Cambio de criterio acerca de los intereses de demora en las deudas Tributarias

El objetivo es no perjudicar al contribuyente que paga su deuda en comparación con aquel que no lo hace y obtiene una suspensión

El TEAC ha modificado su criterio y considera que el cese del devengo de los intereses de demora del artículo 240.2 de la LGT debido al plazo excedido del procedimiento económico-administrativo también se aplica a casos en los que la deuda anulada no estaba suspendida debido a un pago previo. En consecuencia, se reinterpretan las limitaciones de intereses establecidas en los artículos 26.4 y 240.2 de la LGT. En este sentido, cabe recordar el tenor literal de dichos artículos:

Artículo 26.4 de la LGT

«No se exigirán intereses de demora desde el momento en que la Administración tributaria incumpla por causa imputable a la misma alguno de los plazos fijados en esta ley para resolver hasta que se dicte dicha resolución o se interponga recurso contra la resolución presunta. Entre otros supuestos, no se exigirán intereses de demora a partir del momento en que se incumplan los plazos máximos para notificar la resolución de las solicitudes de compensación, el acto de liquidación o la resolución de los recursos administrativos, siempre que, en este último caso, se haya acordado la suspensión del acto recurrido.

Lo dispuesto en este apartado no se aplicará al incumplimiento del plazo para resolver las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento del pago».

Artículo 240.2 de la LGT

«Transcurrido un año desde la iniciación de la instancia correspondiente sin haberse notificado resolución expresa y siempre que se haya acordado la suspensión del acto reclamado, dejará de devengarse el interés de demora en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 26 de esta ley.«

1
Criterio anterior

En resoluciones previas, el TEAC había sostenido que el artículo 240.2 de la LGT solo se aplicaba a situaciones en las que las liquidaciones estaban suspendidas y que extender su aplicación a los casos en los que no existía suspensión por haberse efectuado un pago previo daría lugar a una ventaja injusta.

No obstante, en la resolución actual, el TEAC indica que el objetivo del legislador al establecer las limitaciones en el cálculo de intereses por exceder los plazos procesales es evitar que la demora en la resolución de la Administración perjudique a los contribuyentes. Aunque la norma se refiere específicamente a las liquidaciones suspendidas, el TEAC cree que esta restricción debe aplicarse no solo en los casos en que se haya acordado la suspensión, sino también en aquellos en que el contribuyente ya haya realizado el pago, lo que resulta en una cuota tributaria diferente y da lugar a liquidaciones contrapuestas.

No hacerlo implicaría perjudicar al contribuyente que paga su deuda en comparación con aquel que no lo hace y obtiene una suspensión.

2
El TEAC se alinea con el criterio del TSJ de Madrid

Con este cambio, el TEAC adopta la postura del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y cambia su criterio previo, concluyendo que el artículo 240.2 de la LGT también se aplica en casos en los que la deuda anulada no esté suspendida debido a un pago previo.

Destacado

La suspensión de la conciliación y el juicio en el proceso laboral

El Letrado de la Administración de Justicia tiene la potestad para suspender los actos de conciliación y juicio, programando una nueva fecha.

Errores en el catastro: cuando un inmueble está mal representado

Lo que debes saberInscripciones en el Registro de la...

Salidas profesionales para estudiantes de Derecho

El Doble Grado en Derecho y Criminología otorga un perfil profesional jurídico y criminológico muy demandado por las empresas.

Las actuaciones y procedimientos de comprobación censal de Hacienda

a Agencia Tributaria puede llevar a cabo la comprobación censal a través de la inspección física y documental de hechos y circunstancias.
Lo más leido

Período trabajado no aparece en la vida laboral

En estos casos, el trabajador se enfrenta a perjuicios en futuras prestaciones, ya que el período trabajado no aparece en la vida laboral.

Despido improcedente sin pasar por SMAC

La duda que tengo es si se puede hacer el despido improcedente sin pasar por SMAC. ✓ Respuesta Abogado: aunque haya acordado improcedencia

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador

He vendido mi coche y estoy recibiendo multas del comprador. ✓Respuesta Abogado: Acuda con el contrato de compraventa

Despido de trabajadora embarazada en periodo de prueba: ¿es nulo?

Han despedido a mi mujer durante el periodo de prueba y está embarazada de 3 meses. ✓Respuesta Abogado: la nulidad objetiva

Periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes

Me quieren poner un periodo de prueba en una empresa en la que ya he trabajado antes. ✓Respuesta Abogado: será nulo el pacto que establezca

Los hechos probados en una sentencia penal no vinculan a los Tribunales contencioso-administrativo cuando los procesos se refieren a distintos períodos tributarios.

No tienen fuerza vinculante cuando los procesos penal y contencioso-administrativo se refieren a distintos períodos o conceptos tributarios.

No hay obligación de pintar un piso alquilado al abandonarlo

El arrendador no puede obligar al inquilino cuando abandone la vivienda, a que tape los agujeros hechos en la pared al colgar cuadros.

Se presenta querella contra Yolanda Díaz por su reunión con Puigdemont

La admisión de esta querella abriría un proceso inédito, afectando al gobierno y al ya de por sí complejo escenario de investidura.