El uso por Hacienda de la IA para el control del Contribuyente

Para cumplir con el deber de transparencia, Hacienda debería publicar los aspectos técnicos de los sistemas de Inteligencia Artificial, los datos utilizados por el sistema, y los procesos que llevan a la toma de decisiones

El uso de tecnologías de IA para el control del contribuyente por parte de la Administración Tributaria española obedece a la constante evolución de la tecnología de la información y las numerosas ventajas que ofrece en términos de eficacia y eficiencia en la función inspectora y de control del contribuyente. La Agencia Tributaria utiliza la Inteligencia Artificial en dos áreas principales:

En primer lugar, en las actividades de información, asistencia y soporte a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, mediante la implementación de herramientas virtuales que complementan la asistencia en persona.

En segundo lugar, en las actividades de control de los contribuyentes y en la lucha contra el fraude fiscal, mediante el uso de software que permite la gestión de información tributaria relevante, la automatización de ciertas tareas y la elaboración de perfiles de riesgo.

A priori, el objetivo principal es llegar a una mejora en el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los ciudadanos.

Sin embargo, la falta de información pública sobre estas prácticas genera preguntas acerca de si se están llevando a cabo de acuerdo con los principios constitucionales que rigen nuestro sistema tributario y las exigencias que de ellos derivan.

Programas informáticos como HERMES, ZÚJAR y TESEO permiten elaborar perfiles de riesgo de los contribuyentes y se emplean en los procedimientos de gestión, inspección y recaudación tributaria. Además, también se utilizan diferentes aplicaciones para realizar actuaciones administrativas automatizadas en los procedimientos de gestión y recaudación.

A pesar de las numerosas ventajas que ofrecen estas tecnologías en los procedimientos de aplicación de los tributos, es esencial garantizar que su uso se realice de conformidad con los principios constitucionales que rigen el sistema tributario y los derechos y garantías de los contribuyentes. Por lo tanto, la transparencia de ciertos aspectos de los sistemas de Inteligencia Artificial es fundamental.

Cuando hablamos de transparencia, adoptamos una interpretación amplia que incluye la explicabilidad y trazabilidad del sistema de Inteligencia Artificial. Por lo tanto, es clave que la administración publique los aspectos técnicos de los sistemas de Inteligencia Artificial, los datos utilizados por el sistema, los procesos que llevan a la toma de decisiones y las áreas de aplicación del mismo.

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Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de octubre de 2020

La sentencia del Tribunal Supremo del 1 de octubre de 2020, hace hincapié en lo relevante de la transparencia en el uso de la Inteligencia Artificial por parte de Hacienda, y el tratamiento de datos del contribuyente en orden a inspecciones y sanciones, concluyendo un valor relativo dependiendo del modo de obtención de la información.

En este sentido, se establece, en relación con el caso enjuiciado, que la mera referencia a datos o informaciones generales que proceden de estadísticas, cálculos o comparaciones con otros contribuyentes no es suficiente para justificar la necesidad, adecuación y proporcionalidad de la medida de entrada en el domicilio protegido constitucionalmente.

El Alto Tribunal niega que los resultados obtenidos mediante una aplicación o programa informático cuyo funcionamiento y tipo de datos son desconocidos, sean suficientes para motivar y justificar la medida de entrada.

La sentencia pone de relieve la notoria falta de información pública sobre la existencia, el funcionamiento y las consecuencias de la utilización de programas o aplicaciones informáticas basadas en sistemas de Inteligencia Artificial por parte de la Agencia Tributaria.

Demuestra que la mera referencia a los resultados obtenidos a través de IA no es suficiente para justificar la medida de entrada en un domicilio en un caso concreto. Por lo tanto, es un deber inexcusable garantizar la transparencia y explicabilidad, de lo contrario, los datos y pruebas obtenidas no justifican cualquier actuación posterior.

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Motivación de los actos tributarios

Para proteger los derechos y garantías de los contribuyentes es necesario recurrir a instituciones básicas de nuestro ordenamiento, como la motivación de los actos tributarios. No hay otro camino para una actuación justa y equitativa con el obligado tributario que garantizar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, la interdicción de la arbitrariedad y el principio de seguridad jurídica.

Para lograr un adecuado control de la actuación administrativa y garantizar el derecho a una buena administración, es esencial enfatizar la importancia de la transparencia en el uso de las nuevas tecnologías, y en concreto, de la Inteligencia Artificial.

Cristina Rubio Asiego
Cristina Rubio Asiego
Abogada en Amazón | Especialista en Derecho Fiscal y Laboral
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