RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de Serrerías de Soria afecta a todas las industrias de serrerías de la primera transformación de la madera y a todos los trabajadores que presten su servicio en ellas, siempre que figuren afiliados al régimen General de la seguridad social, cualesquiera que sea su grupo profesional, función y vigencia temporal que a los mismos les vincula y a los que ingresen en éstas durante su vigencia.
Su vigencia estaba prevista del 1 de enero de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2022. No habiendo sido publicado nuevo convenio, ha sido prorrogado sucesivamente, y permanece vigente en 2022 y 2023.
Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
La jornada de trabajo en cómputo anual será de 1.752 horas. Se respetarán las condiciones más beneficiosas que cada empresa tenga concedidas a sus trabajadores.
3Salario
TABLA SALARIAL 2023
Base | Extra | Anual | |
técnicos | |||
Químico, Abogado y médico | 1.566,38 | 1.566,38 | 21.929,32 |
Ingenieros técnico superior | |||
Licenciados | |||
técnicos | |||
Ingenieros técnicos (Peritos) | 1.468,53 | 1.468,53 | 20.559,42 |
Practicante-Ats | 1.331,10 | 1.331,10 | 18.635,40 |
técnicos | |||
Delineante Proyectista | 1.242,36 | 1.242,36 | 17.393,04 |
Empleados | |||
Jefe de oficina | 1.349,14 | 1.349,14 | 18.887,96 |
Operarios | |||
Jefe de taller | 1.242,36 | 1.242,36 | 17.393,04 |
maestro Industrial | 1.242,36 | 1.242,36 | 17.393,04 |
Encargado General | 1.242,36 | 1.242,36 | 17.393,04 |
4Vacaciones
Las vacaciones se fijan en 30 días naturales que se dividirán en dos períodos de 15 días, que serán uno a elección de la empresa y otro a elección del trabajador, fijando el inicio de las mismas, dentro de ambos períodos, la empresa.
5Primas
En el trabajo con incentivo, cualquiera que sea su denominación, la retribución mínima será la fijada por este convenio incrementada en un 28%.
6Pagas extraordinarias
A todo el personal se le abonarán dos gratificaciones extraordinarias con la denominación de paga de verano y paga de Navidad que serán abonadas respectivamente antes del 30 de junio y 20 de diciembre, y se devengarán por semestres naturales y por cada día natural en que se haya devengado el salario base. La cuantía de cada una será la fijada en las tablas salariales.