RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO
1Ámbito de Aplicación y Duración
El presente Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Ávila regula las relaciones laborales entre las empresas dedicadas a la actividad de limpieza de edificios y locales, y los trabajadores a su servicio. Tiene carácter provincial y será de aplicación obligatoria en las empresas y los centros de trabajo que estén ubicados o se ubiquen en el futuro en la ciudad y provincia.
Entra en vigor a todos los efectos el día 1 de enero de 2022, finalizando el 31 de diciembre del 2025.
Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.
2Jornada y Descansos
La jornada laboral se fija en cuarenta horas semanales, correspondientes en su cómputo anual a 1.773 horas durante la vigencia del presente convenio.
Se elaborará el calendario laboral que será expuesto en lugar visible. Los trabajadores que presten servicio en régimen de jornada completa y continuada disfrutarán de un descanso por bocadillo de veinte minutos, que se considerará como tiempo efectivo de trabajo.
Los trabajadores que tuvieran adquirido derecho a tiempo superior de descanso por bocadillo conservarán dicho derecho.
Se considerará también como tiempo efectivo de trabajo aquel que precise el trabajador para desplazarse de un centro de trabajo a otro dentro de la jornada.
3Salario
Tabla Salarial para el año 2022
AÑO 2.022 | SALARIO MES | SALARIO AÑO |
GRUPO PROFESIONAL I | ||
Director | 1.531,68 € | 22.937,84 |
GRUPO PROFESIONAL II | ||
Jefe Administrativo | 1.244,99 € | 18.644,48 |
Oficial 1a Administrativo | 1.108,71 € | 16.603,61 |
Oficial 2o Administrativo | 968,90 € | 14.509,87 |
Oficial | 960,16 € | 14.378,98 |
GRUPO PROFESIONAL III | ||
Encargado | 972,44 € | 14.562,88 |
GRUPO PROFESIONAL IV | ||
Peón Especializado | 956,51 € | 14.324,32 |
Limpiador | 951,34 € | 14.246,90 |
Tabla Salarial para el año 2023
AÑO 2.023 | SALARIO MES | SALARIO AÑO |
GRUPO PROFESIONAL I | ||
Director | 1.562,31 € | 23.404,02 |
GRUPO PROFESIONAL II | ||
Jefe Administrativo | 1.269,89 € | 19.023,45 |
Oficial 1a Administrativo | 1.130,88 € | 16.941,03 |
Oficial 2o Administrativo | 988,28 € | 14.804,82 |
Oficial | 979,36 € | 14.671,20 |
GRUPO PROFESIONAL III | ||
Encargado | 991,89 € | 14.858,90 |
GRUPO PROFESIONAL IV | ||
Peón Especializado | 975,64 € | 14.615,47 |
Limpiador | 970,37 € | 14.536,52 |
Tabla Salarial para el año 2024
AÑO 2.024 | SALARIO MES | SALARIO AÑO |
GRUPO PROFESIONAL I | ||
Director | 1.593,56 € | 23.872,15 |
GRUPO PROFESIONAL II | ||
Jefe Administrativo | 1.295,29 € | 19.403,95 |
Oficial 1a Administrativo | 1.153,50 € | 17.279,88 |
Oficial 2o Administrativo | 1.008,05 € | 15.100,98 |
Oficial | 998,95 € | 14.964,66 |
GRUPO PROFESIONAL III | ||
Encargado | 1.011,73 € | 15.156,11 |
GRUPO PROFESIONAL IV | ||
Peón Especializado | 995,15 € | 14.907,74 |
Limpiador | 989,78 € | 14.827,29 |
4Vacaciones
La duración de las vacaciones se fija en 30 días naturales, que se disfrutarán entre los meses de abril a octubre salvo que, por necesidades de la empresa, sea preciso fraccionarlas en dos periodos de quince días cada uno.
El período de disfrute de las vacaciones podrá variarse siempre y cuando haya acuerdo entre empresa y trabajador.
La retribución correspondiente al periodo vacacional se fijará conforme a los salarios reales del trabajador.
El personal que ingrese en el curso del año de que se trate, disfrutará de las vacaciones en proporción el tiempo trabajado durante el mismo.
5Permiso por festividad
Durante la vigencia de este Convenio los trabajadores podrán disponer de un día de permiso, a fin de festejar la festividad del Patrón, San Martín de Porres.
Asimismo, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de un día más de permiso retribuido, que será a elección del propio trabajador, sin que en ningún caso tal elección altere el normal funcionamiento de la empresa.
El disfrute de los mencionados permisos será considerado a todos los efectos como tiempo efectivo de trabajo.
6Rendimientos mínimos
Se establecen los siguientes rendimientos, que, con carácter de mínimos, deberán ser alcanzados por los trabajadores en jornada laboral de 6,66 horas:
- Limpieza de cristales:
- Escaparates (limpieza exterior): 250 m2. (interior/exterior): 190 m2.
- Ventanas dobles: 170 m2.
- Muros de cristal lisos; hasta 4 m de altura: 600 m2.
- Superficies amuebladas
- Grandes superficies: 650 m2.
- Oficinas: 632 m2.
- Comunidades: 660 m2.
- Locales: 660 m2.
- Superficies despejadas
- Grandes superficies: 980 m2.
- Oficinas: 850 m2.
- Comunidades: 860 m2.
- Locales: 1.000 m2.