se abonará en la última nómina del año a todos/as aquellos/as trabajadores/as que durante el año no haya faltado un solo día.

A estos efectos no computarán el accidente de trabajo y la enfermedad profesional, tampoco computarán las ausencias de la primera baja de cada año.

VER CONVENIO COMPLETO/DESCARGAR. Convenio Colectivo del Sector de Limpieza Pública Viaria de Ceuta. 2022-2023

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