La reforma de la jubilación redefine las reglas para compatibilizar trabajo y pensión en España

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A través del Real Decreto-Ley 11/2024, el Gobierno ha redefinido las reglas del juego para quienes se encuentran en la recta final de su vida laboral, abriendo la puerta a fórmulas más flexibles y adaptadas a los desafíos demográficos actuales. Tres son las modalidades afectadas: la jubilación activa, la demorada y la parcial. Las tres, ahora, con nuevas condiciones para compatibilizar pensión y trabajo.

El objetivo es doble: por un lado, incentivar que quienes pueden y desean seguir trabajando lo hagan, premiando su continuidad; y por otro, aliviar la presión financiera sobre el sistema, cada vez más exigido por el envejecimiento poblacional.

Jubilación activa: se podrá seguir trabajando y cobrar progresivamente la pensión

El nuevo modelo permite que quien alcance la edad ordinaria de jubilación no tenga que retirarse de forma inmediata. Ahora, se podrá seguir trabajando y, al mismo tiempo, percibir una parte creciente de la pensión.

  • Durante el primer año, se compatibiliza el salario completo con un 45% de la pensión.
  • En el segundo año: 55%.
  • En el tercero: 65%.
  • En el cuarto: 80%.
  • A partir del quinto: 100% de la pensión, junto al salario.

Uno de los aspectos más innovadores es la eliminación del requisito que obligaba a haber alcanzado el 100% de la base reguladora. Basta con haber estado al menos un año en jubilación activa para acceder a la pensión completa.

En el caso de los trabajadores autónomos, se impone una condición adicional: deben contar con al menos un trabajador contratado a jornada completa. Con ello, se fomenta el empleo directo y se evita el autoempleo individual sin impacto social.

Jubilación demorada: un incentivo real por cada semestre trabajado de más

Quienes opten por retrasar su retiro más allá de la edad legal también encontrarán mayores recompensas.

Cada seis meses adicionales de trabajo supondrán un incremento del 2% en la pensión, a partir del segundo año de demora.

Por ejemplo, jubilarse a los 70 años implicará un 8% más de pensión, en lugar del 100% a los 67 años.

Una medida que busca premiar la prolongación voluntaria de la vida laboral y al mismo tiempo retrasar la carga sobre el sistema público.

Jubilación parcial: más tiempo de acceso y mayor estabilidad para los relevistas

La jubilación parcial, aquella que permite reducir la jornada y empezar a cobrar parte de la pensión, también ha sido modificada.

  • Ahora se podrá acceder tres años antes de la edad legal de jubilación, en lugar de dos.
  • El relevista deberá ser contratado a jornada completa e indefinida, garantizando empleo juvenil estable.
  • Para acceder al 100% de la pensión bajo esta fórmula, será necesario haber cotizado:
    • Al menos 36 años y 6 meses hasta 2026
    • 37 años a partir de 2027

Una reforma con vocación de sostenibilidad y realismo demográfico

La lógica de la reforma es clara: fomentar la permanencia voluntaria, permitir transiciones progresivas al retiro y generar empleo estable. Todo ello, en un momento en el que el equilibrio del sistema exige repensar el papel de cada generación.

Impacto fiscal de las nuevas modalidades de jubilación compatible

La reforma introducida por el Real Decreto-ley 11/2024 no sólo modifica las condiciones jurídicas de acceso y compatibilidad entre pensión y trabajo, sino que genera también importantes implicaciones fiscales, especialmente en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Desde el punto de vista del IRPF

Tanto las pensiones como los rendimientos del trabajo se consideran rentas del trabajo conforme al artículo 17 de la Ley 35/2006. Por tanto, el contribuyente pasa a percibir dos fuentes de renta laboral, lo que tiene una doble consecuencia:

  • Incremento de la base imponible general
  • Aumento del tipo marginal efectivo

En el caso de la jubilación activa

Al mantenerse la actividad laboral, el contribuyente percibe el salario habitual junto con un porcentaje creciente de su pensión. Esta fórmula incentiva la prolongación de la vida activa, pero puede conllevar una carga fiscal adicional. A partir del quinto año, la compatibilidad del 100% de la pensión con el salario puede situar al contribuyente en tramos superiores, con tipos efectivos que pueden superar el 37% en algunas comunidades autónomas.

Esta acumulación de rentas

Plantea interrogantes sobre el sistema de retenciones. Tanto el empleador como el Instituto Nacional de la Seguridad Social deben practicar retención sobre sus respectivos pagos, lo que puede provocar desajustes en la liquidación final, especialmente con bases irregulares o varios pagadores.

Una cuestión adicional a considerar es la pérdida del mínimo exento

Las pensiones públicas están exentas de retención hasta 15.000 € anuales si son la única fuente de ingresos. Pero si se suman rendimientos laborales, esta exención desaparece. Esto afecta especialmente a personas con pensiones bajas y empleos a tiempo parcial.

En cuanto a la jubilación demorada

El incentivo en forma de pago único plantea problemas fiscales. Según la Dirección General de Tributos, debe integrarse como rendimiento del trabajo, sin posibilidad de aplicar la reducción del 30%, al no cumplir el requisito de regularidad.

En lo relativo a la jubilación parcial

Percibir una pensión proporcional y un salario mantiene la base imponible en niveles similares a los previos a la jubilación. No hay beneficio fiscal directo, lo que puede desincentivar esta fórmula frente a otras.

Además, quienes perciben ingresos de dos o más pagadores que superan los 15.000 € anuales deben declarar el IRPF obligatoriamente, incluso si los ingresos por separado no lo exigirían. Esto puede tener un efecto disuasorio entre personas mayores no familiarizadas con estas gestiones.

En conclusión

La reforma de 2024 introduce novedades relevantes en términos de Seguridad Social, pero su impacto fiscal exige un análisis individualizado. La combinación de pensión y salario, el tratamiento de pagos únicos y las nuevas obligaciones tributarias pueden erosionar parte de los incentivos económicos que la norma pretende fomentar.

Elena Rodriguez Diaz
Elena Rodriguez Diaz
Periodista y Jurista | Redactora en The Digital Law
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