Condenados a pagar a su abogado 16.000 euros por prescindir de él en medio del litigio

Los clientes incumplieron el contrato profesional reflejado en la hoja de encargo

La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a unos clientes a pagar a su abogado cerca de 16.000 euros, en concepto de honorarios impagados, por prescindir de él al cambiar de dirección letrada en medio del procedimiento.

La sala ha dado la razón al letrado y considera que los clientes incumplieron el contrato profesional que constituye la hoja de encargo.

“El contrato quedó extinguido por voluntad unilateral de los hoy recurrentes cuando ya el recurrido había elaborado la demanda y puesto en marcha el proceso”, dice la sentencia.

Los magistrados declaran la existencia del encargo profesional  para la interposición de una demanda civil por la adquisición de acciones bancarias y participaciones preferentes del Banco Popular. En el fallo se explica que “tal y como establece el Estatuto General de la Abogacía, la relación del abogado con el cliente debe fundarse en la recíproca confianza”. Dicha relación se establece en la hoja de encargo. “En ella se informa de los servicios que va a prestar el abogado, las condiciones, cuantía y las formas de pago”, afirma el texto.

El Juzgado de 1ª Instancia de Puebla de Sanabria (Zamora) ya había dado la razón al letrado. Los demandados recurrieron en apelación pidiendo que se condenase al pago de los honorarios pactados en la segunda de las cláusulas de la hoja, para cuya cuantificación habría que esperar a la firmeza de la sentencia dictada por el Juzgado de Madrid.

En la segunda cláusula, se afirmaba que “los honorarios profesionales se acuerdan en costas y cobro al cliente del 10 % de la cantidad recuperada una vez finalizado el pleito”, contempla el fallo.

La cuestión ahora a decidir en este recurso era si debía aplicarse la cláusula pactada en la hoja o el baremo orientador del Colegio de Abogados.

La Audiencia ha estimado finalmente que “queda fuera del alcance del letrado poder conseguir a sus clientes un resultado económico en el proceso que le fue encomendado”. Por tanto, la minuta a pagar debe ser elaborada teniendo en cuenta los criterios orientativos del Colegio de Abogados y confirma el pago de la cuantía de 15.896,60 euros.

Fuente: Abogacía Española

Elena Rodriguez Diaz
Elena Rodriguez Diaz
Abogada especialista en Derecho Inmobiliario I Socia en Quintana & Diaz Asociados
Destacado

La suspensión de la conciliación y el juicio en el proceso laboral

El Letrado de la Administración de Justicia tiene la potestad para suspender los actos de conciliación y juicio, programando una nueva fecha.

Errores en el catastro: cuando un inmueble está mal representado

Lo que debes saberInscripciones en el Registro de la...

Salidas profesionales para estudiantes de Derecho

El Doble Grado en Derecho y Criminología otorga un perfil profesional jurídico y criminológico muy demandado por las empresas.

Las actuaciones y procedimientos de comprobación censal de Hacienda

a Agencia Tributaria puede llevar a cabo la comprobación censal a través de la inspección física y documental de hechos y circunstancias.
Lo más leido

Período trabajado no aparece en la vida laboral

En estos casos, el trabajador se enfrenta a perjuicios en futuras prestaciones, ya que el período trabajado no aparece en la vida laboral.

Despido improcedente sin pasar por SMAC

La duda que tengo es si se puede hacer el despido improcedente sin pasar por SMAC. ✓ Respuesta Abogado: aunque haya acordado improcedencia

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador. ✓Respuesta Abogado: Acuda con el contrato de compraventa

Despido de trabajadora embarazada en periodo de prueba: ¿es nulo?

Han despedido a mi mujer durante el periodo de prueba y está embarazada de 3 meses. ✓Respuesta Abogado: la nulidad objetiva

Periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes

Me quieren poner un periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes. ✓Respuesta Abogado: será nulo el pacto que establezca

Los hechos probados en una sentencia penal no vinculan a los Tribunales contencioso-administrativo cuando los procesos se refieren a distintos períodos tributarios.

No tienen fuerza vinculante cuando los procesos penal y contencioso-administrativo se refieren a distintos períodos o conceptos tributarios.

No hay obligación de pintar un piso alquilado al abandonarlo

El arrendador no puede obligar al inquilino cuando abandone la vivienda, a que tape los agujeros hechos en la pared al colgar cuadros.

Se presenta querella contra Yolanda Díaz por su reunión con Puigdemont

La admisión de esta querella abriría un proceso inédito, afectando al gobierno y al ya de por sí complejo escenario de investidura.