TIPS
- Antes de convocar la junta, lo primero es saber que vecinos están interesados informando a todos y organizándose entre todos los que quieran energía procedente de las placas solares.
- La energía se repartirá en función de los acuerdos a los que se llegue en la junta y los vecinos que hayan votado a favor.
- Las placas se suelen instalar en la cubierta del edificio, por ello, si hay vecinos en las plantas superiores o ático cerca de la instalación se deberá contar con su aceptación expresa, conforme al párrafo 3º del art.17.4 LPH.
- Para que se apruebe la instalación, se debe contar con los votos a favor de un tercio de los integrantes de la comunidad que represente, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.