La paciente fue tratada por lumbalgia y ansiedad cuando en realidad padecía cáncer
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado al Servicio Canario de Salud por negligencia médica en la atención de una paciente que falleció tras una serie de errores en su diagnóstico y seguimiento. La resolución de este caso que hemos llevado desde Preico Jurídicos, destaca la existencia de una «pérdida de oportunidad» que pudo haber alterado el desenlace fatal. Una actuación médica condicionada entre otros en el despropósito de tratar a la paciente por lumbalgia y ansiedad cuando en realidad padecía un cáncer galopante.
Los hechos
El caso se remonta al año 2019, cuando la paciente acudió en múltiples ocasiones al Hospital General de Fuerteventura y a servicios de atención primaria, quejándose de dolor lumbar persistente, acompañado de otros síntomas preocupantes, como pérdida de peso y dificultad para respirar.
Desde el mes de marzo, la paciente fue atendida en varias ocasiones sin que se le realizaran las pruebas diagnósticas necesarias para descartar una patología grave. Solo después de múltiples visitas, y tras una resonancia magnética practicada en mayo de ese año, se detectó que padecía un cáncer metastásico avanzado, cuyo origen se encontraba en los pulmones. La paciente fue remitida a cuidados paliativos y falleció en junio de 2019.
La familia de la fallecida interpuso una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Servicio Canario de Salud, alegando que la demora en el diagnóstico y la falta de diligencia en la atención médica le negaron la posibilidad de acceder a un tratamiento más temprano y, potencialmente, de prolongar su vida o mejorar su calidad de vida.
Los argumentos de la demanda
Los fundamentos de nuestra reclamación se centran en que la atención prestada a la paciente estuvo marcada por una falta de coordinación y una negligente evaluación de sus síntomas. Consideramos palmario que los profesionales concatenaron diagnósticos previos sin realizar exploraciones adicionales, limitándose a tratarla por lumbalgia y ansiedad, a pesar de la gravedad de los síntomas.
En este sentido el informe pericial aportado afirmó que un diagnóstico temprano habría permitido ofrecerle a la paciente un tratamiento oncológico más efectivo, incluso si este fuera paliativo. Además, el perito destacó la importancia de las «expectativas de curación» que se perdieron debido al retraso en las pruebas médicas necesarias.
La defensa del Servicio Canario de Salud
Por su parte, el Servicio Canario de Salud argumentó que la actuación médica cumplió con la lex artis y que, dada la rápida evolución del cáncer y la alta carga tumoral que presentaba la paciente, el resultado habría sido el mismo incluso con un diagnóstico más temprano.
En este sentido, los informes aportados por el Servicio de Inspección y Prestaciones de la Administración concluyeron que la enfermedad estaba en un estado avanzado desde el inicio de los síntomas y que el enfoque del tratamiento habría sido exclusivamente paliativo en cualquier caso.
El fallo del tribunal
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias consideró probado que existió un retraso en el diagnóstico y una falta de diligencia por parte del Servicio Canario de Salud. En su sentencia, subrayó que no se realizaron pruebas fundamentales, como una radiografía de tórax, durante las primeras consultas, a pesar de los antecedentes médicos de la paciente y los síntomas que presentaba.
Aunque reconoció la complejidad del caso y la agresividad del cáncer, el tribunal determinó que la demora en el diagnóstico privó a la paciente de una oportunidad que podría haber mejorado su calidad de vida o, al menos, permitido a la paciente y a su familia prepararse emocional y psicológicamente para el desenlace.
El fallo también destacó que la negligencia en la atención médica no solo impactó a la paciente, sino que infligió un daño moral a su familia, quienes vieron cómo se deterioraba su salud sin recibir una atención adecuada.
Indemnización y condena
El tribunal revocó la sentencia inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Las Palmas, que había desestimado la demanda, y condenó al Servicio Canario de Salud a indemnizar a los familiares de la fallecida con un total de 196.618,96 euros. Este importe incluye daños morales y materiales, además de los intereses legales correspondientes.
Un caso que invita a reflexionar
La sentencia pone de manifiesto las consecuencias de la falta de diligencia en la atención médica y la importancia de aplicar protocolos rigurosos ante síntomas que puedan ser indicativos de enfermedades graves. Este fallo no solo tiene implicaciones económicas para el Servicio Canario de Salud, sino que también envía un mensaje claro sobre la necesidad de garantizar la calidad y la eficacia en los servicios sanitarios públicos.
Además, el caso resalta la relevancia de la «pérdida de oportunidad» como figura jurídica, un concepto que permite valorar el impacto de un diagnóstico tardío en términos de calidad de vida, expectativas de tratamiento y preparación emocional.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dejado claro que los errores en la atención sanitaria pueden tener consecuencias graves no solo para los pacientes, sino también para sus familias. Este fallo refuerza el derecho de los ciudadanos a recibir un tratamiento médico acorde con los estándares de calidad, y subraya la importancia de que las instituciones asuman su responsabilidad cuando se produce un daño derivado de su actuación.