Esta sentencia permitirá reclamar gastos de hipoteca, con independencia del año, hasta el 23 de enero de 2024
La Audiencia Provincial de Valladolid ha emitido una sentencia desestimando un recurso presentado por BBVA. La sentencia establece que aquellos clientes que hayan sido cobrados indebidamente por gastos hipotecarios pueden reclamar hasta el 23 de enero de 2024. La resolución se basa en que el plazo de prescripción comenzó el 23 de enero de 2019, fecha en la que se publicó una sentencia del Tribunal Supremo que declaraba nulas las cláusulas que obligaban a los consumidores a pagar todos los gastos de constitución de hipoteca.
La Audiencia de Valladolid confirma que aún no ha prescrito la acción para la restitución de estos gastos, ya que interpreta que el plazo inicial para la prescripción debe contabilizarse desde el 23 de enero de 2019. Según la sentencia, el plazo de reclamación de estos gastos abusivos expirará el 23 de enero de 2024, al aplicarse el plazo de cinco años establecido.
1El caso
En esta segunda instancia se respalda la decisión previa del Juzgado de Primera Instancia número 4 de la misma ciudad, que había dado la razón a la clienta de BBVA. La demandante argumentó que se le habían cobrado indebidamente una serie de gastos relacionados con su hipoteca. El fallo de la sentencia declaró la nulidad de varias cláusulas del contrato hipotecario de 2004, incluyendo la cláusula que imponía a la consumidora los gastos de constitución. El juzgado ordenó al banco restituir el 50% de los gastos notariales y el 100% de los gastos de registro y gestoría, que ascendían a 764,93 euros, más intereses legales desde la fecha de abono, incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia.
Además, el juzgado declaró la nulidad de las cláusulas financieras 4ª y 6º del contrato hipotecario de 2004, que se referían a la comisión por reclamaciones deudoras y al interés de demora, respectivamente. Se ordenó a la demandada que eliminara estas cláusulas del contrato y que se consideraran nulas desde su origen, y que asumiera los costos legales.
2BBVA recurre en apelación
BBVA presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, pero fue desestimado. La entidad había solicitado la suspensión de las actuaciones debido a la pendencia de tres cuestiones prejudiciales elevadas de oficio por el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre la fijación de un día inicial para el cómputo del plazo de prescripción de la acción de restitución de los gastos hipotecarios pagados en virtud de una cláusula declarada abusiva.
3Las cuestiones prejudiciales planteadas por la entidad no tienen incidencia
En relación a este asunto, la Sala de la Audiencia Provincial señala que, en cuanto a la solicitud de suspensión del procedimiento mientras se resuelve la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el cómputo inicial del plazo de prescripción de la acción restitutoria solicitada por la demandada, «la Sala ha acordado que no procede acceder a la misma». Según la Sala, ninguna de las posibles respuestas que pueda dar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tendría impacto en la existencia o no de la prescripción en el caso en cuestión.