Defender sin medios: el drama silencioso del turno de oficio

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La abogacía es, en esencia, la última trinchera de la defensa de los derechos fundamentales. Y si hay un espacio donde esta premisa cobra mayor sentido es en el turno de oficio, ese servicio esencial que garantiza que cualquier persona, independientemente de su situación económica, tenga acceso a una defensa letrada. Pero, ¿qué ocurre cuando la vocación choca contra la cruda realidad de las condiciones en las que se ejerce?

Hace unos días, conocíamos un caso que nos plantea el eterno debate sobre la calidad del turno de oficio en la jurisdicción penal. Se trataba de un hombre en prisión provisional desde hace más de un año, a la espera de un juicio en la Audiencia Provincial por un delito de incendio con peligro para la vida. La Fiscalía solicita 17 años de prisión. Su defensa ha sido encomendada a una letrada del turno de oficio. Hasta aquí, nada fuera de lo habitual. Lo preocupante es lo que sigue: desde que esta abogada lo asistió en el juzgado de guardia, no ha vuelto a comunicarse con él. No ha habido llamadas, ni visitas, ni la más mínima gestión para conocer el estado de su defendido.

Este hombre, con un historial de trastornos mentales y politoxicomanía acreditada, no ha recibido ninguna asistencia pericial ni se ha solicitado la valoración de un forense. Ni siquiera se ha entregado su documentación médica al juzgado; ha tenido que ser él mismo quien la enviara por instancia a la Audiencia Provincial.

¿Defensa de oficio o desamparo?

La abogacía de oficio es la columna vertebral del Estado de Derecho. Sin estos profesionales, el sistema se vendría abajo. Es una labor que, en muchas ocasiones, se ejerce en condiciones indignas, con honorarios que apenas compensan el esfuerzo y con una carga de trabajo inasumible. Es por ello que quienes defienden el turno de oficio con vocación y compromiso merecen el más absoluto reconocimiento.

Pero también es imprescindible señalar aquello que no funciona. Es una vergüenza que haya abogados que ven el turno de oficio como una simple fuente de ingresos, sin el menor interés real por la defensa de quienes dependen de ellos. “Yo es que vivo del turno”, dicen algunos. Perfecto, pero vivir del turno no puede ser sinónimo de desentenderse de la responsabilidad que conlleva.

Aquí es donde surge el dilema. Se habla mucho de la “defensa justa”, de la “vocación”, del “compromiso social”, pero pocas veces se menciona la raíz del problema: el abandono estructural del turno de oficio. Porque, siendo honestos, ¿qué tipo de calidad se puede esperar en un servicio que paga una miseria por una defensa que, en la esfera privada, costaría miles de euros?

Acceso al turno de oficio: una incoherencia tras otra

El sistema de acceso al turno de oficio, al menos en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), presenta graves inconsistencias. Se exige una colegiación mínima de tres años para acceder, lo que en teoría impide que abogados sin experiencia se hagan cargo de asuntos complejos. Sin embargo, en la práctica, esto no evita que profesionales sin especialización en penal terminen asumiendo casos de extrema gravedad, mientras que otros penalistas con amplia experiencia se ven excluidos por no cumplir con el requisito temporal.

Es decir, un abogado con dos años de experiencia exclusiva en penal no puede acceder, pero otro con diez años de colegiación que jamás ha llevado un caso penal sí.

La precariedad como norma

Las condiciones económicas del turno de oficio son un problema conocido. Los baremos son ridículos, los pagos llegan con retraso y, en muchas ocasiones, el abogado termina perdiendo dinero en el proceso. Si un letrado debe llevar 500 expedientes para poder subsistir, ¿cómo se espera que pueda ofrecer una defensa de calidad?

El abuso también viene por parte de los propios beneficiarios. Muchas personas con recursos económicos suficientes acceden a la justicia gratuita. Lo que no se dice tanto es que estos mismos usuarios, en ocasiones, tratan a su abogado de oficio como si fuera un subordinado, exigiéndole una dedicación que ni siquiera exigirían a un abogado particular.

Un cambio necesario

Las condiciones del turno de oficio no son de alabar. Son denigrantes. La abogacía ha soportado durante demasiado tiempo este maltrato institucional sin plantarse de verdad. Mientras otros colectivos han ido a la huelga para exigir mejoras, los abogados del turno de oficio han seguido trabajando, soportando cargas inasumibles y cobrando honorarios indignos.

El problema no es solo de los abogados que no hacen bien su trabajo, sino del sistema en su conjunto. Si queremos un turno de oficio digno, hay que garantizar que los letrados que lo integran tengan los medios y la compensación económica adecuada para hacer su labor con profesionalidad y justicia.

Sin embargo, el mayor drama es que esto no es un caso aislado. Historias como la de este interno que se enfrenta a 17 años de prisión sin que su abogada haya movido un solo papel se repiten con demasiada frecuencia. Y mientras no se revise a fondo el sistema, seguiremos viendo a personas en situaciones de extrema vulnerabilidad siendo defendidas por abogados sobrecargados, mal pagados y, en algunos casos, desinteresados.

La abogacía de oficio debe ser sinónimo de justicia, no de precariedad ni de abandono. Porque, al final, no se trata solo de los abogados, sino de los justiciables, de aquellos que dependen de este servicio para que su destino no quede en manos de la suerte.

Elena Rodriguez Diaz
Elena Rodriguez Diaz
Periodista y Jurista | Redactora en The Digital Law
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