Convenio de Manipulado y Envasado de Agrios de Murcia. 2023

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RESUMEN DEL CONVENIO COLECTIVO

Ámbito de Aplicación y Duración

El presente Convenio Colectivo de Manipulado y Envasado de Agrios de Murcia obliga a las empresas dedicadas al manipulado y envasado de los agrios para el comercio y la exportación, actividad que se reconoce estacional.

Su duración abarca íntegramente los años 2021, 2022, 2023 y 2024.

Prevalecerá sobre el Estatuto de los Trabajadores para todo aquello que resulte más beneficioso para el trabajador o no este regulado expresamente en el mismo.

Jornada y Descansos

Durante la vigencia del presente Convenio, la jornada laboral máxima será de hasta 1800 horas anuales de trabajo efectivo y de hasta 40 horas semanales, también de trabajo efectivo, distribuidas de lunes a viernes.

Las empresas podrán pactar con los representantes de los trabajadores/as la realización de jornada intensiva en los meses de julio a Septiembre.

En jornadas de cinco o más horas consecutivas, los trabajadores/as tendrán derecho a un descanso obligatorio de quince minutos retribuidos.

Entre empresa y representación de los trabajadores/as se podrá acordar la prestación de trabajo en el sistema de turnos.

Salario

 Salario10% PagaTotalSalario
CATEGORÍASmensualBeneficios/mesanualhora
Ingeniero/a, Licenciado/a y Profesor/a mercantil  2.448,36  244,8437.215,07 20,68
Ayudante Técnico titulado/a  1.702,36    170,2425.875,87  14,38
Jefe/a Superior  1.887,42    188,7428.688,78  15,94
Jefe/a de Primera 1.738,01     173,80 26.417,75   14,68
Jefe/a de Segunda  1.561,72     156,17 23.738,14   13,19
Oficial de Primera (ambos sexos)  1.371,09      137,11  20.840,57    11,58
Oficial Primera programador/a  1.371,09      137,11  20.840,57    11,58
Oficial de Segunda (ambos sexos)  1.186,84      118,68  18.039,97     10,02
Oficial Segunda programador/a  1.186,84      118,68  18.039,97     10,02
Auxiliar (ambos sexos)  977,06       97,71   14.851,31      8,25
Ayudante programador/a  977,06       97,71   14.851,31       8,25
Telefonista (ambos sexos)  977,06       97,71   14.851,31       8,25
Ordenanza (ambos sexos)  906,33       90,63    13.776,22        7,65
Portero/a  906,33       90,63    13.776,22        7,65
Botones 18/20 años (ambos sexos)  906,33        90,63    13.776,22        7,65
Vigilante (ambos sexos)  906,33        90,63     13.776,22         7,65
Encargado/a de Almacen  1.091,85       109,19     16.596,12         9,22
 Salario10% PagaTotalSalario
 diarioBeneficios/díaanualhora
Personal Limpieza (ambos sexos)               30,19                     3,02             13.932,69              7,74
Oficial de Primera (ambos sexos)               36,10                     3,61             16.660,15              9,26
Oficial de Segunda (ambos sexos)               35,67                     3,57             16.461,71              9,15
Ayudante (ambos sexos)               31,19                     3,12             14.394,19              8,00

Vacaciones

El personal fijo afectado por este Convenio, tendrá derecho a unas vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales. Se entiende que el personal fijo que no llegue al año de antigüedad en la empresa, tendrá derecho a la parte proporcional de vacaciones correspondientes a los días trabajados. El disfrute se hará entre los meses de Junio a Septiembre, salvo pacto entre empresa y trabajadores/as para disfrutarse en otras fechas.

El disfrute de las vacaciones se hará por turnos, dentro de cada categoría y especialidad, de forma que no interrumpa el normal desarrollo del proceso productivo y se procurará que no coincida con el período de mayor actividad en las empresas.

Pagas extraordinarias

Para el personal fijo se establecen dos pagas extraordinarias de 30 días de salario base y plus de fidelización, pagaderas en los meses de Julio y Diciembre, y en los días 15 y 20 respectivamente.

En todo caso, se indica que el importe de las pagas extraordinarias de verano y navidad para los/as fijos/as discontinuos/as y eventuales, viene prorrateado en el salario diario.

Complemento de nocturnidad

Serán nocturnas las horas de trabajo comprendidas entre las 22 h. y 6 h. Dichas horas se abonarán con un incremento del 25 por ciento sobre el salario base.

DESCARGAR PDF. Convenio Colectivo de Manipulación y envasado de agrios de la Región de Murcia. 2020-2024

ACTUALIZACIÓN 10-3-2023. Modificación del Convenio Colectivo

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