Abogado es condenado por apropiarse de la indemnización por despido de su cliente

El letrado utilizó documentos falsos para engañar a su cliente

La sentencia, publicada el 15 de febrero de 2023 por la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de seis años y tres meses de cárcel impuesta a un abogado especialista en derecho laboral. El letrado se apropió indebidamente de la indemnización por despido improcedente otorgada a uno de sus clientes por la jurisdicción social, utilizando documentos falsos para engañar al afectado.

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La víctima contrató al abogado laboralista para presentar una demanda por despido improcedente

De acuerdo con los hechos comprobados en la sentencia de la Audiencia de Barcelona, confirmada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, la víctima contrató al abogado laboralista acusado en 2012 para presentar una demanda por despido improcedente y rescisión del contrato contra su empleador. Los tribunales -primero el Juzgado de lo Social, luego el TSJ catalán y finalmente el Supremo- determinaron que el despido era injustificado y ordenaron a la empresa pagar una indemnización de 202.213 euros.

Una vez que la sentencia se hizo firme, el Juzgado ordenó en octubre de 2015 que se devolviera al trabajador la cantidad de 202.213 euros (consignada por la empresa para recurrir la sentencia) y la entregó al abogado. En diciembre del mismo año, el Juzgado también emitió una orden de devolución por los intereses de la indemnización, que ascendían a 25.703,30 euros, y los entregó al letrado.

Según se describe en el relato de hechos, el abogado acusado «se quedó con las cantidades obtenidas a través de las órdenes repetidas, que cobró directamente o mediante otras personas a las que encargó la gestión de cobro».

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El letrado inventaba complicaciones procesales para engañar a su cliente e impedir el cobro

Además, según se indica en la sentencia, «el acusado intentó retrasar el conocimiento del cobro de las cantidades concedidas en la sentencia a favor de su cliente, proporcionando explicaciones de complicaciones procesales que supuestamente impedían el pago. Para respaldar estas explicaciones, entregó fotocopias que afirmó que eran de documentos emitidos por el Juzgado de lo Social, cuando no lo eran, y que hacían referencia a una supuesta apelación ante el Tribunal Constitucional con suspensión del pago hasta que se resolviera dicha apelación».

El Tribunal Supremo considera que la evaluación de las pruebas realizada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya es «correcta y razonable» al concluir que fue el acusado quien cobró los dos mandamientos de pago emitidos a favor de su cliente, según lo demostrado por la evidencia documental, y quien fue responsable de la falsificación de documentos, independientemente de si fue él quien creó las fotocopias o si encargó su elaboración a otra persona, ya que el delito de falsificación no es un delito de propia mano.

“La acreditación de que el acusado se apropió de los fondos pagados a su cliente, evidencia que los documentos (irreales según el testimonio prestado en el plenario por el letrado de la Administración de Justicia) sólo servían para encubrir su acción, siendo plenamente razonable la inferencia de que hubo de ser él quien encomendó o abordó la realización de las fotocopias para justificar a su cliente por qué no debía entregarle los fondos”, indica el Supremo.

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El Supremo desestima el recurso del abogado

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el abogado condenado, excepto en lo que respecta a la multa impuesta por el delito de falsificación de documentos. La Audiencia había impuesto una multa de 13 meses con una cuota diaria de 25 euros, que superaba la solicitud del fiscal y la acusación particular, lo que vulneraba el principio acusatorio. Por lo tanto, el Tribunal Supremo ha impuesto una multa de 9 meses con una cuota diaria de 25 euros por este delito, manteniendo el resto de las condenas y decisiones.

La apropiación indebida es un delito contra el patrimonio

La apropiación indebida es un delito tipificado en el Código Penal, que se produce cuando una persona se apropia de bienes o recursos que no le pertenecen y que le han sido confiados o entregados por otra persona. Se considera un delito contra el patrimonio y puede ser castigado con penas de prisión de entre 6 meses y 6 años, dependiendo de la gravedad del delito.

En el caso de un abogado, como el que acabamos de ver, se considera apropiación indebida si el profesional se queda con el dinero o los bienes que han sido confiados a su custodia, como puede ser el caso de esta indemnización por despido improcedente otorgada por la jurisdicción social a uno de sus clientes. Como hemos visto, la apropiación indebida por parte de un abogado tiene graves consecuencias y por ello es castigado con dureza. Hay que tener en cuenta además el impacto negativo en la reputación y la credibilidad de la profesión en general.

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