El gobierno obliga a publicitar los riesgos de invertir en criptomonedas

Se publica en el BOE la norma de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, advirtiendo del elevado riesgo de las criptomonedas

En los últimos tiempos, hemos asistido a la sorprendente efervescencia y volatilidad de las criptomonedas, todo ello aderezado con una publicidad agresiva en toda clase de medios.

Esto ha atraído y atrae a numerosos inversores ávidos de enriquecimiento rápido, seducidos por la sensacional rentabilidad de muchos de estos cripto activos.

Sin embargo, esta aparente rentabilidad no oculta que estamos ante una inversión de altísimo riesgo, y por ejemplo, cualquiera que haya visto la evolución del bitcoin en los últimos meses habrá constatado el vértigo que supone invertir en él.

Circular 1/2022, de 10 de enero

Por medio del Real Decreto 5/2021 de 12 de marzo de 2021, se otorgó a la CNMV competencias con el fin de someter a control administrativo la publicidad de criptomonedas.

Al respecto, no se duda del potencial de las mismas y su posible papel como elemento dinamizador del sistema financiero español en los próximos años, pero antes de considerarse como inversión es preciso tener muy presentes los riesgos que la CNMV indica en la Circular 1/2022, de 10 de enero, publicada en el BOE el pasado lunes 17 de enero. A saber:

  • El valor de las inversiones y el rendimiento obtenido de las mismas puede experimentar significativas variaciones al alza y a la baja.
  • Es posible perder en poco tiempo la totalidad del importe invertido
  • Los criptoactivos no están cubiertos por mecanismos de protección al cliente como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.
  • Los precios de estos activos virtuales se constituyen sin la intervención de los mercados regulados.
  • Las tecnologías de registros no están suficientemente probadas y pueden existir fallos significativos en su funcionamiento y seguridad.
  • Las facilidades de anonimato que aportan los criptoactivos los convierten en un objetivo para los ciberdelincuentes.
  • La aceptación de los criptoactivos como medio de cambio es aún muy limitada y no hay obligación legal de aceptarlos.

Para completar esta regulación, se está trabajando en un Reglamento Europeo Europeo.

Conocido como MiCA (markets in crypto-assets), previsiblemente será de aplicación entre mayo y junio de 2024.

Control publicitario de la CMNV

La CNMV ejercerá sobre la publicidad un control que obligará entre otras a evitar realizar referencias a elevadas rentabilidades pasadas.

También aclarar si las ventajas de un determinado tratamiento fiscal son de carácter general o dependen de la situación personal del cliente.

El control se relaja en las campañas publicitarias destinadas e inversores, y no se exigirá comunicación previa a la CNMV, salvo cuando se trate de campañas publicitarias masivas.

Adrián Atienza Ruiz
Adrián Atienza Ruiz
Director Editorial
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