martes, marzo 28, 2023

Entra en vigor la nueva Ley de Tráfico con importantes novedades

Se agrava la pérdida de puntos por utilizar del teléfono móvil o un uso incorrecto de los sistemas de retención infantil y cinturón de seguridad

Hoy, 21 de enero, ha entrado en vigor la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.

Esta modificación llega con el objetivo de reducir las cifras de siniestralidad, a través de la implementación de diversas medidas estructurales, alineando así a España con los postulados de la Unión Europea y de instituciones internacionales en la materia como la Organización Mundial de la Salud, en materia de seguridad vial.

Objetivos

La Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 fija como principal indicador de la misma bajar de la tasa de 37 personas fallecidas por millón de habitantes. En los primeros años de aplicación de la Estrategia este indicador parecía que se podía alcanzar, pero las cifras de siniestralidad de los últimos años señalan que la tasa ha empeorado. En este contexto, es necesario aprobar una serie de medidas estructurales que permita alinear a España con los postulados de la Unión Europea y de instituciones internacionales en la materia como la Organización Mundial de la Salud.

Además, después de varios años de experiencia en la aplicación del permiso por puntos, es necesario proceder a su actualización, incidiendo en aquellos elementos que necesitan ser modificados con el fin de mejorar el sistema y reforzar, en general, la seguridad vial.

Por todo ello, el objeto de la presente reforma incide principalmente en la revisión de las infracciones que detraen puntos; el reconocimiento que tiene para la seguridad vial la superación de cursos de conducción segura y eficiente; el tratamiento actualizado de la conducción profesional; y la unificación a dos años del plazo que tiene que transcurrir para recuperar el saldo inicial de puntos tras la firmeza de las sanciones.

Novedades de la nueva Ley de Tráfico

Las principales novedades que incorpora son:

1- Actualización del sistema de permiso por puntos con el fin de mejorar la eficacia del sistema y reforzar la seguridad vial.

2- Se agrava la pérdida de puntos en infracciones consistentes en la utilización de teléfono móvil sujetando el dispositivo con la mano, así como en las infracciones por la falta de uso o uso incorrecto del casco de protección, del cinturón de seguridad y de los sistemas de retención infantil.

3- Para mejorar el comportamiento de los conductores se apuesta por los cursos de conducción segura y eficiente que pueden servir para recuperar o bonificar con dos puntos de saldo a los conductores que aunque no hayan cometido infracciones graves, quieran mejorar su conducción y hacerla más segura y eficiente.

4- Se unifica a dos años el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos. De este modo desaparece la distinción existente hasta ahora entre dos años cuando concurren sanciones graves y tres años cuando constan sanciones muy graves.

5- Se suprime la posibilidad de sobrepasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando se adelante a otros vehículos que circulan a velocidad inferior a aquéllas.

7- Se tipifica como una infracción muy grave la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados durante el examen de obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir. Dicha infracción, aparte de la multa correspondiente, también conlleva la imposibilidad de volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de seis meses.

8- Se introduce la competencia de la función auditora con el objetivo de garantizar la seguridad y la calidad de los centros y los operadores que realizan servicios y trámites relacionados con el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.

9- Se prevé desarrollar un sistema on line que permitirá que las empresas de transporte y las personas trabajadoras autónomas que tengan la condición de empleadoras puedan conocer si una persona conductora profesional que trabaja en estas empresas se encuentra en situación legal de poder conducir vehículos de transporte.

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