Seis meses de cárcel por matar a un cachorro a patadas

Pese a la condena al acusado, el dueño del perro podría ser sancionado por permitir que el perro accediera a una propiedad privada

El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a un hombre a 6 meses de prisión y a pagar una indemnización de 2.320 euros por un delito de maltrato animal, tras propinar dos patadas en el costado a un cachorro de cinco meses que había encontrado en su terreno, y que falleció días después debido a las lesiones sufridas.

El juez titular del Juzgado, Emilio Labella Osés, determinó que la conducta del acusado fue desproporcionada dadas las circunstancias, ya que el perro era un cachorro pequeño y podría haberlo expulsado de su propiedad mediante métodos menos agresivos, como usar agua o empujándolo con una escoba, o incluso llamando a la Policía para que se hiciera cargo del animal, lo que además habría conllevado una sanción para el dueño del perro por permitir que anduviera suelto.

En la sentencia, emitida el pasado 9 de mayo (141/2024), el magistrado también ordena remitir el caso al Grupo Medioambiental de la Policía Foral para que inicie un expediente administrativo sancionador contra el dueño del perro por permitir que el animal anduviera suelto y accediera a una propiedad privada.

El cachorro de 8 kilos, no mostraba comportamiento agresivo

Los hechos ocurrieron en octubre de 2023, alrededor de las 16:00 horas. Un cachorro de raza Border Collie, de aproximadamente cinco meses y unos 8 kilos de peso, «se encontraba suelto y sin supervisión» en el lugar mencionado. Para expulsarlo de su propiedad, el condenado le dio dos patadas en el costado, «la segunda de ellas con mayor fuerza».

La sentencia subraya que el cachorro no mostraba un comportamiento agresivo, no causaba daños en la propiedad y no había ninguna persona vulnerable o menor de edad en el lugar que pudiera estar en peligro debido a la presencia del perro.

Como resultado de estos hechos, el cachorro sufrió una hernia abdominal en el lado derecho, por la cual recibió tratamiento con analgésicos, antiinflamatorios y antibióticos, además de requerir una cirugía realizada el 28 de octubre. A pesar de estos esfuerzos, el cachorro falleció el 2 de noviembre debido a una necrosis en la parte superior del hematoma que le provocó una septicemia.

El acusado negó los hechos contradiciendo a su propio abogado

En el juicio celebrado el pasado 2 de mayo, el fiscal solicitó una pena de 9 meses de prisión por el delito de maltrato animal, mientras que la acusación particular pidió una condena de dos años de cárcel. La Fiscalía y la acusación particular discrepaban sobre la tipificación jurídica de los hechos: el Ministerio Fiscal argumentaba que se trataba de lesiones que derivaron en la muerte del animal, mientras que la acusación particular se enfocaba en la muerte en sí misma.

Por otro lado, la defensa pidió la absolución del acusado, alegando que su intención no era maltratar al perro, sino simplemente expulsarlo de su propiedad. Sostuvo que no existía el dolo (intención) necesario para constituir el delito y subrayó, «con toda la razón», según el juez, que el perro no debería haber estado suelto, lo que habría evitado que ingresara en la propiedad del acusado.

El magistrado destacó que, paradójicamente, el condenado, en lugar de apoyar la versión de su abogado sobre la ausencia de dolo, negó haber dado las patadas.

Sin embargo, el juez rechazó los argumentos de la defensa ante las pruebas presentadas. «La primera, y más importante, es que el perro era en realidad un cachorro de 5 meses (hasta los 9 meses o un año, los perros de ese tamaño se consideran cachorros) con un peso de unos 8 kilogramos, lo que lo aleja del típico perro suelto de gran tamaño que podría intimidar a cualquier persona con la que entre en contacto», señaló el magistrado.

Unas semanas antes el cachorro ya había entrado en la propiedad del acusado

Además, el juez señala que el perro «se encontraba en el lugar sin mostrar un comportamiento agresivo ni causar daños, y no había menores u otras personas en el entorno que pudieran haber sido atacadas por el cachorro, por pequeño que fuera».

Asimismo, enfatiza que todas las partes coincidieron en que, unos días o semanas antes, este mismo cachorro había entrado en la propiedad del acusado y fue expulsado mediante un método mucho menos dañino y también efectivo: una manguera con agua. «Estas consideraciones objetivan que la reacción del acusado con el cachorro fue excesiva y conllevaba una posibilidad real de causar lesiones al mismo con las patadas», sentencia Labella Osés.

En cuanto al hecho de que el perro estuviera suelto, el juez aclara que si el comportamiento del perro hubiera sido agresivo o amenazante para el acusado, esto podría haber llevado a una sentencia absolutoria. «Debemos recordar la peligrosidad y los ataques recurrentes de perros sueltos sin control, que causan muertes y lesiones graves cada año (la OMS estima unas 35.000 muertes anuales por ataques de perros o por la transmisión de enfermedades como la rabia), lo cual debe ser erradicado», razona el magistrado. Sin embargo, reitera que en este caso, la reacción del acusado fue «excesiva».

La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial.

Destacado

Las actuaciones y procedimientos de comprobación censal de Hacienda

a Agencia Tributaria puede llevar a cabo la comprobación censal a través de la inspección física y documental de hechos y circunstancias.

Raúl Castañeda tendrá su propia escudería en el mundial de motociclismo

El nuevo equipo será conocido como PREICANOS, un nombre que, en palabras del propio Raúl Castañeda, conmemora a los millones de personas que han confiado en Preico Jurídicos a lo largo de los años

Negligencias médicas: La pérdida de oportunidad de curar

Situaciones en las que el paciente no recibe los tratamientos disponibles según los protocolos establecidos.

Errores en el catastro: cuando un inmueble está mal representado

Lo que debes saberInscripciones en el Registro de la...
Lo más leido

Período trabajado no aparece en la vida laboral

En estos casos, el trabajador se enfrenta a perjuicios en futuras prestaciones, ya que el período trabajado no aparece en la vida laboral.

Despido improcedente sin pasar por SMAC

La duda que tengo es si se puede hacer el despido improcedente sin pasar por SMAC. ✓ Respuesta Abogado: aunque haya acordado improcedencia

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador. ✓Respuesta Abogado: Acuda con el contrato de compraventa

Despido de trabajadora embarazada en periodo de prueba: ¿es nulo?

Han despedido a mi mujer durante el periodo de prueba y está embarazada de 3 meses. ✓Respuesta Abogado: la nulidad objetiva

Periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes

Me quieren poner un periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes. ✓Respuesta Abogado: será nulo el pacto que establezca

Los policías de la «patada en la puerta de Lagasca» entraron en la vivienda ilegalmente

El TSJ de Madrid sentencia que los policías actuaron ilegalmente al irrumpir por la fuerza en el piso de la calle Lagasca El Tribunal...

Una Comunidad de Propietarios no puede oponerse a las obras en un local si no afecta a la estructura del edificio

Los demandantes alegaron que el demandado había modificado un elemento común del edificio, específicamente la fachada, al cambiar un portón de acceso al local

Cetelem, sancionada con 250.000 euros por cargar a una persona las cuotas del préstamo de un desconocido

El afectado no tenía ni había tenido una relación contractual previa con la entidad.