Tablas Salariales 2022 de Educación Infantil

El plazo para el cobro de los atrasos no podrá en ningún caso exceder el 31 de diciembre de 2022

Resolución de 28 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las Tablas Salariales 2022 de Educación Infantil del Convenio Colectivo de centros de asistencia y educación infantil.

Visto el texto de las tablas salariales a partir del 1 de septiembre del 2021 del anexo I del Convenio colectivo de centros de asistencia y educación infantil, que fue suscrito con fecha 12 de julio de 2022, de una parte por las asociaciones empresariales ACADE, CECE, CECEI, EyG, FCIC y SALVEM 0-3 en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT Servicios Públicos, FSIE y USO en representación de los trabajadores.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

ACTA DE ACUERDO DE LAS TABLAS SALARIALES DEL XII CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL

Anexo I. Tablas Salariales centros de educación infantil (tabla general) En consecuencia

  1. La firma de las tablas salariales a partir del 1 de septiembre de 2021 del Anexo I. Tablas salariales centros de educación infantil (Tabla general) del XII Convenio Colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil, aplicando el incremento del 5,5% en aplicación de la citada Disposición Final Quinta.
  2. Los trabajadores de las empresas pertenecientes a las Obras Sociales y Cajas de Ahorros verán incrementados sus salarios a partir del 1 de septiembre de 2021 en un 5,5%, sobre los salarios que viniesen percibiendo.

La actualización salarial tiene efecto desde el 1 de septiembre de 2021. Con carácter excepcional, el plazo para abonar los atrasos será hasta tres meses después de la publicación de las tablas salariales en el BOE y, en ningún caso, el pago será posterior al 31 de diciembre de 2022.

ANEXO I

Tablas salariales centros de educación infantil (tabla general)

Tablas desde 1 de septiembre de 2021

 Salario mensual – EurosSalario anual (14 pagas) – EurosCPP (14) – Euros
Grupo I. Personal de Aula   
Maestro.1.489,3020.850,2031,74
Educador Infantil.1.028,6314.400,8224,38
Auxiliar de apoyo.1.018,0714.252,9816,80
Grupo II. Personal de Servicios Complementarios   
Personal especializado: logopeda, psicólogo, enfermero, médico, pedagogo, asistente social, …1.478,3720.697,1831,16
Grupo III. Personal de Administración y Servicios   
Personal de cocina.1.018,0714.252,9816,80
Personal de limpieza.1.018,0714.252,9816,80
Personal de mantenimiento.1.018,0714.252,9816,80
Personal de servicios generales.1.018,0714.252,9816,80
Personal administrativo.1.018,0714.252,9816,80
  Salario mensual – EurosSalario anual – Euros 
 Cargos Directivos Temporales   
 Director.1.508,6521.121,10 
 Subdirector.1.508,6521.121,10 
 Director pedagógico.1.508,6521.121,10 

Nota: El CPP del cargo directivo será el que corresponde a su puesto de trabajo.

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