Convenio Colectivo de Seguridad Privada. 2023-2026

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Seguridad Privada será de aplicación en todo el territorio español. Entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, con independencia de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.

Están sometidas las Empresas que realicen alguna de las actividades siguientes:

La vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos.

El acompañamiento, defensa y protección de personas físicas determinadas, incluidas las que ostenten la condición legal de autoridad.

El depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos-valores, joyas, metales preciosos, antigüedades, obras de arte u otros objetos que, por su valor económico, histórico o cultural, y expectativas que generen, puedan requerir vigilancia y protección especial.

El depósito y custodia de explosivos, armas, cartuchería metálica, sustancias, materias, mercancías y cualesquiera objetos que por su peligrosidad precisen de vigilancia y protección especial.

El transporte y distribución de los objetos a que se refieren los dos párrafos anteriores. 

Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

La jornada de trabajo será de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, a razón de 162 horas.

Asimismo, si un trabajador por las necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.

Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas.

Entre la jornada terminada y el inicio de la siguiente, deberá mediar un mínimo de trece horas, salvo en los casos siguientes: a) por especial urgencia o perentoria necesidad y b) en el trabajo a turnos.

Los trabajadores de vigilancia que prestan sus servicios en Cajas de ahorro y Bancos, durante el horario de atención al público, en jornada continuada, durante el horario de 8,30 a 16,45 horas, como mínimo, tendrán derecho por día trabajado en ese horario a una ayuda alimenticia que deberá ser pactada entre la Dirección de cada Empresa y los Representantes de los Trabajadores, no pudiendo pactar, en ningún caso, cantidades inferiores a cinco euros. Para dichos trabajadores, la jornada será de 1.782 horas. 

Si la jornada de trabajo fuera partida, el trabajador tendrá derecho, al menos, a dos horas y media de descanso entre la jornada de la mañana y de la tarde, salvo pacto en contrario.

Para el personal no operativo, el descanso será de hora y media entre jornada y jornada, salvo pacto en contrario.

3
Salario

Salarios y otras retribuciones 2023

 Salario            Plus            Plus           Plus           Plus    Base            Peligrosidad Actividad Transporte VestuarioTOTAL
Personal Directivo, Titulado y Técnico 
Director General.2.053,56  124,90 2.178,46
Director Comercial.1.853,30  124,90 1.978,20
Director Administrativo.1.853,30  124,90 1.978,20
Director Técnico y/o de Operaciones.1.853,30  124,90 1.978,20
Director de Recursos Humanos /Director de Personal.1.853,30  124,90 1.978,20
Jefe de Personal.1.653,01  124,90 1.777,91
Jefe de Seguridad.1.653,01  124,90 1.777,91
Titulado de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado Superior).1.653,01  124,90 1.777,91
Titulado de Grado (y antiguo Titulado Medio).1.452,69  124,90 1.577,59
Técnico de Prevención de Nivel Superior.1.452,69  124,90 1.577,59
Delegado-Gerente.1.452,69  124,90 1.577,59
Personal Administrativo A) Administrativos: 
Jefe de Primera.1.375,12 77,57124,90 1.577,59
Jefe de Segunda.1.282,91 89,72124,90 1.497,53
Oficial de Primera.1.111,38 114,35124,90 1.350,63
Oficial de Segunda.1.052,13 120,20124,90 1.297,23
Azafata/o.959,79 132,41124,90 1.217,10
Auxiliar.959,79 132,41124,90 1.217,10
Telefonista.838,53 150,81124,90 1.114,24
 B) Técnicos y Especialistas de oficina 
Analista.1.653,01   124,90 1.777,91
Programador de Ordenador.1.452,69   124,90 1.577,59
Operador/Grabador Ordenador.1.111,83  113,90124,90 1.350,63
Técnico de Recursos Humanos (Selección/Formación).1.280,33  92,30124,90 1.497,53
Técnico de Prevención de Nivel Intermedio.1.280,33  92,30124,90 1.497,53
Delineante Proyectista.1.280,33  92,30124,90 1.497,53
Delineante.1.111,83  113,90124,90 1.350,63
C) Comerciales     
Jefe de Ventas.1.372,87  79,82124,90 1.577,59
Técnico Comercial.1.280,33  92,30124,90 1.497,53
Gestor de Clientes.1.141,36  112,20124,90 1.378,46
Vendedor-Promotor.1.141,36  111,06124,90 1.377,32
Mandos intermedios     
Jefe de Tráfico.1.447,88  11,72124,90 1.584,50
Jefe de Vigilancia.1.447,88  11,72124,90 1.584,50
Jefe de Servicios.1.447,88  11,72124,90 1.584,50
Jefe de Cámara o Tesorería de manipulado.1.447,88  11,72124,90 1.584,50
Inspector (de vigilancia, de tráfico, de servicios).1.374,12  27,00124,90 1.526,02
Coordinador de servicios.1.374,12  27,00124,90 1.526,02
Supervisor CRA.1.323,85  11,72124,90 1.460,47
Jefe de Turno.1.169,93  11,72124,90 1.306,55
Coordinador de departamento.1.059,91  11,72124,90 1.196,53
Personal Operativo     
A) Habilitado     
Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor.1.165,15 163,05190,51124,90103,821.747,43
Vigilante de Seguridad de Transporte.1.112,75 163,05190,51124,90102,661.693,87
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos – Conductor.1.165,15 173,64138,17124,90103,821.705,68
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos.1.112,75 173,64138,17124,90102,661.652,12
Vigilante de Explosivos.1.052,52 190,8436,40124,90101,731.506,39
Vigilante de Seguridad.1.052,52 21,83 124,90101,761.301,01
Guarda Rural (Pesca Marítima, Caza, etc.).1.052,52 182,29 124,90105,311.465,02
Escolta.1.052,52 160,56 124,90104,831.442,81
B) No habilitado     
Operador de Seguridad.989,34   124,9062,121.176,36
Contador-Pagador.977,19  72,80124,9066,021.240,91
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica     
Encargado.1.446,14   124,9066,661.637,70
Ayudante de Encargado.989,34   124,90102,861.217,10
Revisor de Sistemas.1.125,24   124,9082,181.332,32
Oficial de Primera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.355,76  124,9066,711.547,37
Oficial de Segunda Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.211,52  124,9072,921.409,34
Oficial de Tercera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.068,53  124,9094,111.287,54
Especialista.989,34  124,90102,861.217,10
Operador de soporte técnico.989,34  124,90102,821.217,06
Personal de Oficios Varios     
Oficial de Primera.1.175,19 79,29124,90 1.379,38
Oficial de Segunda.955,58 96,55124,90 1.177,03
Ayudante.872,99 116,35124,90 1.114,24
Peón.953,13 36,21124,90 1.114,24
Personal Subalterno     
Conductor.973,75 165,92124,90102,791.367,36
Ordenanza.965,01 24,33124,90 1.114,24
Almacenero.965,01 24,33124,90 1.114,24
Limpiador-Limpiadora.953,13 36,21124,90 1.114,24

Salarios y otras retribuciones 2024

 Salario            Plus            Plus           Plus           Plus    Base             Peligrosidad Actividad Transporte VestuarioTOTAL
Personal Directivo, Titulado y Técnico 
Director General.2.135,70  129,90 2.265,60
Director Comercial.1.927,43  129,90 2.057,33
Director Administrativo.1.927,43  129,90 2.057,33
Director Técnico y/o de Operaciones.1.927,43  129,90 2.057,33
Director de Recursos Humanos /Director de Personal.1.927,43  129,90 2.057,33
Jefe de Personal.1.719,13  129,90 1.849,03
Jefe de Seguridad.1.719,13  129,90 1.849,03
Titulado de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado Superior).1.719,13  129,90 1.849,03
Titulado de Grado (y antiguo Titulado Medio).1.510,79  129,90 1.640,69
Técnico de Prevención de Nivel Superior.1.510,79  129,90 1.640,69
Delegado-Gerente.1.510,79  129,90 1.640,69
Personal Administrativo A) Administrativos: 
Jefe de Primera.1.430,12 80,67129,90 1.640,69
Jefe de Segunda.1.334,23 93,30129,90 1.557,43
Oficial de Primera.1.155,84 118,92129,90 1.404,66
Oficial de Segunda.1.094,22 125,00129,90 1.349,12
Azafata/o.998,18 137,70129,90 1.265,78
Auxiliar.998,18 137,70129,90 1.265,78
Telefonista.872,07 156,84129,90 1.158,81
 B) Técnicos y Especialistas de oficina     
Analista.1.719,13  129,90 1.849,03
Programador de Ordenador.1.510,79  129,90 1.640,69
Operador/Grabador Ordenador.1.156,30 118,46129,90 1.404,66
Técnico de Recursos Humanos (Selección/Formación).1.331,54 95,99129,90 1.557,43
Técnico de Prevención de Nivel Intermedio.1.331,54 95,99129,90 1.557,43
Delineante Proyectista.1.331,54 95,99129,90 1.557,43
Delineante.1.156,30 118,46129,90 1.404,66
C) Comerciales     
Jefe de Ventas.1.427,78 83,01129,90 1.640,69
Técnico Comercial.1.331,54 95,99129,90 1.557,43
Gestor de Clientes.1.187,01 116,69129,90 1.433,60
Vendedor-Promotor.1.187,01 115,50129,90 1.432,41
Mandos intermedios     
Jefe de Tráfico.1.505,80 12,18129,90 1.647,88
Jefe de Vigilancia.1.505,80 12,18129,90 1.647,88
Jefe de Servicios.1.505,80 12,18129,90 1.647,88
Jefe de Cámara o Tesorería de manipulado.1.505,80 12,18129,90 1.647,88
Inspector (de vigilancia, de tráfico, de servicios).1.429,08 28,08129,90 1.587,06
Coordinador de servicios.1.429,08 28,08129,90 1.587,06
Supervisor CRA.1.376,81 12,18129,90 1.518,89
Jefe de Turno.1.216,73 12,18129,90 1.358,81
Coordinador de departamento.1.102,31 12,18129,90 1.244,39
Personal Operativo A) Habilitado     
Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor.1.211,76169,57198,13129,90107,971.817,33
Vigilante de Seguridad de Transporte.1.157,26169,57198,13129,90106,771.761,63
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos – Conductor.1.211,76180,59143,69129,90107,971.773,91
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos.1.157,26180,59143,69129,90106,771.718,21
Vigilante de Explosivos.1.094,62198,4737,86129,90105,801.566,65
Vigilante de Seguridad.1.094,6222,70 129,90105,831.353,05
Guarda Rural (Pesca Marítima, Caza, etc.).1.094,62189,58 129,90109,521.523,62
Escolta.1.094,62166,98 129,90109,021.500,52
B) No habilitado     
Operador de Seguridad.1.028,91  129,9064,601.223,41
Contador-Pagador.1.016,28 75,71129,9068,661.290,55
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica    
Encargado.1.503,99  129,9069,321.703,21
Ayudante de Encargado.1.028,91  129,90106,971.265,78
Revisor de Sistemas.1.170,25  129,9085,461.385,61
Oficial de Primera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.409,99  129,9069,371.609,26
Oficial de Segunda Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.259,98  129,9075,831.465,71
Oficial de Tercera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.111,27  129,9097,871.339,04
Especialista.1.028,91  129,90106,971.265,78
Operador de soporte técnico.1.028,91  129,90106,931.265,74
Personal de Oficios Varios     
Oficial de Primera.1.222,20 82,46129,90 1.434,56
Oficial de Segunda.993,80 100,41129,90 1.224,11
Ayudante.907,91 121,00129,90 1.158,81
Peón.991,26 37,65129,90 1.158,81
Personal Subalterno     
Conductor.1.012,70 172,56129,90106,891.422,05
Ordenanza.1.003,61 25,30129,90 1.158,81
Almacenero.1.003,61 25,30129,90 1.158,81
Limpiador-Limpiadora.991,26 37,65129,90 1.158,81

Salarios y otras retribuciones 2025

 Salario            Plus            Plus           Plus           Plus    Base             Peligrosidad Actividad Transporte VestuarioTOTAL
Personal Directivo, Titulado y Técnico 
Director General.2.199,77  133,80 2.333,57
Director Comercial.1.985,25  133,80 2.119,05
Director Administrativo.1.985,25  133,80 2.119,05
Director Técnico y/o de Operaciones.1.985,25  133,80 2.119,05
Director de Recursos Humanos /Director de Personal.1.985,25  133,80 2.119,05
Jefe de Personal.1.770,70  133,80 1.904,50
Jefe de Seguridad.1.770,70  133,80 1.904,50
Titulado de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado Superior).1.770,70  133,80 1.904,50
Titulado de Grado (y antiguo Titulado Medio).1.556,11  133,80 1.689,91
Técnico de Prevención de Nivel Superior.1.556,11  133,80 1.689,91
Delegado-Gerente.1.556,11  133,80 1.689,91
Personal Administrativo A) Administrativos: 
Jefe de Primera.1.473,02 83,09133,80 1.689,91
Jefe de Segunda.1.374,26 96,09133,80 1.604,15
Oficial de Primera.1.190,52 122,48133,80 1.446,80
Oficial de Segunda.1.127,05 128,74133,80 1.389,59
Azafata/o.1.028,13 141,82133,80 1.303,75
Auxiliar.1.028,13 141,82133,80 1.303,75
Telefonista.898,23 161,54133,80 1.193,57
 B) Técnicos y Especialistas de oficina     
Analista.1.770,70  133,80 1.904,50
Programador de Ordenador.1.556,11  133,80 1.689,91
Operador/Grabador Ordenador.1.190,99 122,01133,80 1.446,80
Técnico de Recursos Humanos (Selección/Formación).1.371,49 98,86133,80 1.604,15
Técnico de Prevención de Nivel Intermedio.1.371,49 98,86133,80 1.604,15
Delineante Proyectista.1.371,49 98,86133,80 1.604,15
Delineante.1.190,99 122,01133,80 1.446,80
C) Comerciales     
Jefe de Ventas.1.470,61 85,50133,80 1.689,91
Técnico Comercial.1.371,49 98,86133,80 1.604,15
Gestor de Clientes.1.222,62 120,19133,80 1.476,61
Vendedor-Promotor.1.222,62 118,96133,80 1.475,38
Mandos intermedios     
Jefe de Tráfico.1.550,98 12,54133,80 1.697,32
Jefe de Vigilancia.1.550,98 12,54133,80 1.697,32
Jefe de Servicios.1.550,98 12,54133,80 1.697,32
Jefe de Cámara o Tesorería de manipulado.1.550,98 12,54133,80 1.697,32
Inspector (de vigilancia, de tráfico, de servicios).1.471,95 28,92133,80 1.634,67
Coordinador de servicios.1.471,95 28,92133,80 1.634,67
Supervisor CRA.1.418,12 12,54133,80 1.564,46
Jefe de Turno.1.253,23 12,54133,80 1.399,57
Coordinador de departamento.1.135,38 12,54133,80 1.281,72
Personal Operativo A) Habilitado     
Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor.1.248,11174,66204,07133,80111,211.871,85
Vigilante de Seguridad de Transporte.1.191,98174,66204,07133,80109,971.814,48
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos – Conductor.1.248,11186,01148,00133,80111,211.827,13
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos.1.191,98186,01148,00133,80109,971.769,76
Vigilante de Explosivos.1.127,46204,4239,00133,80108,971.613,65
Vigilante de Seguridad.1.127,4623,38 133,80109,001.393,64
Guarda Rural (Pesca Marítima, Caza, etc.).1.127,46195,27 133,80112,801.569,33
Escolta.1.127,46171,99 133,80112,291.545,54
B) No habilitado     
Operador de Seguridad.1.059,78  133,8066,531.260,11
Contador-Pagador.1.046,77 77,98133,8070,721.329,27
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica   
Encargado.1.549,11  133,8071,401.754,31
Ayudante de Encargado.1.059,78  133,80110,171.303,75
Revisor de Sistemas.1.205,36  133,8088,021.427,18
Oficial de Primera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.452,29  133,8071,451.657,54
Oficial de Segunda Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.297,78  133,8078,101.509,68
Oficial de Tercera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.144,61  133,80100,801.379,21
Especialista.1.059,78  133,80110,171.303,75
Operador de soporte técnico.1.059,78  133,80110,131.303,71
Personal de Oficios Varios    
Oficial de Primera.1.258,87 84,93133,80 1.477,60
Oficial de Segunda.1.023,61 103,42133,80 1.260,83
Ayudante.935,15 124,62133,80 1.193,57
Peón.1.021,00 38,77133,80 1.193,57
Personal Subalterno    
Conductor.1.043,08 177,74133,80110,091.464,71
Ordenanza.1.033,72 26,05133,80 1.193,57
Almacenero.1.033,72 26,05133,80 1.193,57
Limpiador-Limpiadora.1.021,00 38,77133,80 1.193,57

Salarios y otras retribuciones 2026

 Salario            Plus            Plus           Plus           Plus    Base             Peligrosidad Actividad Transporte VestuarioTOTAL
Personal Directivo, Titulado y Técnico 
Director General.2.265,77  137,81 2.403,58
Director Comercial.2.044,81  137,81 2.182,62
Director Administrativo.2.044,81  137,81 2.182,62
Director Técnico y/o de Operaciones.2.044,81  137,81 2.182,62
Director de Recursos Humanos /Director de Personal.2.044,81  137,81 2.182,62
Jefe de Personal.1.823,83  137,81 1.961,64
Jefe de Seguridad.1.823,83  137,81 1.961,64
Titulado de Postgrado/Máster (y antiguo Titulado Superior).1.823,83  137,81 1.961,64
Titulado de Grado (y antiguo Titulado Medio).1.602,80  137,81 1.740,61
Técnico de Prevención de Nivel Superior.1.602,80  137,81 1.740,61
Delegado-Gerente.1.602,80  137,81 1.740,61
Personal Administrativo A) Administrativos: 
Jefe de Primera.1.517,21 85,59137,81 1.740,61
Jefe de Segunda.1.415,49 98,97137,81 1.652,27
Oficial de Primera.1.226,24 126,15137,81 1.490,20
Oficial de Segunda.1.160,86 132,61137,81 1.431,28
Azafata/o.1.058,97 146,08137,81 1.342,86
Auxiliar.1.058,97 146,08137,81 1.342,86
Telefonista.925,18 166,39137,81 1.229,38
 B) Técnicos y Especialistas de oficina     
Analista.1.823,83  137,81 1.961,64
Programador de Ordenador.1.602,80  137,81 1.740,61
Operador/Grabador Ordenador.1.226,72 125,67137,81 1.490,20
Técnico de Recursos Humanos (Selección/Formación).1.412,63 101,83137,81 1.652,27
Técnico de Prevención de Nivel Intermedio.1.412,63 101,83137,81 1.652,27
Delineante Proyectista.1.412,63 101,83137,81 1.652,27
Delineante.1.226,72 125,67137,81 1.490,20
C) Comerciales     
Jefe de Ventas.1.514,73 88,07137,81 1.740,61
Técnico Comercial.1.412,63 101,83137,81 1.652,27
Gestor de Clientes.1.259,30 123,80137,81 1.520,91
Vendedor-Promotor.1.259,30 122,53137,81 1.519,64
Mandos intermedios     
Jefe de Tráfico.1.597,51 12,92137,81 1.748,24
Jefe de Vigilancia.1.597,51 12,92137,81 1.748,24
Jefe de Servicios.1.597,51 12,92137,81 1.748,24
Jefe de Cámara o Tesorería de manipulado.1.597,51 12,92137,81 1.748,24
Inspector (de vigilancia, de tráfico, de servicios).1.516,11 29,79137,81 1.683,71
Coordinador de servicios.1.516,11 29,79137,81 1.683,71
Supervisor CRA.1.460,66 12,92137,81 1.611,39
Jefe de Turno.1.290,83 12,92137,81 1.441,56
Coordinador de departamento.1.169,44 12,92137,81 1.320,17
Personal Operativo A) Habilitado     
Vigilante de Seguridad de Transporte-Conductor.1.285,55179,90210,19137,81114,561.928,01
Vigilante de Seguridad de Transporte.1.227,74179,90210,19137,81113,271.868,91
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos – Conductor.1.285,55191,59152,44137,81114,561.881,95
Vigilante de Seguridad de Transporte Explosivos.1.227,74191,59152,44137,81113,271.822,85
Vigilante de Explosivos.1.161,28210,5540,17137,81112,251.662,06
Vigilante de Seguridad.1.161,2824,08 137,81112,281.435,45
Guarda Rural (Pesca Marítima, Caza, etc.).1.161,28201,13 137,81116,191.616,41
Escolta.1.161,28177,15 137,81115,671.591,91
B) No habilitado     
Operador de Seguridad.1.091,57  137,8168,531.297,91
Contador-Pagador.1.078,17 80,32137,8172,851.369,15
Personal de Seguridad Mecánico-Electrónica.    
Encargado.1.595,58  137,8173,551.806,94
Ayudante de Encargado.1.091,57  137,81113,481.342,86
Revisor de Sistemas.1.241,52  137,8190,671.470,00
Oficial de Primera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.495,86  137,8173,601.707,27
Oficial de Segunda Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.336,71  137,8180,451.554,97
Oficial de Tercera Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad.1.178,95  137,81103,831.420,59
Especialista.1.091,57  137,81113,481.342,86
Operador de soporte técnico.1.091,57  137,81113,441.342,82
Personal de Oficios Varios    
Oficial de Primera.1.296,64 87,48137,81 1.521,93
Oficial de Segunda.1.054,32 106,52137,81 1.298,65
Ayudante.963,20 128,37137,81 1.229,38
Peón.1.051,63 39,94137,81 1.229,38
Personal Subalterno    
Conductor.1.074,37 183,07137,81113,401.508,65
Ordenanza.1.064,73 26,84137,81 1.229,38
Almacenero.1.064,73 26,84137,81 1.229,38
Limpiador-Limpiadora.1.051,63 39,94137,81 1.229,38

4
Vacaciones

Tendrán una duración de 31 días naturales.

En cada Empresa se establecerá un turno rotativo de disfrute de las vacaciones. El período que constituye turno se determinará de acuerdo entre las Empresas y el Comité de Empresas o Delegados de Personal, debiéndose fijar el cuadro de vacaciones con antelación de dos meses al inicio del período anual de vacaciones.

Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.

En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

5
Desconexión digital

  1. Se reconoce el derecho de las personas trabajadoras a no atender dispositivos digitales puestos a disposición por las empresas para la prestación laboral, fuera de su jornada de trabajo y durante el tiempo destinado a permisos, licencias, vacaciones, excedencias o reducciones de jornada. 

No se realizarán, salvo que se dé alguna situación de urgencia, llamadas telefónicas, envío de correos electrónicos o de mensajería de cualquier tipo mediante las herramientas de trabajo puestas a disposición por parte de las Empresas más allá del horario de trabajo de la persona trabajadora. 

6
Lugar de trabajo y movilidad

La movilidad del personal vendrá determinada por las facultades de organización de la Empresa, que procederá a la distribución de su personal entre sus diversos lugares de trabajo de la manera más racional y adecuada a los fines productivos dentro de una misma localidad.

A estos efectos se entenderá por localidad tanto el municipio de que se trate, como a las concentraciones urbanas o industriales que se agrupen alrededor del mismo y que formen con aquél una Macroconcentración urbana o industrial, aunque administrativamente sean municipios distintos siempre que estén comunicados por medios de transporte públicos a intervalos no superiores a media hora, a la entrada y/o salida de los trabajadores.

El personal de las Empresas que desempeñen tareas de vigilancia podrá ser cambiado de un centro de trabajo a otro, de acuerdo con las facultades expresadas, dentro de una misma localidad, destinando a ser posible, para cada lugar de trabajo, a aquellos trabajadores del servicio de seguridad y vigilancia que residan más cerca de aquél.

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