La duración del período de prescripción está clara, 4 años, la Ley General Tributaria lo establece con precisión. Sin embargo, el método de cómputo de esos cuatro años no es tan claro. De hecho, normalmente no coinciden con los cuatro años calendario. Por ello, para determinar el período real de prescripción, debemos primero establecer el momento preciso en el que comienza a contar este plazo.
Reglas para calcular el plazo de prescripción tributaria
1Declaraciones o liquidaciones administrativas
En el caso de declaraciones o liquidaciones administrativas, el plazo de prescripción comenzará a contar a partir del día siguiente al vencimiento del plazo reglamentario para el cumplimiento de la obligación tributaria en cuestión. Esto incluye la presentación de una declaración o autoliquidación, o el pago de un recibo o liquidación notificada.
Por ejemplo, el plazo de prescripción de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2009 empezó a contar desde el día siguiente al 31 de junio de 2010, que fue la fecha en que finalizó el plazo reglamentario de presentación.
2Cantidades a devolver
En el caso de solicitar cantidades a devolver, el plazo de prescripción comenzará a contar a partir del día siguiente al vencimiento del plazo establecido para realizar la solicitud en los impuestos que así lo dispongan (como el IVA, IRPF, entre otros). También puede iniciarse desde el día siguiente al ingreso indebido, al vencimiento del plazo para presentar la autoliquidación en la cual se realizó dicho ingreso indebido, o desde el día siguiente a la firmeza de la sentencia o resolución administrativa que declare total o parcialmente improcedente un acto administrativo y genere un reconocimiento de deuda a favor del contribuyente.
Si decidimos presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de un ejercicio anterior, debido a que hemos descubierto que arrojaba una cantidad a nuestro favor, el plazo para reclamar dicho importe comenzará a partir del vencimiento del plazo voluntario de presentación de esa declaración.
3Devolución de cantidades ya solicitadas
En el caso de obtener la devolución de cantidades ya solicitadas, el plazo de prescripción comenzará a contar a partir del día siguiente al vencimiento de los plazos establecidos para realizar las devoluciones según la normativa de cada tributo. También puede iniciar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acuerdo en el cual se reconozca el derecho a percibir la devolución o el reembolso del costo de las garantías.
Si hemos solicitado la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el plazo para solicitar el cobro efectivo comenzará a contar seis meses después de finalizado el plazo de presentación de la declaración. Este período de seis meses corresponde al tiempo que la Administración tiene para revisar la declaración y realizar la devolución correspondiente.
4Tributos que gravan una misma operación
En el caso de tributos que gravan una misma operación y son incompatibles entre sí (por ejemplo, una compra de un inmueble que puede estar sujeta tanto al IVA como a Transmisiones Patrimoniales), el plazo de prescripción para solicitar la devolución del tributo pagado indebidamente comenzará a contar desde la resolución del órgano específicamente designado para determinar cuál es el tributo correcto.
Es decir, si una Comunidad Autónoma me requiere el pago de Transmisiones Patrimoniales por la compra de un local de negocio, argumentando que no está sujeto al IVA (que es el impuesto que realmente pagué al vendedor), y finalmente un tribunal falla a favor de esa Comunidad Autónoma, el plazo para solicitar la devolución del IVA pagado incorrectamente comenzará a contar a partir de la notificación de la resolución del tribunal.
En ausencia de esta normativa específica, en muchos casos el derecho a obtener la devolución del impuesto incorrectamente pagado podría prescribir, ya que los procedimientos económico-administrativos suelen prolongarse más de cuatro años.
Existen otras particularidades en la determinación del inicio del plazo de prescripción que se aplican a los casos en los que se exigen deudas tributarias a responsables solidarios o subsidiarios del deudor principal.
Una vez que se ha establecido el inicio del plazo, aparentemente resultaría sencillo determinar cuándo se produce la prescripción: cuatro años después. No obstante, esto solo es válido si no se produce ninguna interrupción de la prescripción durante ese período, lo cual será abordado en la siguiente sección.