Las ayudas públicas para la vivienda, compra y alquiler, continúan en 2022, tanto en ámbito estatal como en CC.AA
Las ayudas públicas para la vivienda han sido reguladas históricamente en los distintos planes estatales de vivienda promulgados a lo largo de los años. Actualmente existen una gran cantidad y variedad de ayudas y subvenciones públicas para la vivienda, tanto a nivel estatal como autonómico, constituyendo el elemento troncal las ayudas previstas en el vigente Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, aprobado por Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.
Anteiormente el Plan Estatal 2013-2016, prorrogado durante el ejercicio 2017 por el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, se centró en las ayudas al alquiler y a la rehabilitación, sin fomentar con ayudas públicas la adquisición de viviendas o la construcción de nuevas viviendas, salvo que se tratara de viviendas públicas en alquiler.
Por su parte, las CC.AA. y Ciudades de Ceuta y Melilla, en su propio ámbito competencial, han establecido ayudas adicionales o de nuevo cuño, que han completado el ya de por sí amplio espectro de ayudas públicas en materia de vivienda.
Ayudas públicas para la vivienda del Plan Estatal
Con carácter general, podemos diferenciar las ayudas públicas para la vivienda contempladas en el plan Estatal en:
- Ayuda al alquiler de vivienda.
- Ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual.
- Fomento del parque de vivienda en alquiler.
- Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.
- Fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.
- Fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
- Ayuda a los jóvenes, con dos prestaciones no compatibles entre sí:
1. Ayuda para el alquiler de vivienda habitual y permanente.
2. Ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio de pequeño tamaño (5.000 habitantes).
- Fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad
Especial proyección de la ayuda para la compra de vivienda para jóvenes
La cuantía máxima de esta ayuda es de 10.800 euros, siendo el límite el 20% del precio de adquisición. El solicitante ha de ser menor de 35 años.
Además de esto, la vivienda debe ser para uso habitual y permanente y de un precio de menos de 100.000 euros. Respecto a los ingresos de la unidad familiar, no pueden superar 3 veces el IPREM, es decir, menos de 23.725 euros anuales.
En caso de ser familia numerosa o con miembros con discapacidad, 4 veces el IPREM, menos de 31.634 euros anuales.
Por último, si se trata de una familia numerosa especial o que cuente con personas con determinados grados de discapacidad, la cuantía se eleva hasta los 39.543 euros anuales, 5 veces el IPREM.
El cambio de modelo introducido por el Plan Estatal 2013-2016 se mantiene en el Plan Estatal 2018-2021, fomentando el alquiler y la rehabilitación con carácter prioritario
En relación con las ayudas al alquiler, se mantiene el programa del plan anterior, con el mismo límite del 40% de la renta del alquiler, si bien suprimiendo el límite de 200 euros/mes. Se incorpora la posibilidad de otorgar ayudas al alquiler a beneficiarios que abonen una renta de hasta 900 euros/mes, frente a la limitación de 600 euros/mes del Plan Estatal 2013-2016, en respuesta a la problemática planteada en determinados municipios.
Se crea un programa específico de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual, especialmente vulnerables, por no poder hacer frente al pago del alquiler, que permite la puesta a disposición de este colectivo de las viviendas desocupadas y disponibles de las entidades de crédito, o de otros tenedores de vivienda, para ser ocupadas en régimen de alquiler, previéndose una ayuda económica para el mismo que puede alcanzar hasta el 100% de la renta.
Se aumenta el límite de renta para acceder a las ayudas para el alquiler de 600 a 900 euros al mes
Las ayudas públicas para la vivienda en alquiler se otorgan en función del nivel de ingresos económicos de las personas; se calculan en función de los ingresos de la unidad de convivencia, no de los individuos; limitan la cuantía de los alquileres que se financian, evitando la subvención de alquileres elevados; y subvencionan una proporción del alquiler, sin establecer una cuantía fija, para evitar efectos inflacionistas.
Asimismo, se da un nuevo impulso al fomento del parque de viviendas en régimen de alquiler o en régimen de cesión de uso, mediante un programa que incentiva económicamente su promoción pública o privada, exigiendo un compromiso de permanencia mínima en esos regímenes de 25 años, al tiempo que fija rentas y precios máximos modulados en función de los niveles de ingreso tope que se establecen para el inquilino o cesionario potencial.
El nuevo Plan también ofrece un programa específico cuyo objeto es ayudar a que los jóvenes puedan acceder a una vivienda en alquiler, a través de ayudas que suponen una parte muy significativa de la renta mensual si se cumplen determinadas condiciones entre las que figura un precio máximo del alquiler, incrementado en determinados ámbitos si así fuere necesario.
Concretamente, las personas que quieran irse de alquiler podrán recibir una ayuda de hasta el 50% del total del alquiler, cuando la renta no supere los 600 euros, y de una ayuda de hasta el 30% cuando supere esa cantidad y no exceda los 900.
El principal objetivo del Plan Estatal es el fomento del alquiler, con especial protección a personas vulnerables en situación de desahucio o lanzamiento
Los objetivos del Plan Estatal 2018-2021 son, entre otros: el fomento del alquiler, con especial atención a las personas en situación de desahucio o lanzamiento; contribuir al incremento del parque de vivienda en alquiler o en régimen de cesión en uso, tanto público como privado, con determinación de una renta o precio de cesión en uso máximo, durante el plazo mínimo de 25 años; y facilitar a los jóvenes el acceso al disfrute de una vivienda digna y adecuada en régimen de alquiler.
Para la consecución de estos objetivos, el Plan Estatal 2018-2021 se estructura en varios programas, entre los que se encuentran: el programa de ayuda al alquiler de vivienda; el programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual; el programa de fomento del parque de vivienda en alquiler; y el programa de ayuda a los jóvenes.
La gestión de las ayudas del Plan corresponde a las CC.AA a través de convenios de colaboración
También se fomenta la colaboración privada por diversas vías, por ejemplo, los convenios de encomienda de gestión que pueden suscribir las CC.AA. con sujetos privados que se convierten de este modo en entidades colaboradoras. El horizonte temporal de este Plan de ayudas públicas para la vivienda es de cuatro años. Por eso, la disposición adicional segunda del mismo establece que las CC.AA. y Ciudades de Ceuta y Melilla sólo podrán reconocer ayudas hasta el 31 de diciembre de 2021 o, en caso de ser posteriores, con cargo a los presupuestos del ejercicio 2021 o anteriores.
Sin perjuicio de ello, la disposición transitoria segunda posibilita la prórroga y concesión de un nuevo plazo para el reconocimiento de ayudas del programa de ayuda al alquiler de vivienda del Plan Estatal 2013-2016 anterior en determinadas condiciones. Y las disposiciones finales prevén el posible reconocimiento de las ayudas con efectos retroactivos al 1 de enero de 2018.
La regulación de las ayudas previstas en el Plan es acorde con la Ley General de Subvenciones y su Reglamento, y se somete, en su concesión, a lo dispuesto en el RD 106/2018 y en la normativa autonómica aplicable, así como en los convenios que se suscriban para su ejecución.