Las Empresas deben pagar las gafas si son necesarias para trabajar

Las empresas pueden optar entre la entrega directa de las lentes o su reembolso, pero se excluye que cumplan la obligación abonando un complemento salarial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que las empresas debe pagar las gafas si son necesarias para trabajar. Así, el TJUE establece que las empresas deben cubrir los gastos de lentes graduadas o lentillas para aquellos empleados que requieran estos productos para corregir su visión mientras trabajan en pantallas de ordenador. Esta sentencia fue emitida el 22 de diciembre de 2022, y surge de una cuestión planteada por un tribunal en Rumania.

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El trabajador solicitó el reembolso del coste de sus gafas graduadas

El trabajador demandante trabajaba para la Inspección General de Inmigración en Cluj Napoca, Rumania, y las funciones que realizaba requerían la utilización de ordenadores y por ende, exposición a las pantallas. Según el empleado, debido a ello, experimentó un deterioro significativo de su visión.

Siguiendo la recomendación de su médico especialista, el hombre decidió comprar un par de gafas graduadas para corregir su visión. Sin embargo, el sistema de salud público de Rumania no reembolsaba los 530 euros que costaron las gafas, por lo que el trabajador solicitó a la empresa que le reembolsara esa cantidad. La empresa se negó.

El trabajador presentó una demanda, pero el Tribunal de Distrito de Cluj desestimó su demanda. El trabajador recurrió en casación ante el Tribunal Superior de Cluj, que decidió suspender el procedimiento y plantear cuatro cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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El TJUE impone la obligación de las empresas de sufragar el gasto

Estas cuestiones incluían si la Directiva 90/270 sobre seguridad y salud en el trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización debía interpretarse en el sentido de que el empleador debe proporcionar a los trabajadores afectados un dispositivo corrector especial mediante la entrega directa del dispositivo, el reembolso de los gastos o mediante un complemento salarial.

La Sala Segunda del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado que la Directiva 90/270 impone a las empresas la obligación de garantizar que los trabajadores afectados tengan acceso sin coste a gafas o lentillas, pero no especifica cómo deben cumplir con esta obligación.

El TJUE ha abierto la posibilidad de que las empresas cubran el costo de adquisición. Según la sentencia, el reembolso del costo de adquisición cumpliría con el objetivo de la Directiva 90/270 de garantizar un mayor nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores.

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Conclusión

En conclusión, la empresa puede optar entre la entrega directa de las lentes, o el reembolso del costo de las mismas al trabajador.

Sin embargo, la sentencia excluye la posibilidad de cumplir esta obligación mediante el pago de un complemento salarial general al trabajador afectado.

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