La entidad bancaria ha sido condenada a pagar al cliente 7.000 euros
En una reciente sentencia el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Parla ha condenado a CaixaBank a excluir a un cliente del listado de morosos y a indemnizarle con 7.000 euros.
Los hechos controvertidos se producen cuando la entidad bancaria incluye al demandante en el fichero Equifax Asnef en marzo de 2020 por una deuda de 467,58 derivada de una tarjeta revolving contra la que ya había presentado demanda previamente.
El crédito Revolving se declara nulo pero aun así el banco sigue requiriendo el pago
El caso es que al igual que en otras muchas reclamaciones de Revolving, el credito se declara nulo, y por lo tanto se requiere a la entidad financiera a que cancele su inclusión en el fichero. Sin embargo, un mes mas tarde, el demandante recibe un requerimiento de pago de 2.893,44 euros tras dar por vencido anticipadamente el crédito por impago.
Cabe incidir en que ya en la demanda se instó a que se declarase la inclusión indebida en el fichero de morosos, que no cumplió con los requisitos establecidos por la ley para ello, y que se le indemnizase por haber vulnerado sus derechos fundamentales.
Se ha producido una intromisión ilegitima en el derecho al honor del cliente
Ahora el juez le da la razón al cliente y ha declarado la indebida inclusión por parte de CaixaBank Consumer Finance en ficheros de solvencia patrimonial, lo que supone «una intromisión ilegítima en su derecho fundamental al honor«, por la cual ha condenado a la entidad a pagar al demandante 7.000 euros y a eliminar y realizar los actos necesarios para la cancelación y exclusión de los datos indebidamente incluidos en dichos ficheros.
No obstante aun es pronto para tener en este caso un precedente, pues la sentencia no es firme y CaixaBank puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.