El procedimiento de retirada de tutela se lleva a cabo en nuestro país mediante un procedimiento administrativo y no judicial, lo cual no ofrece suficientes garantías y podría ser revisado a partir de este caso
La Consejería de Familia ha sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a pagar 150.000 euros a una madre y a sus hijas tras retirarle injustificadamente la tutela los servicios sociales. El incidente ocurrió en 2016, cuando la madre, una mujer soltera de origen búlgaro, solicitó la ayuda de los servicios sociales de Ávila para establecer una relación positiva con sus dos hijas mellizas de 12 años, a través de un programa de intervención familiar.
1Los trabajadores sociales de la Consejería se llevaron a las niñas
Durante una visita de seguimiento con la orientadora familiar, las dos hermanas informaron que habían tenido un altercado con su madre debido a un teléfono móvil y que habían forcejeado por el dispositivo. Como resultado de esta información, el programa de intervención familiar fue suspendido. Dos meses después, sin notificación previa, los trabajadores sociales de la Consejería se llevaron a las niñas en contra de su voluntad a un centro residencial.
“El tribunal dice no solo que la retirada de la tutela fue injustificada, sino que denuncia la manera en la que se ejecutó y el trato al que se sometió a las niñas en el centro de menores el año que estuvieron allí”, afirma Paloma García Viedma, abogada de la Fundación Raíces, quien agrega que “la retirada fue realizada de manera precipitada y desproporcionada porque ni hablaron con la madre sobre el incidente que daba lugar a la retirada ni les explicaron a las menores las posibles consecuencias de sus declaraciones, es decir, que podían ser sacadas del hogar familiar”.
La abogada cuenta que las niñas tienen un “trauma” por la actuación administrativa que vivieron como un “secuestro”. García Viedma insiste en que “lo oportuno hubiera sido reunirse con la madre, valorar tras su explicación lo que había pasado y tomar las decisiones oportunas en interés prioritario de las menores”.
2Las menores sufrieron agresiones por parte del personal del centro donde las internaron
Mientras estaban en el centro residencial, las niñas confesaron haber sido víctimas de agresiones por parte del personal, lo que causó graves daños físicos y psicológicos a las niñas y a su madre. Además, según la abogada, las visitas de la madre fueron limitadas a una hora al mes y la opinión de las niñas de regresar a casa no fue considerada, a pesar de que el trabajo de la Administración debería haber sido trabajar por la reunificación familiar.
También, continúa García, “considera acreditado que durante este tiempo las niñas empeoraron en todos los parámetros: absentismo escolar, malas calificaciones, dolores de cabeza, espalda, rabia e ira, e incluso una de ellas sufrió anorexia”.
3Un año después el Juzgado de 1º instancia de Ávila determina que las niñas vuelvan con su madre
Un año después de ser separadas, el Juzgado de 1ª Instancia de Ávila acordó que las niñas volvieran con la madre. El tribunal autonómico ahora determina que esta actuación de la Administración vulneró sus derechos.
La letrada apunta que desde el primer día, madre e hijas lucharon contra esta decisión. “El mayor resarcimiento para ellas es que el juez les ha dado la razón, siempre alegaban que querían seguir hasta el final”.
La abogada explica que “el procedimiento de retirada de tutela se lleva a cabo en nuestro país mediante un procedimiento administrativo y no judicial, que no ofrece las suficientes garantías ni a los propios niños y niñas ni a sus familias”. Y piensa que este caso puede dar lugar a que se revise dicho proceso.