Convenio Colectivo de Ilunion CEE Outsourcing. 2022-2023

RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

1
Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Ilunion CEE Outsourcing SA, establece las normas básicas que regirán las condiciones de trabajo entre la empresa y las personas trabajadoras incluidos en su ámbito personal y territorial. Entra en vigor el 1 de enero de 2022 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Además prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

2
Jornada y Descansos

La jornada quedará fijada en 1.815 horas al año en cómputo anual, a razón de 165 horas mensuales, desde el 1 de enero de 2022. Desde el 1 de enero de 2023 la jornada será de 1.804 horas al año en cómputo anual, a razón de 164 horas mensuales.

El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a 9 diarias, salvo en aquellos servicios donde la empresa y la representación legal de los trabajadores pacten una duración superior. No podrá dividirse en más de 2 períodos, en el supuesto de jornada partida

El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria la persona trabajadora se encuentre en su puesto de trabajo.

3
Salario

Tablas salariales 2022

 MensualAnual
Grupo profesional 1  
Director General.1.995,7927.941,04
Director/Gerente.1.995,7927.941,04
Titulado Superior o Medio.1.246,0517.444,70
Grupo profesional 2  
Jefe de Servicios.1.787,9025.030,61
Supervisor de Servicios.1.787,9025.030,61
Coordinador de Servicios.1.049,0314.686,35
Inspector.1.033,0514.462,70
Grupo profesional 3  
Oficial de Primera Administrativo.1.075,6515.059,10
Oficial de Segunda Administrativo.1.043,7014.611,80
Auxiliar Administrativo.1.011,7514.164,50
Grupo profesional 4  
Jefe de Ventas.1.150,2016.102,80
Jefe de Equipo Comercial.1.103,3415.446,76
Ejecutivo/Consultor Comercial.1.049,0314.686,35
Vendedor/Promotor de ventas.1.049,0314.686,35
Grupo profesional 5  
Auxiliar de Servicios.1.011,7514.164,50
Auxiliar de Servicios especializado.1.011,7514.164,50

4
Vacaciones

Tendrán una duración de 31 días naturales para todo el personal que lleve un año al servicio de la misma. Este periodo de cómputo será del 1 de enero al 31 de diciembre, debiendo a esta fecha estar disfrutadas, incluso en la parte proporcional que pudiera corresponder en caso de no contar con la antigüedad de un año.

Si la persona trabajadora causara baja antes del 31 de diciembre del año en que haya disfrutado las vacaciones, se le descontará de la liquidación correspondiente el importe de los días disfrutados en exceso.

Excepcionalmente, la persona trabajadora podrá solicitar el disfrute de algún día suelto, a descontar de las vacaciones, por motivos personales. Deberá solicitar el disfrute del día de vacaciones con una antelación de 10 días laborables. La empresa deberá dar respuesta a la solicitud en un plazo de 5 días laborales a contar desde la fecha de solicitud.

5
Permisos no retribuidos

Las personas trabajadoras que lleven como mínimo un año en la empresa, podrán solicitar un permiso sin sueldo por un periodo de hasta 40 días naturales.

Se solicitará siempre por escrito con una antelación de al menos 10 días naturales a la fecha de su inicio, indicando la fecha de inicio y finalización del mismo. Por parte de la empresa, en el plazo de los siguientes 5 días a la recepción de la solicitud y previo informe de los representantes legales de los trabajadores, se comunicará por escrito a la persona trabajadora y a la representación legal de las personas trabajadoras, la concesión o denegación de dicho permiso, entendiendo el silencio empresarial como aceptación del mismo.

6
Ropa de trabajo

La empresa facilitará a sus personas trabajadoras la ropa de trabajo adecuada para el desempeño de su tarea, cuyo uso será obligatorio, excepto cuando no sea necesaria por las características del servicio, obligándose éstos a mantenerlo en perfecto estado de conservación y a ofrecer una buena imagen tanto con éste como con la suya propia.

Al ingreso en la empresa se entregarán 2 equipos completos. A partir del segundo año, la empresa facilitará, cada 2 años, al personal operativo, las siguientes prendas de uniforme: 2 prendas de verano, 2 prendas de invierno, 1 cinturón, 1 corbata, 2 chaquetillas, 2 pantalones de invierno y 2 pantalones de verano. Igualmente se facilitará, cada año, 1 par de zapatos. Asimismo, se facilitarán de manera individual, en casos de servicios en el exterior, las prendas de abrigo y de agua adecuadas.

Las personas trabajadoras vienen obligadas a llevar puestas tanto las prendas que se les entreguen, así como cualquier otro signo de identificación que se establezca.

En el supuesto de que la persona trabajadora cause baja en la empresa, éste se verá obligado a entregar las prendas que esté utilizando en los últimos 2 años, así como las tarjetas o signos identificativos que se le hayan entregado.

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