Convenio aplicable a Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia
Resolución de 17 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2022 del Convenio colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.
Visto el texto de las tablas salariales para el año 2022 del Convenio colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia (Código de convenio n.º: 99003385011981), publicado en el BOE de 25 de noviembre de 2021, que fueron suscritas, con fecha 16 de marzo de 2022, por la Comisión Paritaria de dicho Convenio, en la que están integradas, como firmantes del mismo, de una parte, la organización empresarial ASEMAVI (Asociación Empresarial de Fabricantes de Marroquinería, Artículos de Viaje e Industrias Conexas de la Zona Centro) y, de otra, las organizaciones sindicales CC.OO.–Industria y FICA-UGT, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de mayo de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL GRUPO DE MARROQUINERÍA, CUEROS REPUJADOS Y SIMILARES DE MADRID, CASTILLA-LA MANCHA, LA RIOJA, CANTABRIA, BURGOS, SORIA, SEGOVIA, ÁVILA, VALLADOLID Y PALENCIA
En Madrid, a 16 de marzo de 2022.
Asistentes:
Por CC.OO.: Manuel Domínguez.
Por UGT: Julián González.
Por ASEMAVI: Rafael Yáñez Alonso y Belén Iglesias Gallego.
Asesores: Tirso Gracia Serrano y María José Martínez Herrero.
Siendo las 16:00 horas del día 16 de marzo de 2022, se reúnen telemáticamente las personas relacionadas que se reconocen como interlocutores válidos para la firma de la tabla de incremento salarial del año 2022 actualizada con el SMI aprobado para este mismo año, y que tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2022 según el artículo 14.II del Convenio.
Se estudian y examinan las tablas salariales confeccionadas y encontrándolas correctas, se procede a su aprobación por todas las partes.
Se autoriza a la organización empresarial ASEMAVI y a su representante, doña María José Martínez Herrero, para que, en representación de todas las partes, registre el acta del acuerdo y las tablas salariales de la revisión correspondiente al año 2022, del sector de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.
Tablas salariales del año 2022 nuevo SMI
Salario mensual – Euros | Incentivo convenio – Euros | |
Grupo profesional 1 | ||
Personal Técnico Titulado | ||
Nivel 1. | 1.757,92 | 292,99 |
Nivel 2. | 1.619,11 | 269,83 |
Grupo profesional 2 | ||
Personal Técnico no Titulado | ||
Nivel 1. | 1.526,59 | 254,42 |
Nivel 2. | 1.295,32 | 215,89 |
Nivel 3 (A). | 1.249,00 | 208,17 |
Nivel 3 (B). | 1.210,44 | 185,43 |
Grupo profesional 3 | ||
Personal Admtvo./Mercantil | ||
Nivel 1. | 1.526,59 | 254,42 |
Nivel 1 (B). | 1.295,32 | 215,89 |
Nivel 1 (C). | 1.054,72 | 175,78 |
Nivel 2. | 1.202,78 | 200,45 |
Nivel 3. | 1.054,72 | 175,78 |
Nivel 4 (A). | 1.000,00 | 163,83 |
Nivel 4 (B). | 1.000,00 | 163,53 |
Nivel 4 (C). | 1.000,00 | 160,01 |
Grupo profesional 4 | ||
Personal Obrero | ||
Nivel 1. | 1.133,41 | 188,89 |
Nivel 2. | 1.045,49 | 174,25 |
Nivel 3. | 1.000,00 | 163,53 |
Nivel 4. | 1.000,00 | 155,73 |
Nivel 5. | 1.000,00 | 110,95 |
Nivel 6. | 1.000,00 | 110,95 |
Salario mensual – Euros | Incentivo convenio – Euros | ||
Grupo profesional 5 | |||
Personal Subalterno | |||
Nivel 1. | 1.110,20 | 185,11 | |
Nivel 2. | 1.000,00 | 159,62 | |
Nivel 3. | 1.000,00 | 155,73 |