Un año de prisión y tres años de prohibición de acercamiento, como autor de un delito de violencia contra la mujer
El hombre que abofeteó a su esposa durante una transmisión en vivo en TikTok ha sido condenado a un año de prisión y tres años de prohibición de acercamiento como resultado de un delito de violencia contra la mujer. La Audiencia Provincial de Soria basa su decisión en la validez y suficiencia de la prueba de cargo presentada en el juicio, que ha desvirtuado la presunción de inocencia del acusado.
A pesar de ello, uno de los tres magistrados que ha revisado el caso ha emitido un voto discrepante en el que sostiene que la condena dictada por el Juzgado de lo Penal debería ser revocada y el acusado absuelto. Este juez cree que no se ha demostrado que el acusado fuera quien agredió a la mujer, y se apoya en su minucioso análisis de la grabación del juicio y los videos presentados como prueba.
Según él, en el primer video no se puede identificar a la persona que golpea a la víctima, y no se sabe quiénes estaban presentes o conectados en ese momento a la red social. En consecuencia, sostiene que, en virtud del principio de presunción de inocencia consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española, el acusado debería ser absuelto.